1.1. Todos los niños y niñas tienen todos los derechos reconocidos en la Convención: no importa de dónde seas, ni tu sexo o color de piel, ni qué lengua hables, ni la situación económica de tu familia, ni tus creencias o las de tus padres, ni que padezcas alguna condición de discapacidad.
2. Interes superior del niño
2.1. Cuando las autoridades, o las personas adultas, adopten decisiones que tengan que ver contigo deberán hacer aquello que sea mejor para tu desarrollo y bienestar, de acuerdo con todos los derechos de la convención, siempre escuchando tu opinión y teniéndola en cuenta.
3. Aplicasion de los derechos
3.1. Los gobernantes y demás autoridades del Estado tienen la responsabilidad de cumplir y vigilar que no se vulneren tus derechos.
4. Orientacion de los padres y madres
4.1. Los gobernantes y demás autoridades del Estado, deben ayudar a tu familia de forma respetuosa para que pueda acompañarte y protegerte en el ejercicio de tus derechos.
5. supervivensia y desarrollo
5.1. Todos los niños y niñas tienen derecho a la vida. Los Gobiernos deben hacer todo lo posible para asegurar no solo tu derecho a la vida, sino a crecer y desarrollarte en un ambiente de bienestar.
6. nombre y nacionalidad
6.1. Cuando naces tienes derecho a tu nacionalidad, a recibir un nombre y a tener tu registro civil lo más pronto posible; esto no es sólo un papel, es un documento que hace que cuentes como ciudadano y facilita tu acceso a todos los servicios del Estado (salud, educación, recreación, etc.)
7. identidad
7.1. Las autoridades tienen la obligación de proteger tu identidad, nombre, nacionalidad y relaciones familiares.
8. no ser separado de sus padres
8.1. Ningún niño o niña debe ser separado de sus padres, a menos que sea absolutamente necesario para tu bienestar.
9. derecho a reunion de la familia
9.1. Si, por cualquier circunstancia, vives en un país y tus padres en otro, tienes derecho a que los Estados faciliten tu entrada en el país en el que estén tus padres y reunirte con ellos, o a que tus padres se reúnan contigo.
10. no ser trasladado ni retenido ilicitamente
10.1. Tienes derecho a que los Estados hagan acuerdos para evitar que seas trasladado ilegalmente o que seas retenido ilegalmente en cualquier país.
11. OPINIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
11.1. Tienes derecho a opinar y a que esa opinión sea tenida en cuenta cuando las personas adultas vayan a tomar una decisión que te afecte.
12. LIBERTAD DE EXPRESIÓN
12.1. Tienes derecho a expresar libremente tus opiniones, a recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que no vayan en contra de los derechos de otras personas.
13. LIBERTAD DE CONCIENCIA RELIGIÓN Y PENSAMIENTO
13.1. Las autoridades deben respetar tu derecho a tener tus propios pensamientos, creencias y religión. Tus padres tienen derecho a orientarte en este sentido.
14. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN
14.1. Puedes asociarte libremente, crear asociaciones y reunirte pacíficamente con otros niños, niñas y adolescentes, siempre que estas actividades no vayan en contra de los derechos de otras personas
15. PROTECCIÓN DE LA INTIMIDAD
15.1. Tienes derecho a una vida privada propia, a que se respete la vida privada de tu familia y a la intimidad de tu casa, a que no te abran la correspondencia y a que nadie ataque tu buena imagen.
16. ACCESO A UNA INFORMACIÓN ADECUADA
16.1. Tienes derecho a recibir información de diferentes culturas, países y en tu propia lengua, a través de los libros, los periódicos, la radio, la televisión, internet. En especial la información que sea importante para tu bienestar y desarrollo.
17. RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES
17.1. Tu padre y tu madre tienen obligaciones comunes en tu crianza y desarrollo, y deben actuar pensando en tu interés. Las autoridades tienen obligación de apoyar a tus padres en este rol y en el ejercicio de tus derechos.
18. PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS SIN FAMILIA
18.1. Tienes derecho a una protección y ayuda especiales en el caso de que no tengas padres o que estos no estén contigo. Esta ayuda tendrá en cuenta tu origen cultural o étnico.