1. Reformas
1.1. Decreto 07-2003
2. Categorías Diplomáticas
2.1. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario y Nuncio Apostólico
2.2. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario
2.3. Encargado de Negocios Efectivo
2.4. Encargado de Negocios Ad Ínterim
2.5. Ministro Consejero
2.6. Consejero
2.7. Primer Secretario
2.8. Segundo Secretario
2.9. Tercer Secretario
2.10. Agregados
3. Presentación de Credenciales
3.1. Salón de Recepciones del Palacio Nacional
3.2. Traje a usarse: Traje oscuro, Chaqué o Uniforme
4. Equivalencias
4.1. Ministro, Viceministros, Directores
4.1.1. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
4.2. Subdirectores, Asesores
4.2.1. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario
4.3. Jefe de Departamento, Secretario de Dirección, Subjefe de Departamento
4.3.1. Ministro Consejero
4.4. Primer Ayudante de la Dirección de Protocolo
4.4.1. Consejero
4.5. Jefe de Sección, Segundo Ayudante de la Dirección de Protocolo, Oficiales Segundos
4.5.1. Segundos Secretarios
4.6. Oficiales Terceros
4.6.1. Tercer Secretario
5. Los funcionarios y expertos de Organismos Internacionales que ejerzan sus funciones en el país, gozarán de los privilegios e inmunidades.
6. Las Misiones Diplomáticas y los Agentes Diplomáticos gozarán en el territorio de GT de cuantas inmunidades y privilegios les reconoce el Derecho Internacional, la ley guatemalteca y los convenios vigentes.
7. Tratamiento
7.1. Excelencia
7.1.1. Embajadores y Ministros Plenipotenciarios
7.1.2. Presidentes de los Organismos del Estado, Vicepresidente de la República y Ministros.
7.2. Señoría
7.2.1. Ministros Consejeros, Secretarios y Agregados
8. Efectos del Ceremonial
8.1. Misión Diplomática
8.2. Misión Especial
8.3. Jefe de Misión
8.4. Agente Diplomático
8.5. Miembros del personal Diplomático
8.6. Locales de la Misión
9. Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas
10. Equivalencias Nacionales y Extranjeras -Militares y Navales-
10.1. Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
10.1.1. Almirante
10.1.2. Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional
10.2. Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario
10.2.1. General de Brigada
10.2.2. Comodoro
10.3. Encargado de Negocios
10.3.1. Coronel
10.3.2. Capitán de Navío
10.4. Ministro Consejero y Consejero
10.4.1. Teniente Coronel
10.4.2. Capitán de Fragata
10.5. Secretario de Primera Clase
10.5.1. Capitán de Corbeta
10.5.2. Mayor
10.6. Secretario de Segunda, Tercera Clase
10.6.1. Capitán Primero, Segundo
10.6.2. Teniente de Navío
10.7. Agregado Militar y Agregado Naval
10.7.1. Lo que corresponda
10.8. Agregado
10.8.1. Teniente
10.8.2. Alférez de Navío
11. El Agente Diplomático y miembros de su familia no podrán ejercer en Guatemala actividades profesionales, comerciales o cualquier de índole lucrativa.
12. Orden de Precedencia
12.1. Altos Funcionarios
12.1.1. Presidente de la República
12.1.2. Vicepresidente de la República
12.1.3. Presidente del Organismo Legislativo
12.1.4. Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia
12.1.5. Presidente de la Corte de Constitucionalidad
12.1.6. Presidente del Tribunal Supremo Electoral
12.1.7. Diputados integrantes de la Junta Directiva del Congreso de la República
12.1.8. Ministros y Secretarios de Estado
12.1.9. Diputados del Congreso de la República
12.1.10. Procurador General de la Nación
12.1.11. Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público
12.1.12. Contralor General de Cuentas
12.1.13. Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional
12.1.14. Magistrados de la Corte Suprema de Justicia
12.1.15. Magistrados de la Corte de Constitucionalidad
12.1.16. Magistrados del Tribunal Supremo Electoral
12.1.17. Viceministros de Estado
12.1.18. Gobernadores Departamentales
12.1.19. Alcaldes Municipales
12.1.20. Rectores de las Universidades
12.1.21. Directores Generales
12.1.22. Oficiales del Ejército
12.1.23. Comisiones Oficiales
12.1.24. Comisiones Particulares
12.2. Actos de Carácter Oficial
12.2.1. Ministerio de Relaciones Exteriores
12.2.2. Ministerio de la Defensa Nacional
12.2.3. Ministerio de Finanzas Públicas
12.2.4. Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas
12.2.5. Ministerio de Educación
12.2.6. Ministerio de Agricultura
12.2.7. Ministerio de Economía
12.2.8. Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
12.2.9. Ministerio de Trabajo y Previsión Social