LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

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LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA por Mind Map: LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

1. La presente Ley tiene por objeto prevenir, investigar, perseguir, tipificar y sancionar los delitos relacionados con la delincuencia organizada, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados Internacionales relacionados con la materia, suscritos y ratificados válidamente por la República

2. Artículo 3. Tráfico ilícito de metales, piedras preciosas o materiales estratégicos. Quienes trafiquen o comercialicen ilícitamente con metales, piedras preciosas o materiales estratégicos, nucleares o radiactivos, sus productos o derivados, serán castigados con prisión de tres a seis años. A los efectos de este artículo, se entenderá por recursos o materiales estratégicos los insumos básicos que se utilizan en los procesos productivos del país.

3. Delincuencia organizada Grupo estructurado Entrega vigilada o controlada Bienes Producto del delito Agentes de operaciones encubiertas Delitos graves Interpuesta persona

4. Cuando el delito previsto en el artículo 4 de esta Ley se cometa por negligencia, imprudencia, impericia o inobservancia de la ley por parte de los empleados o directivos de los sujetos obligados contemplados en el artículo 42 de esta Ley, la pena será de uno a tres años de prisión.

5. Quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o poseedor de capitales, bienes, haberes o beneficios cuyo origen derive, directa o indirectamente, de actividades ilícitas, será castigado con prisión de ocho a doce años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido.

6. Se habla De los Delitos Contra los Recursos o Materiales Estratégicos

7. Objeto de la Ley

8. Según el art.2 a los efectos entiende por :

9. Legitimación de capitales.

10. Legitimación culposa de capitales.

11. LEY ORGÁNICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

11.1. Artículo 6. Asociación. Quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada para someter uno o más delitos de los previstos en esta Ley, será castigado, por el sólo hecho de la asociación, con pena de cuatro a seis años de prisión.

11.2. 1. La conversión, 2. El ocultamiento o encubrimiento 3. La adquisición u posesión 4. El resguardo, inversión y transformación.

11.3. Artículo 7. Terrorismo.

11.3.1. Quien pertenezca, actúe o colabore con bandas armadas o grupos de delincuencia organizada con el propósito de causar estragos, catástrofes, incendios o hacer estallar minas, bombas u otros aparatos explosivos o subvertir el orden constitucional y las instituciones democráticas o alterar gravemente la paz pública, será castigado con prisión de diez a quince años

11.4. Artículo 8. Agravantes la pena será aumentada de dieciocho a veinte años de prisión cuando la comisión del delito tipificado en el artículo anterior sea cometido: 1. Con armas insidiosas o con el uso de uniformes civiles o militares como disfraz. 2. Con el uso de sustancias químicas o biológicas capaces de causar daño físico o a través de medios informáticos que alteren los sistemas de información de las instituciones del Estado. 3. Contra niños, niñas o adolescentes. 4. Con el uso de armas nucleares,. 5. Contra naves, buques, aeronaves. 6. Contra hospitales o centros asistenciales 7. Contra la persona del Presidente de la República o el Vicepresidente Ejecutivo, Ministros, Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, Diputados a la Asamblea Nacional, Fiscal General, Contralor General, 8. Contra las personas que conforman el Cuerpo Diplomático acreditado en el país.

11.5. Artículo 10. Manipulación genética ilícita. Quien ilegalmente manipule genes humanos con el propósito de alterarlos, será castigado con pena de tres a seis años de prisión.

11.6. Artículo 11. Tráfico ilegal de órganos. Quien trafique, trasplante o disponga ilegalmente de órganos, sangre, concentrado globular, concentrado plaquetario, plasma u otros tejidos derivados o materiales anatómicos provenientes de un ser humano, será castigado con prisión de seis a ocho años.

11.7. Delitos Contra la Administracion Justicia

11.7.1. Artículo 12. Sicariato. Quien dé muerte a alguna persona por encargo o cumpliendo órdenes de un grupo de delincuencia organizada, será penado con prisión de veinticinco a treinta años. Con igual pena será castigado quien encargue la muerte, y los miembros de la organización que ordenaron y tramitaron la orden.

11.7.2. Artículo 13. Obstrucción a la administración de justicia. Quien obstruyere la administración de justicia o la investigación penal en beneficio de un grupo de delincuencia organizada o de algunos de sus miembros, será castigado del siguiente modo: 1. Si es por medio de violencia, con pena de seis a ocho años de prisión, sin perjuicio de la pena correspondiente al delito de lesiones. 2. Si es infringiendo el temor de grave daño a una persona, su cónyuge, familia, honor o bienes o bajo la apariencia de autoridad oficial, con pena de cuatro a seis años de prisión. 3. Si es prometiendo o dando dinero u otra utilidad para lograr su propósito, será castigado con pena de seis a ocho años de prisión, e igual pena se aplicará al funcionario público o auxiliar de la justicia que lo aceptare o recibiere. 4. Si destruye, modifica, altera o desaparece evidencias o datos acumulados por cualquier medio, será castigado con prisión de cuatro a seis años.

11.7.2.1. De los delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de la familia

11.7.2.2. Artículo 14. Pornografía. Quien explote la industria o el comercio de la pornografía para reproducir lo obsceno o impúdico a fin de divulgarlo al público en general, será castigado con una pena de dos a seis años de prisión. Si la pornografía fuere realizada con niños, niñas o adolescentes o para ellos, la pena será de dieciséis a veinte años de prisión.

11.7.2.3. De los delitos contra la libertad de industria y comercio Artículo 15. Obstrucción de la libertad de comercio. Quien en cualquier forma o grado obstruya, retrase, restrinja, suprima o afecte el comercio o industria por medio de violencia o amenaza contra cualquier persona o propiedad, en apoyo o beneficio de un grupo de delincuencia organizada, será castigado con prisión de cuatro a seis años.

12. Demanda a Diosdado Cabello oficio nro. ANS-025/2012 financiamiento a actos terrorista Exp. N°. 12-0156