AFORISMOS RELACIONADOS CON LOS CONTRATOS COMO FUENTE DE LAS OBLIGACIONES
by Madelyn Peraza
1. PERMUTATIO
1.1. Permuta; negocio jurídico en cuya virtud una persona transfiere a otra la propiedad de una cosa a cambio de la recíproca propiedad que ella recibe de otra, y que para los juristas de la escuela sabinianea constituía una modalidad del contrato de compraventa, en el que el precio venía representado en otra cosa en vez de serlo en dinero.
2. PIGNUS.
2.1. Como contrato, es un contrato real, de buena fe y sinalagmático imperfecto, por virtud del cual se entrega al acreedor una cosa mueble o inmueble como garantía de un crédito, naciendo para el accipiens la obligación de restituir la cosa cuando el crédito fuere satisfecho, y como bilateral imperfecto puede derivarse para el constituyente la Pignus pignoris - Plus petitio
2.1.1. Obligación de sufragar los gastos que el acreedor prendario haya sufragado en la cosa; derivan del mismo para exigir ambas obligaciones la actio pignoraticia contraria.
3. PRECARIUM
3.1. Al final del derecho romano se le considera como un contrato innominado de igual contenido, del que deriva (aparte de la acción real del propietario) una acción personal contra el precarista que tiene la cosa hasta que se le reclame, actio praescripti verbis. PRIMA CAUSA. Primera causa.
4. PRIOR IN TEMPORE, POTIOR IN IURE
4.1. Regla básica de prenda o hipoteca constituido primeramente ha de ser preferido a los que se constituyen con posterioridad con lo que los créditos de los acreedores pignoraticios o hipotecarios posteriores están subordinados al del primeramente establecido. La prioridad venía determinada en el derecho romano a falta de un sistema de registro, por la fecha no del crédito garantizado sino del contrato constitutivo de la prenda o hipoteca.
5. PRIVATIS PACTIONIS NON DUBIUM EST NON LAEDI IUS CETERORUM
5.1. No hay duda que por convenios privados no se puede hacer daño al derecho de los demás; alude al derecho de los terceros que no han integrado el convenio, por los que les resultará oponibles
6. PACTUM
6.1. Pacto, convención, acuerdo de voluntades entre dos o más personas, que porcarecer de una causa civilis originariamente no engendra una obligación jurídicaentre los que en él intervienen
7. PACTUM COMMISSORIUM
7.1. Pacto o convención entre el deudor y el acreedor prendario o pignoraticio, por virtud del cual aquél concede Pacto o convención entre el deudor y el acreedor prendario o pignoraticio, por virtud del cual aquél concede
8. PACTA SUNT SERVANDA
8.1. Los pactos son para cumplisre
9. PACTUM DISPLICENTIAE
9.1. Pacto adjunto a un contrato de compraventa, emptio venditio, por cuya virtud laspartes que en ella intervienen acuerdan que la venta sea a prueba, de tal forma que si en undeterminado plazo el objeto no satisface al comprador tendrá derecho a solicitar la rescisión del contrato yestimarse éste como no celebrado
10. PERICULUM EMPTORIS
10.1. Riesgo del comprador, riesgo que asu me el comprador una vez perfecto el contrato de compraventa, emptio venditio, por la posible destrucción o pérdida de la cosa y que no comprende su pérdida por virtud de un acto de soberanía del Estado o por robo, si aún permanecía en poder del vendedor.
11. PACTUM DE RETROVENDENDO
11.1. Pacto adjunto a un contrato de compraventa, emptio venditio, celebrado entre laspartes que en ella intervienen y en virtud del cual el vendedor se reserva el derecho de recobrar lacosa, dentro de un cierto plazo, previo abono al comprador de un precio igual alpor él desembolsado
12. PACTUM RESERVATI DOMINII
12.1. Pacto o convenio adjunto a un contrato de compraventa, emptio venditio, por virtud del cual, aunque la posesión de la cosa vendida pase inmediatamente al comprador, el vendedor se reserva la propiedad hasta que el precio sea totalmente satisfecho, o dicho de otra manera, la transfiere bajo la condición resolutoria de que el pago se lleve a efecto.
13. PERICULUM EST EMPTORIS
13.1. Regla juridical expresiva de que en el contrato de compraventa el riesgo pesa sobre el comprador. El sentido clásico de esta regla es discutido