1.1. A partir de enero de 2020 el monto máximo mensual de devolución del IVA corresponde a USD 96
2. Beneficio tributario mensual del IVA para periodos anteriores
2.1. Año 2015: USD 212,40 Año 2016: De enero a abril USD 219,60 Mayo USD 87,84 De junio a diciembre USD 102,48
2.2. Año 2017: De enero a mayo USD 105 De junio a diciembre USD 90 Año 2018: USD 92,64 Año 2019: USD 94,56
3. Beneficio tributario mensual del ICE para periodos anteriores
3.1. Año 2015: USD 265,50 Año 2016: De enero a abril USD 274,50 A partir de mayo no aplica devolución.
4. REQUISITOS DE FORMA PRESENCIAL
4.1. Original y copia de la solicitud de devolución
4.2. Presentación de la cédula de ciudadanía del beneficiario.
4.3. Listado de comprobantes de venta válidos para la devolución
4.4. Comprobantes de venta de emisión física que sustenten el derecho a la devolución, o presentarlos en medio magnético.
5. ADULTOS MAYORES
5.1. Las personas adultas mayores, al cumplir los 65 años de edad
6. RECUERDE QUE LA DEVOLUCIÓN DEL IVA NO APLICA
6.1. en la adquisición de bienes y servicios destinados para actividades comerciales.
7. DATO IMPORTANTE
7.1. Recuerde que la prescripción de la devolución aplica transcurridos 5 años desde la fecha de emisión del comprobante de venta.
8. REQUISITOS VIA INTERNET
8.1. Haber presentado la primera solicitud de devolución por escrito en cualquiera de los centros de atención del SRI a nivel nacional
8.2. Obtener en las oficinas del SRI la clave de acceso a SRI en Línea y presentar la cédula; y, el acuerdo de responsabilidad para uso de medios electrónicos debidamente firmado, el cual puede descargarlo
8.3. Llenar el listado de comprobantes de venta físicos para solicitudes por internet