1. NUMERALES
1.1. 3..OBJETIVO
1.1.1. Establecer bases y criterios para la conciliación prejudicial individual.
1.2. 4.- AMBITO DE APLICACIÓN
1.2.1. Se aplica a todas las oficinas estatales y de apoyo del Centro Federal.
1.3. 5.- PRINCIPIOS RECTORES
1.3.1. Imparcialidad, neutralidad, flexibilidad, legalidad, equidad, buena fe, etc.
1.4. 6.- SOLICITUD DE CONCILIACIÓN
1.4.1. Debe ser presentada por la parte interesada ante el Centro.
1.5. 7.- CONTENIDO DE LA SOLICITUD
1.5.1. Datos personales y objeto de la conciliación deben ser incluidos.
1.6. 8.- ACUSE DE RECIBO
1.6.1. Se emitirá un acuse al solicitante con información sobre el procedimiento.
1.7. 9.- CITACIÓN A LAS PARTES
1.7.1. Notificación a las partes involucradas sobre la audiencia de conciliación.
2. AUDICIENCIAS
2.1. 10.- AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN
2.1.1. Se celebrará en un plazo no mayor a 15 días después de la solicitud.
2.2. 11.- REGISTRO DE LA AUDIENCIA
2.2.1. Las partes expondrán sus argumentos y se buscará un acuerdo.
2.3. 12.-REGISTRO DE AUDIENCIA
2.3.1. Se grabarán las audiencias para asegurar la transparencia del proceso.
3. ACUERDOS
3.1. 13.-PROPUESTAS DE ACUERDO
3.1.1. Las partes pueden presentar propuestas durante la audiencia.
3.2. 14.-ACUERDO FINAL
3.2.1. Si se llega a un acuerdo, este será formalizado por escrito y firmado por las partes.
3.3. 15.-NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO
3.3.1. Se notificará a las partes sobre el resultado de la conciliación.
3.4. 16.- EJECUCIÓN DEL ACUERDO
3.4.1. Las partes deberán cumplir con lo acordado en un plazo establecido.