sustitucion de patrono y suspension de la relacion de trabajo

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sustitucion de patrono y suspension de la relacion de trabajo by Mind Map: sustitucion de patrono y suspension de la relacion de trabajo

1. Existira sustitucion de patrono

1.1. Cuando se transfiera la propiedad

1.2. La tituralidad de una identidad

1.3. A traves de un titulo a una persona

1.4. Natural

1.5. Juridica

2. causas y efectos

2.1. No afectara relaciones de trabajo

2.2. individual

2.3. colectivo

3. Se en cuentra vigente

3.1. En la ley organica del trabajo de los trabajadores y trabajadoras en el articulo 66

4. Suspension de la relacion de trabajo

4.1. No pone fin a la vinculacion juridica laboral entre el patrono y trabajador.

4.1.1. la suspension de la relacion de trabajo procede asi:

4.1.1.1. Enfermedad ocupacional o accidente de trabajo que incapacite al trabajador.

4.1.1.2. Licencia o permiso por maternidad o paternidad.

4.1.1.3. El cumplimiento del deber constitucional de prestar servicio civil o militar.

4.1.1.4. La privación de libertad en el proceso penal, siempre y cuando no resulte en sentencia condenatoria.

4.1.1.5. Casos fortuitos o de fuerza mayor que tengan como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la suspensión temporal de las labores.

5. causas y efectos

5.1. Durante el tiempo que dure la suspensión, el trabajador o trabajadora no estará obligado u obligada a prestar el servicio ni el patrono o la patrona a pagar el salario.

5.2. El patrono pagará al trabajador la diferencia entre su salario y lo que pague el ente con competencia en materia de seguridad social, en los casos:

5.2.1. La enfermedad ocupacional o accidente de trabajo que incapacite al trabajador para la prestación del servicio durante un período que no exceda de doce meses.

5.2.2. La enfermedad o accidente común no ocupacional que incapacite al trabajador para la prestación del servicio durante un período que no exceda los doce meses.

5.3. El patrono deberá continuar cumpliendo con las obligaciones relativas a:

5.3.1. La dotación de vivienda y alimentación del trabajador o trabajadora, en cuanto fuera procedente.

5.3.2. Las cotizaciones establecidas por el Sistema de Seguridad Social.

5.3.3. Las obligaciones convenidas para estos supuestos en las convenciones colectivas.

5.3.4. Los casos que por motivo de justicia social establezcan los reglamentos y resoluciones de esta Ley.

5.3.5. Prohibición de despido, traslado o desmejora.

6. Se encuentra vigente

6.1. En la ley organica del trabajo de los trabajadores y trabajadoras en el articulo 71