LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO TRIBUTARIO

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LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO TRIBUTARIO by Mind Map: LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO TRIBUTARIO

1. la gestión que realiza el Estado y los demás entes públicos secundarios, para proveerse de los medios económicos suficientes para cubrir los gastos de los servicios públicos y también la ejecución de esos mismos gastos. La relación de esta actividad con las demás funciones del Estado es obvia, desde el momento en que éste no puede llevar adelante ninguna de sus funciones

2. la actividad financiera es el Estado concebido como “...una sociedad humana, asentada permanentemente sobre un territorio que le corresponde, estructurada y regida por un Orden Jurídico que es creado, definido y aplicado por un poder soberano, para obtener el bien público temporal y el cual forma una institución con personalidad moral y jurídica”

3. La actividad financiera se encuentra conformada fundamentalmente por dos variables, también denominadas fases: gastos públicos e ingresos públicos. En cuanto al Gasto Público, el punto de partida es la estimación de los recursos que se requerirán para satisfacer un conjunto determinado de necesidades en la colectividad; una vez cuantificado el nivel de gasto requerido, el Estado decide las fuentes de ingreso público que le permitirán financiarlo adecuadamente.

4. las funciones que le corresponden, es necesario que el Estado ejecute un conjunto de gastos que le permitan satisfacer ciertas necesidades de la sociedad: Servicios públicos, salud, educación, defensa, seguridad, entre otras

5. La actuación del Estado se traduce de esta forma en la gestión de un conjunto de gastos y en la consecución de ingresos suficientes para financiar los primeros; esta gestión de ingresos y gastos en el sector público, que se realiza con la finalidad de que éste pueda cumplir con su función en la sociedad, es lo que se conoce con el nombre de Actividad Financiera

6. el Derecho Financiero regula la obtención, el manejo y la aplicación del patrimonio del Estado por lo que no se le considera como un ente autónomo sin embargo en dicho Derecho se engloban todos los principios y normas relativas a la Actividad Financiera del Estado.

7. En el Derecho Financiero, caracterizado por una gran complejidad y contingencia, predomina el concepto de fuente escrita y asimismo se consagra la existencia de una pluralidad de fuentes que estructuran un sistema unitario, así la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, señala que la Hacienda Pública se somete a la Ley y al derecho; esto quiere decir que el Derecho Financiero está compuesto por varias Fuentes de Derecho, y no sólo por la Ley

8. De conformidad con el Principio de Legalidad, la actividad de la Administración debe basarse en la atribución previa de una potestad, en este sentido, los reglamentos son la manifestación del ejercicio de la potestad reglamentaria, la cual tiene una doble atribución en la Administración del Estado; la potestad reglamentaria general o externa, con efectos plenos fuera del ámbito doméstico se atribuye al Poder Ejecutivo, y no a la Administración

9. EN MATERIA DERECHO TRIBUTARIO establece los parámetros legales a seguir, ya sea por el contribuyente o por los funcionarios. Es sabido que la complejidad el tecnicismo y la oscuridad a veces, de muchas de las normas tributarias reclaman un esfuerzo didáctico o lo que es lo mismo comprensible que esté dirigido a esclarecer sus conceptos fundamentales

10. en las ramas auxiliares del derecho tributario tenemos derecho penal tributario que se encarga de la imposición de sanciones (penas) cuando se infringe alguna de las normas previstas en el Derecho Tributario.

11. el derecho constitucional tributario regulará el comportamiento de las normas de carácter fundamental que serán aplicadas en el ejercicio de la potestad tributaria además de definir las limitaciones en cuanto al ámbito de aplicación entre el poder nacional estadal y municipal siendo este la base fundamental de la aplicación del Derecho Tributario

12. el derecho internacional tributario pretenden o reclaman soberanía tributaria en relación con una misma situación jurídica (doble tributación internacional); asimismo analiza los diversos métodos, que pueden ser implementados entre los diversos países, a fin de limitar a su mínima expresión los problemas que surjan con ocasión de la llamada tributación internacional.

13. derecho internacional tributario Es el encargado de estudiar las distintas formas y maneras de relación jurídica tributaria que surge entre el sujeto activo y el pasivo (estado y contribuyente) por causa de divergencias entre ambas partes.