El principio de legalidad para la Administración del Estado

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El principio de legalidad para la Administración del Estado by Mind Map: El principio de legalidad para la Administración del Estado

1. Sentidos y alcances del ppio. de legalidad

1.1. Sentido restringido

1.1.1. los actos de la administración deben apuntar al fin del bien común

1.1.2. la administración debe respetar la ley (ley entendida en sentido estricto)

1.2. sentido amplio

1.2.1. la administración debe estar sujeto al derecho, entendido como sistema de normas jerarquizadas, además de someterse a sus propias normas

1.3. Legalidad formal

1.3.1. la administración debe ejercer sus competencias conforme a lo que dicte la Constitución y las leyes

1.4. Legalidad material

1.5. Sentido negativo

1.5.1. El ppio. de legalidad como límite. Todo aquello que no está prohibido está permitido, su único límite sería el interés público. No se sigue en Chile.

1.6. Sentido positivo

1.6.1. El ppio. de legalidad como condición. Todo lo que esté expresamente permitido es todo lo que se puede hacer. Las potestades públicas siempre tienen su fuente en la ley en Chile.

1.6.1.1. El ppio. de legalidad es condición del ser de los órganos de la administración

1.6.1.1.1. Sus órganos deben ser creados por ley (art. 65 n2 CPR)

1.6.1.1.2. sus órganos pueden ser creados por la misma Constitución (Ministerios, Banco Central)

1.6.1.1.3. Su organización es también objeto de ley o regulada por la Constitución.

1.6.1.2. El ppio. de legalidad es condición del obrar de la administración

1.6.1.2.1. Las potestades públicas que ejerce están reguladas en la Constitución (art. 6.1 y 7.1 CPR) o en la ley (art. 38 CPR)

1.6.1.2.2. La administración siempre responderá por no ajustar su obrar a la Constitución o a la ley

2. Infracciones al ppio. de legalidad por parte de la Administración

2.1. Desviación de poder

2.1.1. Cuando la administración por medio de un acto persigue un interés particular

2.1.2. Cuando la administración por medio de un acto persigue un interés público pero que no es el que el legislador quería al entregarle la facultad

2.2. Inactividad

2.2.1. Cuando la administración no cumple con su deber de actuar contemplado en el art. 1.4 de la CPR.

2.3. Actividad tardía

2.3.1. Cuando la administración no cumple con su deber de actuar continua y permanentemente como ordena el art. 28 y 3 de la 18.575

2.4. Acto irregular

2.4.1. Cuando los actos de la administración carecen de motivos o son arbitrarios o ilegales

2.5. Sanciones

2.5.1. Positivas

2.5.1.1. Silencio administrativo

2.5.1.1.1. Silencio positivo art. 64 Ley 19.880

2.5.1.1.2. Silencio negativo art. 65 Ley 19.880

2.5.1.2. Recurso de protección

2.5.1.2.1. art. 20 CPR

2.5.1.3. Recurso de amparo

2.5.1.3.1. art. 21 CPR

2.5.2. Negativas

2.5.2.1. Respecto del órgano admiistrativo

2.5.2.1.1. Responsabilidad Civil

2.5.2.1.2. Responsabilidad Penal

2.5.2.1.3. Responsabilidad Administrativa

2.5.2.1.4. Responsabilidad Política (art. 52 n2 CPR)

2.5.2.2. Respecto de los actos de la administración

2.5.2.2.1. Invalidación

2.5.2.2.2. Nulidad de derecho público