1. Derechos fundamentales en la constitución colombiana
1.1. La constitución de 1991 define a Colombia como un Estado Social de Derecho, democrático, participativo y pluralista.
1.2. En el Título II de la constitución se expresa un listado en donde están las cuatro categorías de derecho, y permanece abierta a la incorporación de nuevo derechos a través de la ratificación de tratados internacionales.
1.3. Para garantizar la eficacia de los derechos fundamentales.
1.3.1. 1. Los derechos están dotados de eficacia directa.
1.3.2. 2. Sólo el congreso como representante de la voluntad popular, puede regular el ejercicio de los derechos y no el ejecutivo.
1.3.3. 3. Los derechos se pueden exigir de forma directa ante los jueces mediante acción de tutela.
1.3.4. 4. La constitución creó una Corte Constitucional y encomendó la labor de ser la guardiana de los derechos fundamentales.
2. ¿Qué es un derecho fundamental?
2.1. Son derechos inherentes a la condición humana, que son reconocidos por los estados mediante normas jurídicas que normalmente están en la constitución.
2.2. Los derechos fundamentales no solo vinculan a las autoridades públicas. Si no a todos los habitantes del país, desde empresas hasta los medios de comunicación.
2.3. Hay que tener en cuenta que: Sólo aquellas pretensiones que buscan la plena garantía de la dignidad del ser humano se consideran derechos fundamentales.
3. Tipos de derechos fundamentales
3.1. Derechos de libertad
3.1.1. Aseguran la autonomía individual y la capacidad de autodeterminarse ante los poderes públicos y los demás.
3.2. Derechos de participación
3.2.1. Son los derechos que reconocen que un individuo debe tener la posibilidad de participar de forma activa como miembro de la comunidad política.
3.3. Derechos económicos, sociales y culturales
3.3.1. Aseguran a todas las personas el acceso a un mínimo vital indispensable para lograr la autonomía: educación, salud, trabajo digno, vivienda etc.
3.4. Derechos de solidaridad
3.4.1. Pretende garantizar unas condiciones de vida en las que el ser humano puede desarrollarse de forma integral y plena.
3.5. Derechos de diversidad
3.5.1. Son reconocidos a las minorías étnicas por diversos estados, con el propósito de garantizar su supervivencia física y cultural.
3.5.1.1. Hay tres categorías
3.5.1.1.1. 1. Los que son orientados a garantizar a las comunidades el mayor grado de autonomía posible.
3.5.1.1.2. 2. El derecho al territorio, entendido como un espacio físico, también sagrado y cultural.
3.5.1.1.3. 3. Derechos especiales de participación, buscan involucrar a las comunidades en los procesos de tomas de decisiones sobre asuntos que afectan directamente los recursos naturales de su territorio.