Derechos humanos con respecto a la paz

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Derechos humanos con respecto a la paz 저자: Mind Map: Derechos humanos con respecto a la paz

1. Principios de los Derechos Humanos

1.1. Son universales Los derechos humanos son universales porque están basados en la dignidad de todo ser humano, con independencia de su raza, el sexo, el origen étnico o social, la religión, el idioma, la nacionalidad, la edad, la orientación sexual, la discapacidad o cualquier otra característica distintiva. Puesto que son aceptados por todos los Estados y pueblos, se aplican de forma igual e indiscriminada a todas las personas y son los mismos para todas las personas en todos los lugares. Son inalienables Ninguna persona puede ser despojada o arrebatada de sus derechos humanos, salvo en circunstancias legales claramente definidas. Por ejemplo, el derecho de una persona a la libertad puede verse restringido, si un juez la declara culpable de un delito. Son indivisibles e interdependientes Dado que cada derecho humano trae consigo otros derechos humanos relacionados y depende de ellos, la violación de un derecho afecta al ejercicio de otros. Por ejemplo, el derecho a la vida presupone el respeto del derecho a los alimentos y a un nivel de vida adecuado. El respeto de todos los derechos es un requisito fundamental para la paz y el desarrollo sostenibles. Son iguales y no discriminatorios La no discriminación es un principio transversal en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación por razones como raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Incluyen obligaciones Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir o limitar el disfrute de los derechos humanos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los

2. Obligaciones del Estado que se derivan de los derechos humanos

2.1. Obligación de respetar Entraña la prohibición de ciertos actos de los gobiernos que puedan menoscabar el disfrute de los derechos. Por ejemplo, en cuanto al derecho a la educación, los gobiernos deben respetar la libertad de los padres de escoger los colegios, donde se respete la educación religiosa y moral de sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones. Obligación de proteger Exige que los Estados protejan a los individuos contra los abusos de agentes no estatales. Un ejemplo es el derecho a la integridad personal y la seguridad que obliga a los Estados a combatir el fenómeno generalizado de la violencia doméstica contra las mujeres y los niños:

3. Derecho a la igualdad y no discriminación

3.1. Igualdad relacionada con la ley Igualdad ante la ley es un principio jurídico que implica un reconocimiento de las mismas condiciones para todos los seres humanos en la relación entre gobernantes y gobernados. La igualdad en la ley Es el reconocimiento de todas las personas en la normatividad de la sociedad sin que existan privilegios de unos sobre otros por sus características propias. Igualdad de trato Significa que frente a circunstancias similares, se espera recibir por parte de las autoridades un trato semejante. Igualdad de oportunidades Se refiere a la justicia social, es decir a que todas las personas tienen el mismo derecho de disfrutar de los bienes sociales y económicos que existen en una comunidad

4. Derechos civiles y políticos, mecanismos para la participación ciudadana y transparencia en la gestión pública

4.1. Iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas Referendo Revocatoria del mandato Plebiscito Cabildo abierto Derecho al voto Consulta popular Asamblea Nacional Constituyente

5. En la esfera de los derechos civiles y políticos:

5.1. El derecho a la vida. El derecho a no sufrir torturas ni tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. El derecho a no ser sometido a esclavitud, servidumbre o trabajos forzosos. El derecho a la libertad y la seguridad de la persona. El derecho de las personas detenidas a ser tratadas humanamente. La libertad de circulación. El derecho a un juicio imparcial. La prohibición de las leyes penales retroactivas. El derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica. El derecho a la intimidad. La libertad de pensamiento, conciencia y religión. La libertad de opinión y expresión. La prohibición de la propaganda en favor de la guerra y de la apología del odio nacional, racial o religioso (se encuentra dentro del derecho a la libertad de expresión). La libertad de reunión. La libertad de asociación. El derecho a contraer matrimonio y formar una familia. El derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, a votar y ser elegido y a tener acceso a las funciones públicas. El derecho a la igualdad ante la ley y a la no discriminación

6. En la esfera de los derechos económicos, sociales y culturales

6.1. El derecho a trabajar. El derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias. El derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos. El derecho a la seguridad social. La protección de la familia. El derecho a un nivel de vida adecuado, incluidos alimentos, vestido y vivienda adecuados y dignos. El derecho a la salud. El derecho a la educación. El derecho a la cultura, a la recreación y al deporte. En la esfera de los derechos colectivos. La libre determinación. El desarrollo. El libre uso de su riqueza y sus recursos naturales. La paz. Un medio ambiente saludable.

7. Poblaciones de especial protección constitucional

7.1. Derechos de los niños, niñas y adolescentes Derechos de los adultos mayores Derechos de la población en condición de discapacidad Derechos de las víctimas Derechos de la población indígena autonomía y el principio de accesibilidad universal. Derechos de la población afrodescendiente Población Rrom Derechos de la población LGBTI Derechos de la ciudadanía en general

8. Derechos económicos, sociales, culturales, ambientales y colectivos

8.1. Derecho al trabajo Derechos sindicales Derecho a la seguridad social Derecho a la salud Derecho a un medio ambiente sano Derecho a la alimentación Derecho a la educación Derecho a los beneficios de la cultura