1. TÍTULO CUARTO De la Información Financiera Gubernamental y la Cuenta Pública
1.1. CAPÍTULO I De la Información Financiera Gubernamental
1.1.1. Se establecen los etados financieros y la información emanada de la contabilidad
1.2. CAPÍTULO II Del Contenido de la Cuenta Pública
1.2.1. Se presenta diferente información presupuestaria, programática y cuentas publicas de los distintos ayuntamientos
2. TÍTULO QUINTO De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera
2.1. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
2.1.1. Se nace mención de la generación y publicación de la información financiera de los entes, conforme a que normas, estructura, formatos y contenido de la información que se presentan, y en donde se establecerá el consejo la página de Internet del respectivo ente público.
2.2. CAPÍTULO II De la Información Financiera Relativa a la Elaboración de las Iniciativas de Ley de Ingresos y los Proyectos de Presupuesto de Egresos
2.2.1. Disposiciones aplicables al proceso de integración de las leyes de ingresos, los presupuestos de egresos y demás documentos que deban publicarse
2.3. CAPÍTULO III De la Información Financiera Relativa a la Aprobación de las Leyes de Ingresos y de los Presupuestos de Egresos
2.3.1. La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos, etc.
2.4. CAPÍTULO IV De la Información Relativa al Ejercicio Presupuestario
2.4.1. Los días en que los entes públicos deberán publicar en sus páginas de Internet dicha información
3. TÍTULO PRIMERO Objeto y Definiciones de la Ley
3.1. CAPÍTULO ÚNICO Disposiciones Generales
3.1.1. La presente Ley es de orden publico y tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes publicos.
4. TÍTULO SEGUNDO De la Rectoría de la Armonización Contable
4.1. CAPÍTULO I Del Consejo Nacional de Armonización Contable
4.1.1. Tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos
4.2. CAPÍTULO II Del Secretario Técnico
4.2.1. El secretario tecnico del consejo será el titular de la unidad administrativa competente en materia de contabilidad gubernamental
4.3. CAPÍTULO III Del Comité Consultivo
4.3.1. Funciones y como estará integrado dicho comite
4.4. CAPÍTULO IV Del Procedimiento para la Emisión de Disposiciones y para el Seguimiento de su Cumplimiento
4.4.1. Cuando el consejo o el secretario técnico adviertan la necesidad de emitir nuevas disposiciones o modificar las existentes, este último elaborará el proyecto respectivo.
5. TÍTULO TERCERO De la Contabilidad Gubernamental
5.1. CAPÍTULO I Del Sistema de Contabilidad Gubernamental
5.1.1. Sistema al que deberán sujetarse los entes públicos y conformación de dicho sistema.
5.2. CAPÍTULO II Del Registro Patrimonial
5.2.1. Entes públicos y registros contables que deberán registrar o para sus
5.3. CAPÍTULO III Del Registro Contable de las Operaciones
5.3.1. Que deberan contener los registros de las operaciones presupuestarias y contables