1. CONSTITUCION
1.1. EL Estado es su Ley Fundamental que establece la forma o tipo de gobierno nacional, como están estructurados los poderes de mando, con que facultades y competencias
1.1.1. Poder Legislativo
1.1.2. Poder Ejecutivo
1.1.3. Poder Judicial
2. CONSTITUCIONES EN MEXICO
2.1. El dominio colonialista español, vivimos bajo la influencia constitucional de la Constitución de Cádiz
2.2. después del grito de libertad dio comienzo a un esbozo de Constitución Mexicana
3. PARTES Y CONTENIDOS DE LA CONSTITUCION
3.1. Social.
3.1.1. incluyen los derechos sociales laborales, agrarios de gran parte de la población mexicana
3.2. Dogmática
3.2.1. la constituye los primeros 29 artículos refiere a nuestros derechos fundamentales
3.3. Orgánica
3.3.1. establece nuestra forma de gobierno, la división y estructura de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial Federal, los Estados o Entidades Federativas y los Municipios.
4. LA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCION
4.1. se consagra en su articulo 133.
4.2. tiene supremacía sobre todas las leyes y autoridades que existen en el Estado Mexicano, y que ninguna ley Federal o estatal que vaya en contra de la supremacía de la Constitución Federal tendrá validez y tendrá que ser arreglada conforme a esta.
5. LA SOBERANIA DE LA CONSTITUCION.
5.1. reside esencial y originalmente en el pueblo
5.2. poder que tiene el pueblo para autodeterminarse en su Ley Fundamental y en su forma de gobierno
6. CLASES DE CONSTITUCIONES.
6.1. Constituciones Consuetudinarias
6.1.1. conforman una diversidad de documentos de diferentes épocas que se acumulan, unidas a una serie de costumbres jurídicas generalmente aceptadas y que en conjunto forman la normatividad fundamental del Estado
6.2. Constituciones Escritas
6.2.1. se encuentran contenidas en un documento formal y solemne, al cual se le da el reconocimiento de Ley Fundamental o suprema
6.3. Las Constituciones Rígidas
6.3.1. no se modifican con la facilidad de la elaboración de una Ley por un Legislativo ordinario.
6.4. Las Constituciones Flexibles
6.4.1. para ser modificadas no requieren de órganos y procedimientos especiales ya que su Poder Legislativo ordinario puede realizar sin tantas rigideces y exigencias, la reforma a la Ley Fundamental.