EL OBJETO SOCIAL, LA ACCIÓN, EL PATRIMONIO Y EL CAPITAL SOCIAL (1)

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EL OBJETO SOCIAL, LA ACCIÓN, EL PATRIMONIO Y EL CAPITAL SOCIAL (1) 저자: Mind Map: EL OBJETO SOCIAL, LA ACCIÓN, EL PATRIMONIO Y EL CAPITAL SOCIAL (1)

1. La actividad o conjunto de actividades económicas que la sociedad establece en el Estatuto Social bajo el nombre de “objeto social”, influye notablemente sobre del negocio asociativo, tiene una función de garantía que se puede apreciar desde el ángulo de la sociedad, los socios y terceros.

2. e) La titularidad debe constar en la matricula de acciones.- Las acciones nominativas deberán figurar en la Matrícula de Acciones llevado por la sociedad, en él se inscribirán la creación, emisión, las sucesivas transferencias y la constitución de derechos reales u otros gravámenes sobre ellos219. Las acciones nominativas pueden transferirse en las relaciones internas entre transferente y adquirente, también mediante cesión o endoso del título, pero, con respecto a la sociedad y a terceros en general la transferencia no será perfecta sino cuando se realice la correspondiente anotación en los libros de la sociedad.

3. b) Título causal o de participación social.- Garrigues y Uría dicen que la más acusada característica de la acción es la de ser un título valor que no incorpora ni derechos de crédito, como la letra y el cheque, ni derechos reales, como el resguardo de depósito o el conocimiento de embarque, sino un conjunto de derechos corporativos que integran el estado de socio; o sea, las acciones son simplemente títulos de participación social215

4. a) Título incompleto o de literalidad disminuida.- Pero las relaciones del accionista con la sociedad (los derechos sociales o corporativos) no están definidas ni delimitadas exclusivamente por los términos literales de la acción

5. d) Título nominativos.- Se considera títulos nominativos a los títulos emitidos en serie o en masa que están sujetos a un procedimiento especia l para su trasmisión en el que es necesaria la intervención del deudor para que esa trasmisión produzca efectos contra él; ese procedimiento consiste en que, además de la cesión o del endoso, se requiere la inscripción de la transferencia en el Registro que debe llevar el emisor

6. c) El titular de la acción nominativa es un sujeto cierto y determinado.- En el título que contiene la acción o acciones figura necesariamente el nombre del accionista quien es titular de la acción nominativa; el titular de la acción es un sujeto cierto y determinado

7. 1. Relación entre objeto y capital social

8. 2. Características

9. 1. Aspectos Generales

10. a) La acción como documento apto para la circulación.- La característica principal de la acción es la de ser un título que incorpora derechos de carácter corporativo; las acciones son substancialmente títulos de participación social. La incorporación de la condición de socio a un título y la participación de éste en el capital de la sociedad anónima, ha convertido a la acción en un documento apto para la circulación, facilitando así la trasmisión, prueba y legitimación de la condición de socio

11. El Patrimonio es el conjunto de derechos y obligaciones de una sociedad que constituye una universalidad afectada a su actividad económica

12. La acción como título valor

13. 3 La acción en la Sociedad Anónima

13.1. 2. El Capital Social y el Patrimonio Social

14. b) Independencia del nacimiento de los derechos del accionista con la creación del documento que los incorpora.- En la práctica societaria ha sido frecuente que las sociedades no emitan los títulos de las acciones, sin perjuicio de que estas siguieran produciendo sus peculiares efectos, incluso circulando, apoyándose en la escritura de constitución o en el libro registro de las mismas (hoy Matrícula de Acciones).

15. 2. Definiciones y naturaleza jurídica de la acción

16. 1. Importancia

17. c) Derecho a exigir el título.-La función que cumplen los títulos que contienen las acciones explica por que se reconoce al accionista el derecho a exigir a la sociedad el título que acredita su condición de socio y le legitima para el ejercicio de los derechos corporativos

18. La palabra acción indica que el socio de una sociedad anónima tiene un derecho en la sociedad, fundamentalmente el derecho a participar en sus beneficios. Esta palabra abarca el derecho del socio en una sociedad de capitales y el título que no solamente comprueba sino representa el derecho

19. Como se ha comentado, los empresarios, para ejecutar proyectos de inversión, utilizan, entre los medios más importantes de financiamiento, la deuda y aportes al capital social. Los mecanismos jurídicos empleados por el empresario en el caso de endeudamiento son: el mutuo, comodato, arrendamiento, etc., o sea, haciéndose trasmitir la propiedad o el uso del mismo por terceros. Para el financiamiento mediante aportes al capital social el empresario debe recurrir a la forma asociativa, o sea, con la participación de los socios en la sociedad

20. d) Efectos de la incorporación de los derechos en el título.- Una vez impresos y entregados los títulos, la exhibición de los mismos o en su caso del certificado acreditativo de su depósito en una entidad autorizada, será necesaria para el ejercicio de los derechos del accionista. Por ejemplo, para el ejercicio de un derecho tan fundamental como el de asistencia a las juntas generales de accionistas se exige la posesión de los títulos que contienen las acciones

21. e) Formalidades del título o del certificado de acciones.- El artículo de la ley dispone que las acciones emitidas, cualquiera que sea su clase, se representan por certificados; en el certificado está materializado los derechos que contiene la acción, la existencia del certificado o título de la acción implica que la sucesión en la cualidad de socio ha de ir ligada a la trasmisión del documento211

22. 4. Anotaciones en cuenta

23. 3. Procedimiento de transferencia

24. La sociedad anónima no habría conseguido el éxito alcanzado en todos los países sin la materialización de las acciones en certificados o títulos, sin embargo, en la actualidad, las ingentes masas de títulos-acciones que acuden al mercado de valores dificultan el tráfico, en tal forma, que ha sido preciso ir sustituyendo la emisión y el uso de los certificados por otro sistema menos documental, utilizado ya en muchos países, que admite la posibilidad de que se representen las acciones por simples anotaciones en cuentas llevadas por ordenadores según las nuevas técnicas de la informática

25. b) Endoso de las acciones o Cesión anotada en el título.- Las acciones también podrán transmitirse mediante endoso o cesión anotada en el título, en cuyo la transmisión habrá de acreditarse frente a la sociedad mediante la exhibición del título. Los administradores, una vez comprobada la regularidad de la cadena de endosos o anotación de cesiones, inscribirán en la Matricula de Acciones

26. Las acciones se transfieren por la cesión notificada a la sociedad e inscrita en la Matricula de Acciones.

27. a) Procedimiento clásico. - Por tratarse de títulos nominativos, la circulación de las acciones deben guardar un doble requisito, por un lado, la entrega del título y la documentación de la cesión, por otro lado, debe ser anotada en la Matricula de Acciones228. En transmisión de las acciones nominativas, el trasmitente ha de poner la transferencia en conocimiento de la sociedad, acompañada de la exhibición del título, para que pueda ser anotada en el libro especial de acciones nominativas

28. 5. Derechos que contiene la acción

29. Las acciones no incorporan ni un derecho de crédito ni un derecho real, sino un status, precisamente el de socio, del cual derivan derechos y poderes de diversa naturaleza e incluso obligaciones, como las relativas al pago de los dividendos pasivos236. Si la titularidad de la acción confiere la condición de accionista, el hecho de que este forme parte de una sociedad le atribuye una condición personal integrada por un conjunto de derechos y obligaciones237

30. La sociedad anónima nació con el capital dividido en acciones, en la actualidad la acción continúa representando una determinada parte del capital social, confiriendo a su titular la condición de socio y sirviendo de medida de los derechos correspondientes al accionista. El ordenamiento jurídico quiere que cada acción represente una parte alícuota del mismo: una parte proporcional que repetida mida exactamente a su todo.

31. 3. Parte alícuota del capital Social

32. a) Aspectos Generales

33. Para que la acción constituya realmente una parte alícuota de ese capital social, representado por una cifra abstracta a la que debe corresponder un conjunto de bienes puestos en común por los socios, es necesario que aquella cifra indicativa responda a una efectiva aportación patrimonial a la sociedad, realizada en dinero u otros bienes184

34. b) Relación de la acción con el aporte

35. c) Valor nominal

36. La noción de valor nominal, surge de la división de la cifra del capital social entre el número de acciones emitidas187. De igual modo, la igualdad de su valor nominal se deriva como consecuencia de la percepción de las acciones como parte alícuota del capital, Esta consecuencia, en nuestra legislación derogada era de trascendencia relativa, ya que tal igualdad sólo regía dentro de cada serie de acciones.

37. c) Principios que se desprende de concepción de la acción como alícuota del capital social

38. d) Principio de la Unidad del Capital Social.- Llamado también principio de la determinación, el cual conmina que el capital se encuentre precisado en la escritura de constitución social y en el Estatuto, tanto en lo concerniente a su importe como a la forma como se encuentra dividido y representado en parte alícuota matemáticamente exactas denominadas acciones; de igual manera debe precisarse en el Estatuto las clases o series si es que las ha

39. c) Principio de Integridad. - El cual exige que la totalidad de las acciones representativas del capital social se encuentren suscritas, es decir, que tengan un titular individualizado, con capacidad para obligarse y que ha asumido el pago del importe del valor nominal de las acciones195. Las acciones que no han sido suscritas no representan valor alguno, pues no está determinada la persona que se responsabilice por la aportación a que ellas se refieren

40. a) Principio de Proporcionalidad. De la correspondencia entre el valor nominal de cada acción y el monto del capital social se origina el principio de proporcionalidad, el mismo que inspira la arquitectura del tipo social, en el sentido de que a mayor aportación corresponden más acciones y también mayor porcentaje de derechos193

41. b) Principio de Realidad del Capital Social.- Este principio es entendido como la mínima defensa de los acreedores sociales, se opone a la existencia de acciones cuyo importe nominal no esté cubierto con una efectiva aportación de bienes o dinero. Lo contrario sería dar nacimiento a capitales puramente ficticios, con todos los fraudes y peligros que ello entrañaría