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Derecho Civil 저자: Mind Map: Derecho Civil

1. Persona

1.1. Es el sujeto de derechos y obligaciones; es el ente capaz de ser titular de derechos y obligaciones

1.1.1. Clases de persona:

1.1.1.1. FÍSICA: Ente capaz de derechos y obligaciones

1.1.1.2. JURÍDICO COLECTIVA Conjunto de personas físicas que se unen para el logro de un fin común.

1.1.2. Atributos de la personalidad

1.1.2.1. CAPACIDAD JURÍDICA: es la aptitud que tiene la persona para ser titular de derechos y sujeto de obligaciones.

1.1.2.2. NOMBRE: Elemento que designa a la persona y la diferencia de los demás.

1.1.2.3. DOMICILIO: Es el lugar en el que, para determinados efectos del Derecho, una persona se asienta de manera permanente.

1.1.2.4. PATRIMONIO: Conjunto de haberes y deberes.

1.1.2.5. ESTADO CIVIL: Situación particular respecto a la familia, la sociedad y el Estado.

2. Matrimonio

2.1. Unión de dos personas que consienten en realizar una comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua.

2.1.1. Requisitos

2.1.1.1. Presencia de los solicitantes.

2.1.1.2. Acreditar que los contrayentes han cumplido 18 años salvo lo dispuesto por la legislación civil.

2.1.1.3. La manifestación de que no tienen impedimento alguno y que es su voluntad unirse en matrimonio.

2.1.1.4. Solicitud de matrimonio que contenga los nombres, apellidos, edad, ocupación, lugar de nacimiento y domicilio de los solicitantes y de sus padres.

2.1.1.5. Copia certificada del acta de nacimiento de los solicitantes.

2.1.1.6. Convenio que exprese el régimen bajo el cual se desea contraer matrimonio: sociedad conyugal o separación de bienes.

2.1.1.7. Certificado suscrito por médico titulado o por una institución oficial que haga constar que los solicitantes no padecen enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias. El certificado médico tendrá una vigencia de quince días.

3. Divorcio

3.1. Disolución legal de un matrimonio, a solicitud de uno o de los dos cónyuges, cuando se dan las causas previstas por la ley.

3.1.1. Tipos

3.1.1.1. INCAUSADO: El divorcio podrá pedirse por uno de los cónyuges, con la sola manifestación de la voluntad de no querer continuar con el matrimonio.

3.1.1.2. NOTARIAL: Los cónyuges podrán acordar su separación de mutuo acuerdo ante Notaría Pública.

3.1.1.3. VOLUNTARIO: Los cónyuges pueden divorciarse voluntariamente ocurriendo al Juez competente, presentando un convenio.

3.1.1.4. ADMINISTRATIVO: No surtirá efectos legales si se comprueba que los cónyuges tienen hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela.