Nuevo paradigma del Derecho Administrativo

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Nuevo paradigma del Derecho Administrativo 저자: Mind Map: Nuevo paradigma del Derecho Administrativo

1. Estado Garante

1.1. Reconfiguración del Estado

1.1.1. De sus funciones principales y de la posición que adopta ante la sociedad.

1.2. Estado social

1.2.1. Movimiento desarrollado en Europa.

1.3. Estado mínimo

1.3.1. Un Estado que gaste y cueste menos.

1.4. Reto

1.4.1. Mantener los fines sin disponer de los medios materiales de gestión y prestación.

2. Evolución

2.1. La administración pierde sus posiciones tradicionales de titularidad sobre unos servicios que ahora se entregan al mercado (libre competencia)

2.2. Administración o Autoridad reguladora.

2.2.1. Más que tener el control de todo, se encarga de regular los acuerdos entre los particulares.

2.3. Autorregulación de la sociedad

2.3.1. Autorregulación normativa

2.3.1.1. Normas técnicas, protocolos de actuación, Lex artis.

2.3.2. Autorregulación declarativa

2.3.2.1. Acreditaciones o certificaciones de carácter técnico emitidos por privados o declaraciones de comités científicos.

2.3.2.1.1. La sociedad no es capaz de mantener la perspectiva de los intereses generales y ofrecer una racionalidad alternativa a la del Estado.

3. Antes

3.1. Siglo XIX

3.1.1. Estado liberal. Deja un dualismo: ley (para la sociedad) y potestad reglamentaria (para el Estado).

3.2. Siglo XX

3.2.1. El Estado se abre a la sociedad. Ofrece legitimidad democrática. Modelo de Estado Social. Administraciones públicas.

4. Ejemplos

4.1. Telefonía (Telmex) --> IFT

4.2. Luz eléctrica (CFE) --> CRE

4.3. Servicios financieros --> CONDUSEF

4.4. Sistema de ahorro --> CONSAR

4.5. Servicios financieros -->IPAB

5. Relación Estado-Sociedad

5.1. Antes

5.1.1. El Estado mantenía el monopolio de los servicios y productos de uso público. Los particulares solo usaban o compraban al Estado estos productos y servicios (telefonía, luz, gas, etc). Orientación vertical.

5.2. Después

5.2.1. El Estado ha entregado el manejo de los servicios y productos de uso público a particulares. El Estado ahora solo se encarga de supervisar la calidad y eficiencia de dichos servicios públicos. Orientación horizontal.

6. Características

6.1. Estado garante

6.1.1. Ya no tiene el control de prestaciones o de otro tipo sino que garantiza que sus cometidos se realicen adecuadamente, con los niveles de objetividad y calidad exigibles, por los agentes privados que disponen de los medios.

6.2. Funciones

6.2.1. Garantizar toda una serie de derechos (sociales) y prestaciones que la Constitución impone pero son exigir que sea el Estado las que las preste directa o indirectamente.

6.3. Orientación horizontal

6.3.1. Si el poder (y las relaciones de poder) se encuentran fuera del Estado, lo lógico es que también se aplique allí (en las afueras del Estado) el Derecho que se gestó en torno suyo para regular y equilibrar las relaciones de poder.

6.3.1.1. Protegiendo y garantizando los derechos e intereses de los particulares frente a los poderes públicos y protegiendo también los intereses públicos.

6.4. Experiencias significativas de la extensión del Derecho público

6.4.1. 1. La regulación de servicios económicos de interés general

6.4.1.1. Modelo de regulación en competencia.

6.4.1.1.1. Relaciones entre Operadores generando una competencia efectiva. La función del regulador es hacer efectiva dicha competencia.

6.4.2. 2. La objetiva

6.4.2.1. Que comporta la aplicación de ciertas normas y principios de Derecho público a determinadas relaciones entre sujetos inequívocamente privados.

6.4.3. 3. Subjetiva

6.4.3.1. Reconocer que sujetos privados ejercen ordinariamente genuinas funciones públicas con facultades decisorias, esto requiere dotar a estos sujetos de un cierto estatuto propio del Derecho público.