El pluralismo juridico y las escalas del derecho

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1. 3.Debate teórico

1.1. Opera en tres escalas

1.1.1. Local, Nacional, Global.

1.2. También opera en seis espacios-tiempo.

1.2.1. Domestico, producción, comunidad, mercado, ciudadanía,mundial.

1.3. Se rigen por una pluralidad de ordenes jurídicos.

1.3.1. Se interrelacionan y distribuyen socialmente de distintas formas en el campo social.

1.3.1.1. Esto plantea el debate del pluralismo jurídico.

1.4. Concepto científico.

1.4.1. Se origino a finales del siglo XIX en la filosofía jurídica anti positivista europea.

1.5. La vida socio-jurídica en las sociedades europeas durante el periodo del movimiento de codificación.

1.5.1. fue el resultado de una decisión política y que la realidad política estaba del lado de los pluralistas jurídicos.

1.5.2. El estado liberal constitucional y la hipótesis legal positivista en una tesis hegemonía sobre el derecho, el centralismo o exclusivismo jurídico del estado.

1.6. Se de dar cuatro condiciones metateoricas para que un determinado tema se convierta en un debate central y todas ellas están relacionadas con el debate sobre el pluralismo jurídico.

1.6.1. 1.El tema debe ser lo suficientemente amplio y tener una plasticidad inherente que le permita incluir nuevas dimensiones al tiempo que se desarrolla.

1.6.2. 2. El tema debe tener limites imprecisos de forma que nunca que de del todo claro

1.6.3. 3. Un tema así debe permitir una fácil articulación entre el trabajo empírico y el desarrollo teórico.

1.6.4. 4. Con un tema así debería poder entablarse un debate con los principales debates de otras disciplinas.

1.7. Se distinguen dos periodos de este debate.

1.7.1. El pluralismo jurídico dentro del contexto colonial y pos-colonial y el pluralismo jurídico en las sociedades capitalistas modernas.

1.7.2. El segundo periodo es claramente una expansión del debate del primer periodo.

2. 1.Concepto de derecho.

2.1. La ecuación entre nación, estado y el derecho.

2.2. El pluralismo jurídico puede ser una de las formas mediante las cuales se manifiesta la ideología del centralismo jurídico.

2.3. Es una definición esencialista.

2.4. Es fundamentada por basarse en la idea de que la función del derecho es mantener el orden social de un grupo.

2.5. El pluralismo jurídico da lugar a dos problemas irresueltos.

2.5.1. Las definiciones de derecho de los pluralistas jurídicos sufren de una incapacidad crónica para diferenciar el derecho de la vida social.

2.5.2. No hay un consenso sobre una definición de derecho que pueda ser usada por los investigadores del tema.

2.6. No todos los fenómenos relacionados con el derecho se originan en el poder estatal.

3. 2.Los componentes y espacios estructurales del derecho

3.1. Son tres los componentes estructurales del derecho: La retorica, La burocrática y la violencia.

3.1.1. La retorica es una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones basada en la persuasión o convicción.

3.1.2. La burocrática es una forma de comunicación de toma de decisiones basada en imposiciones autoritarias.

3.1.3. La violencia es una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones basada en la amenaza de la fuerza física.

3.2. Los componentes estructurales no son entidades fijas, varían internamente y en sus articulaciones reciprocas.

3.3. Un campo jurídico complejo puede abarcar diferentes articulaciones en distintos sub campos.

3.4. La covariacion hace referencia a la correlación cuantitativa entre los componentes estructurales.

3.5. Los elementos estructurales del derecho no siempre son percibidos o analizados.

3.6. Algunas de ellas potencian al máximo el uso de la violencia y sirven.

3.7. En el concepto del derecho rechazo la trivializacion al enunciar los espacios estructurales en los que se reproduce el derecho.

3.8. La esencia del derecho es menos útil que situar conceptos en el conjunto de las relaciones entre los ordenes jurídicos.

4. 4.El pluralismo jurídico en Colombia

4.1. Cada sociedad tiene un perfil especifico de pluralismo jurídico.

4.2. Colombia es uno de los países en los que el derecho estatal compite mas fuertemente con ordenamientos paralelos.

4.3. La tercera especificidad consiste en la intensidad de la confrontación entre el pluralismo jurídico sub-nacional y el pluralismo jurídico supranacional.

4.4. La justicia indígena esta sujeta a un proceso de hibridismo.

4.4.1. Deriva del reconocimiento constitucional de su existencia.

4.5. Las dimensiones para analizar el pluralismo jurídico en Colombia son varias.

4.5.1. Oficial/no oficial, formal/informal, mono cultural/multi cultural, cívico/armado.

4.6. Las tensiones entre mono culturalismo y multi culturalismo no se limitan a las relaciones entre justicia indígena y justicia oficial.

4.7. Reside también en el impacto jurídico-político del pluralismo jurídico supranacional.