1. Es la rama del derecho que se encarga de las relaciones del derecho privado entre personas o empresas de diferentes Estados.
2. Su objeto es el de las relaciones jurídicas-privadas regulares . Estas deben ser privadas y contener elementos extranjeros.
3. Sus fuentes se pueden dividir en dos: 1. Fuentes Nacionales. 2. Fuentes Internacionales.
4. Su contenido se centra en: a) Determinar la competencia judicial internacional. b) El derecho aplicable. c) El reconocimiento y ejecución de las sentencias extranjeras.