Norma Oficial Mexicana Nom-003-SEGOB-2011

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2. El ejecutivo Federal aumentan la capacidad preventiva del Sistema Nacional de Protección Civil

2.1. Garantizar la Seguridad Nacional

2.1.1. El 23 de diciembre de 2010, se publicó para consulta pública en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-SEGOB-2008, Señales y avisos para protección civil.

3. La correcta aplicación de esta Norma, ayuda a mejorar las condiciones de seguridad en instalaciones y sitios para prevenir riesgos, todo esto en beneficio de la población mexicana

4. Participaron representantes de las dependencias, organismos e instituciones como:

5. ¿Cuál es el objetivo de esta norma?

5.1. Especificar y homologar las señales y avisos que en materia de protección civil, permitan a la población identificar y comprender los mensajes de información, precaución, prohibición y obligación.

5.1.1. Dentro de éste, su campo de aplicación es:

5.1.1.1. Todos los inmuebles, establecimientos y espacios de los sectores público, social y privado

6. ¿Cómo se clasifican las señales de protección civil?

6.1. Señales informativas

6.1.1. Dirección de una ruta de evacuación

6.1.2. Ubicación de una zona de menor riesgo

6.1.3. Ubicación del puesto donde se brindan primeros auxilios

6.1.4. Ubicación de camilla para uso de brigada

6.1.5. Ubicación del punto de reunión

6.1.6. Salida de emergencia

6.1.7. Escalera de emergencia

6.1.8. Ubicación de rutas, espacios o servicios accesibles para personas con discapacidad

6.1.9. Equipo de comunicación de emergencias

6.1.10. Modulo de información

6.1.11. Puesto de vigilancia

6.2. Señales de información de emergencia

6.2.1. Extintor

6.2.2. Hidratante

6.2.3. Dispositivo de activación de emergencia

6.2.4. Telefono de emergencia

6.2.5. Gabinete de equipo de emergencia

6.3. Señales informativas para emergencia o desastre

6.3.1. Ubicación del centro de acopio

6.3.2. Refugio temporal

6.3.3. Puesto de mando

6.3.4. Centro de triage

6.3.5. Centro de distribución

6.4. Señales de precaución

6.4.1. Materiales oxidantes y comburentes

6.4.2. Materiales con riesgo de explosión

6.4.3. Riesgo eléctrico

6.4.4. Riesgo por radiación laser

6.4.5. Riesgo biológico

6.4.6. Radiaciones ionizantes

6.5. Señales prohibitivas o restrictivas

6.5.1. Prohibición de fumar

6.5.2. Prohibición de encender fuego

6.5.3. Prohibición del uso de elevador

6.5.4. Prohibido el paso

6.5.5. No correr

6.5.6. No gritar

6.5.7. No empujar

6.6. Señales de obligación

6.6.1. Uso obligatorio de gafete

6.6.2. Registro obligatorio para acceso

6.6.3. Obligación de estacionarse los vehículos frente a la salida

6.6.4. Revisión obligatoria de vehículos

6.6.5. Revision de bultos, bolsas, portafolios

6.7. Avisos de protección civil

6.7.1. Identificación de zona de riesgo, accesos restringidos

7. Colores de seguridad y su significado

7.1. Rojo

7.1.1. Alto

7.1.2. Prohibición

7.1.3. Identifica equipo contra incendio

7.2. Amarillo

7.2.1. Precaución

7.2.2. Riesgo

7.3. Verde

7.3.1. Condición segura

7.3.2. Primeros auxilios

7.4. Azul

7.4.1. Obligación

8. Asignación de formas geométricas segun el tipo de señal y su finalidad

8.1. Información

8.2. Precaución

8.3. Prohición

8.4. Obligación

9. Iluminación. En condiciones normales, en la superficie de la señal debe existir una intensidad de iluminación de 50 luxes (50 lx) como mínimo.

10. Materiales. La naturaleza y calidad de los materiales para fabricar señales deben: a) Ser inofensivas para la salud y la integridad física de las personas; b) Garantizar la correcta apreciación de la señal para el cumplimiento de su finalidad; c) Permitir su consistencia rígida, excepto para la banda de zona de riesgo, la cual debe ser de material flexible y resistente, y d) Garantizar su mantenimiento preventivo y correctivo de color, forma y acabado incluso en condiciones a la intemperie.

11. Carlo Alexei Iturbe Salgado No. de Cuenta: 1112331