REGLAMENTO DE PRACTICAS PRE - PROFESIONALES
создатель KARINA LIZETH SEGURA RIVAS
1. Es responsabilidad de los directores académicos, directores de escuela, secretarios académicos y coordinadores de prácticas.
2. Art. 4
2.1. Tiene como base legal principalmente a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria
3. Art. 2
3.1. Inserta en el mundo laboral a estudiantes del IX y X ciclo.
4. Art.3
4.1. Se enmarca en los principios:
4.1.1. Integridad
4.1.2. Formativa
4.1.3. Secuencial
5. Art. 8
5.1. La institución publica o privada debe contar con razón social registrada y tener área de la especialidad del estudiante.
6. Art. 11
6.1. Las practicas se realizan dentro del semestre académico por un periodo mínimo de 3 meses, entre 160 a 192 horas
7. Art. 10
7.1. Las Prácticas Pre Profesionales se realizan de acuerdo con las exigencias curriculares de la Escuela Académico Profesional
8. Art. 14
8.1. El supervisor evalua al practicante en su centro de prácticas pre-profesionales.
9. Art. 15
9.1. El practicante está obligado a presentar un avance periódico de su informe final de Prácticas
10. Art. 16
10.1. Para la evaluación de las prácticas se considerará:
10.1.1. el avance del plan de prácticas
10.1.2. prueba de logro
10.1.3. participación en los talleres remediales
10.1.4. evaluación del jefe inmediato
10.1.5. informe final de prácticas