Constitucionalismo La Constitución, escrito con mayúscula, es el conjunto de normas fundamentale...

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Constitucionalismo La Constitución, escrito con mayúscula, es el conjunto de normas fundamentales de un Estado soberano, las cuales suelen estar expresadas de forma escrita y fijan los límites y las relaciones entre los poderes del Estado y entre éstos y los ciudadanos. создатель Mind Map: Constitucionalismo  La Constitución, escrito con mayúscula, es el conjunto de normas fundamentales de un Estado soberano, las cuales suelen estar expresadas de forma escrita y fijan los límites y las relaciones entre los poderes del Estado y entre éstos y los ciudadanos.

1. Formas de gobierno

1.1. Sistema de gobierno Parlamentario Presidencial Asamblea

1.1.1. Strictu Sensu, carácter electivo o no, de la Jefatura del Estado Monarquía República

1.2. Formas de gobierno del Estado Moderno

1.2.1. Monarquía absoluta - Un solo poder absoluto, no existen división de poderes (en nuestros días ya no existe este tipo de régimen)

1.2.2. Monarquía Constitucional -Existe un monarca que reina, pero no gobierna, actúa como moderador entre el Poder Ejecutivo y el Parlamento (Ej. Inglaterra)

1.2.3. República -Forma de gobierno representativo, donde el poder reside en el pueblo y se hacen votaciones periódicas para elegir a los gobernantes. Puede ser Parlamentaria o Presidencialista.

2. Organización estatal

2.1. Estados unitarios -Un Estado unitario es aquel en el que existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central. Además cuenta con un solo poder legislativo que legisla para todo el país; un poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del Estado y que en su seno se establece una Corte Suprema de Justicia, la cual tiene jurisdicción a nivel nacional, un solo poder ejecutivo que está conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes...)

2.2. Estados Unitarios descentralizados -Son estados cuyas competencias en varios ámbitos como administrativos, tránsito vehicular, tributos específicos, ciertos excedentes financieros y líneas de financiación, equipos y maquinarias de trabajo, entidades gubernamentales, educativas, entre otras fueron traspasadas a dichas entidades por ley en casi la mayor parte de entidades o a todas por igual de derecho. Si bien no se considera una autonomía debido a que carece de la posibilidad de entablar leyes propias, esta solo se limita a crear ordenanzas y regulaciones.

2.3. Estados regionales o Autónomos -Los estados regionales o estados autónomos son estados con un pasado centralista o descentralizado, pero que progresivamente han otorgado mayor autonomía a las diversas regiones que los conforman. El grado de autonomía varía dependiendo del estado, y si el grado de autonomía es bastante elevado los estados regionales suelen ser considerados "federaciones de facto". En este caso la única diferencia entre el estado federal y el estado regional es el origen de las atribuciones: en los estados regionales el gobierno central ha cedido o devuelto algunos derechos y competencias a la región, mientras que en los estados federados son las regiones las que han cedido algunas de sus atribuciones al poder central.

2.4. Estados complejos -Se caracterizarían por tener un orden jurídico integral que regula, a la vez, una jurisdicción federal y otra jurisdicción que es la local, y que es distinta en cada uno de los estados o que puede ser distinta. Por tener a la vez una jurisdicción federal y una local en cada uno de los estados, pero ambas supeditadas a la Constitución federal, son un pacto federal, con autonomía interna en cada una de las partes integrantes de la federación, lo cual significa que las entidades federativas pueden adoptar, incluso, su propio régimen interior y su propia organización interna política y administrativa.

2.5. Estados federales -Las federaciones son estados conformados por entidades soberanas y autónomas. El estatus autónomo de estas entidades no puede ser alterado de manera unilateral por el gobierno central, aunque pueden existir excepciones (como el caso de Argentina, donde el gobierno federal ha intervenido en diversas ocasiones en las provincias; y en México, mediante la figura de la desaparición de poderes en los estados).

2.6. Estados Confederales -Las confederaciones son estados conformados por entidades soberanas y autónomas. El estatus autónomo de estas entidades no puede ser alterado de manera unilateral por el gobierno central, sin existir excepciones. Se diferencia además de la federación, en que la entidad o demarcación confederal posee mayor grado de soberanía e independencia que la federal. El gobierno del país tiene menor control y poder sobre cada una de sus entidades o demarcaciones confederas, que en el caso de las federaciones, donde el gobierno del país tiene mayor control y poder sobre cada una de sus entidades federadas que sublevan a ella. A Suiza y al Reino Unido se las suele ubicar en esta categoría.

2.7. Orden Jurídico -Es el sistema de normas que rigen la organización legal de un determinado lugar y época. Esto quiere decir que el ordenamiento jurídico puede variar según la ciudad, provincia o país, o de acuerdo al momento histórico en cuestión.

3. Sociedad

3.1. Representación social

3.1.1. La Representación Social es un conjunto de ideas, saberes y conocimientos para que cada persona comprenda, interprete y actúe en su realidad inmediata. Estos conocimientos forman parte del conocimiento de sentido común. Las RS se tejen con el pensamiento que la gente organiza, estructura y legitima en su vida cotidiana. El conocimiento es, ante todo, un conocimiento práctico que permite explicar una situación, un acontecimiento, un objeto o una idea y, además, permite a las personas actuar ante un problema. Para Moscovici (1979, p. 18), "la representación social es un corpus organizado de conocimientos y una de las actividades psíquicas gracias a las cuales los hombres hacen inteligible la realidad física y social, se integran en un grupo o en una relación cotidiana de intercambios".

4. Organización de Poderes

4.1. Ejecutivo

4.1.1. El poder ejecutivo es uno de los tres poderes de un Estado republicano. El poder ejecutivo se encarga de diseñar, planificar y ejecutar el proyecto de un país con base en la constitución y las leyes. El poder ejecutivo está representado por el Jefe del Estado y/o el Jefe del Gobierno. Esto dependerá de la estructura política de cada país consagrada en su constitución.

4.2. Legislativo

4.2.1. El poder legislativo es uno de los tres poderes de un Estado. El poder legislativo es representado por el presidente del congreso o por el Parlamento y se encarga de la formulación de leyes y proyectos de ley para la sociedad de un país. El poder legislativo es el encargado de proponer, discutir, estudiar, votar, aprobar o rechazar iniciativas de leyes, proyectos de ley o leyes amparados dentro de la Constitución política de cada país. Además, tiene el papel de vigilar y controlar el desempeño del gobierno.

4.3. Judicial

4.3.1. El poder judicial es la potestad que tiene el Estado de cuidar y cumplir las leyes de la constitución, así como de administrar la justicia de un país a través de la aplicación de leyes y reglamentos preestablecidos. El poder judicial tiene la finalidad velar por el cumplimiento de la constitución y de las leyes en general, hacer cumplir las responsabilidades de las sociedades y proteger los derechos de los ciudadanos.

5. UNAM Alumno: José Manuel Martínez B-C. Materia, Estado, Sociedad y Derecho Maestra. MIRIAM GONZALEZ GONZALEZ Carrera: Relaciones Internacionales

6. Fuentes: Lasalle, Ferdinand, ¿Qué es una Constitución?, pp. 5-127.Lasalle, Ferdinand, ¿Qué es una Constitución?, pp. 5-127. Autores: Julián Pérez Porto y Ana Gardey. Publicado: 2010. Actualizado: 2010. Definicion.de: Definición de constitución (Definición de constitución — Definicion.de Autor/a: Cabedo Mallol Vicente https://www.youtube.com/watch?v=uJrFVF4paF8 + Universitat Politècnica de València UPV: https://www.upv.es Editorial AZETA S.A. Asunción-Paraguay 2020 https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/escolar/formas-de-los-estados-modernos-828267.html https://es.wikipedia.org/wiki/Forma_de_Estado https://definicion.de/ordenamiento-juridico/ (Moscovici, 1979, p. 28). https://www.significados.com/poder-ejecutivo/