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Elementos básicos del Estado создатель Mind Map: Elementos básicos del Estado

1. Rama Legislativa

1.1. La rama legislativa hace parte de los poderes públicos del Estado colombiano y está representada por el Congreso de la República (integrado por el Senado y Cámara de Representantes), al que le corresponde reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer el control político sobre el gobierno y la administración.

1.1.1. Está conformado por 280 congresistas, de los cuales 108 son senadores y 172 son representantes.

1.2. Los integrantes del Congreso son elegidos por voto popular, es decir, por el pueblo.

1.3. Funciones del Congreso

1.3.1. Función constituyente: Corresponde al Congreso reformar la Constitución Política mediante actos legislativos.

1.3.2. Función legislativa: Permite al Congreso elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y códigos en todos los ramos de la legislación.

1.3.3. Función de control político:Para convocar y solicitar explicaciones a los Ministros del Despacho y demás autoridades y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado.

1.3.4. Función judicial:Para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política

1.3.5. Función electoral: Le permite al Congreso elegir a los titulares de altos cargos del Estado: como el Procurador, Contralor, entre otros.

1.3.6. Función administrativa: Para establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes

1.3.7. Función de control público: Para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rinda declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión de Acusaciones adelante

1.3.8. Función de protocolo: Para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones

2. Rama Ejecutiva

2.1. La rama ejecutiva es la rama del poder público que ejerce las funciones del Estado relacionadas con el gobierno y la administración.

2.2. La Constitución establece que la rama ejecutiva tiene una expresión nacional (en cabeza de la Nación) y una territorial (representada por las entidades territoriales existentes: departamentos, distritos y municipios),

2.2.1. El Gobierno Nacional está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos.

2.2.2. Las gobernaciones y las alcaldías, así como las superintendencias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado, forman parte de la Rama Ejecutiva”

2.3. Los principales objetivos de la rama ejecutiva son: La definición de objetivos globales de desarrollo económico y social y La definición, Coordinación y ejecución de planes, políticas públicas y estrategias de Carácter general.

2.4. Sector Administrativo: Los sectores administrativos estarán integrados por el Ministerio o Departamento Administrativo (que ejercerá la orientación y control de las funciones de las entidades y organismos que conforman el sector administrativo), las Superintendencias y demás entidades que la ley defina como adscritas o vinculadas al respectivo Ministerio o Departamento Administrativo

2.4.1. Ministerios: Los Ministerios son organismos del sector central en la administración pública nacional, creados por el legislador, y que hacen parte del Gobierno. Son los encargados de dirigir, coordinar y ejecutar un conjunto de servicios públicos. Actualmente existen 13 ministerios

2.4.2. Departamentos Administrativos: Son organismos del sector central que forman parte del Gobierno, en la misma jerarquía de los Ministerios, pero sin iniciativa legislativa. Son entidades de carácter técnico encargadas de dirigir y coordinar un servicio y otorgar al Gobierno la información adecuada para la toma de decisiones. Actualmente existen 6 departamentos administrativos

2.5. Organismos adscritos a los ministerios y departamentos administrativos: Son organismos adscritos: Las Superintendencias, los Establecimientos Públicos, las Unidades administrativas Especiales, y los demás organismos y entidades que se determinen en su acto de creación.

2.5.1. Superintendencias: Son organismos adscritos a un ministerio, o a un departamento administrativo los cuales, dentro de los límites de la autonomía administrativa y financiera establecida por la ley, ejercen algunas de las funciones que pertenecen al Presidente de la República, especialmente las de control, inspección y vigilancia de la prestación de un servicio público o del ejercicio de una actividad y las demás que la ley les confiere. Tienen cierta autonomía frente al ministerio o departamento administrativo del cual dependen, y pueden tener o carecer de personería jurídica

2.5.2. Establecimientos públicos: Los establecimientos públicos son organismos encargados principalmente de atender funciones administrativas y de prestar servicios públicos conforme a las reglas de derecho público. Poseen personería jurídica, Autonomía administrativa y Patrimonio independiente.

2.5.3. Unidades Administrativas Especiales: Son organismos creados por la ley, con la autonomía administrativa y financiera que ella les señale, que cumplen funciones administrativas para desarrollar o ejecutar programas propios de un Ministerio o Departamento Administrativo. Al igual que con las Superintendencias, las UAE pueden tener, o carecer, de personería jurídica.

2.6. Organismos vinculados: son: las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Economía Mixta, y los demás organismos y entidades que se determinen en su acto de creación.

2.6.1. Empresas Industriales y Comerciales del Estado: Son organismos creados por la ley, o autorizados por esta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas del derecho privado, salvo las excepciones que consagre la ley.

2.6.2. Sociedades de Economía Mixta: Son organismos autorizados por la ley, constituidos bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas del derecho privado, salvo las excepciones que consagre la ley (art. 97, Ley 489 de 1998).

2.7. Entidades de régimen o carácter especial: Son aquellas entidades que, dada la especialidad de sus funciones, y aunque son del orden nacional, no se adecuan a los tipos tradicionales descritos anteriormente.

3. Antecedentes

3.1. ¿Qué es el estado?

3.1.1. Es una entidad política que se forma cuando, en una porción de la superficie terrestre, un conjunto de personas se organiza jurídicamente bajo el mando de un conjunto de organizaciones que buscan mantener el orden en la convivencia en sociedad.

3.2. ¿Cuáles son los elementos del estado?

3.2.1. Los elementos del estado son: Población, Territorio y la Soberanía reconocida por otros países.

3.3. ¿Nación, país, patria, república?

3.3.1. Nación: Tiene dos significados. Sociológico, se refiere a la población como elemento del Estado, considerando a la nación como comunidad de idioma, raza, religión, entre otros. Político y Jurídico, la nación es un ente jurídico que representa al nivel central del estado.

3.3.2. País: se refiere al territorio donde se ejerce el poder.

3.3.3. Patria: Se usa para designar la tierra natal o adoptiva a la que se siente ligado un individuo por vínculos de distinta índole.

3.3.4. República: Es la forma que el estado asume en determinado periodo histórico.

3.4. Surgimiento del Estado moderno

3.4.1. El estado moderno surge a partir de un largo proceso de evolución política y social, producto de las revoluciones ilustrada e industrial.

4. Estado Colombiano y su Organización

4.1. Principios básicos de la organización estatal

4.1.1. El Principio de la separación de poderes

4.1.1.1. Colombia tiene como base la separación del poder público en tres poderes independientes, autónomos, equilibrados entre sí y mutuamente respetuosos de las atribuciones del otro: el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial.

4.1.2. Principio de Estado federal o unitario

4.1.2.1. Así como el poder del Estado se separa en distintas ramas, también existe la opción de distribuirlo en los distintos niveles territoriales.

4.1.2.2. Estado Federal: Es una asociación de Estados sometidos en parte a un poder único, y que, en parte, conservan su independencia.

4.1.2.3. Estado Unitario: es el que solo posee un centro de impulsión política y gubernamental.

4.1.3. Centralización política y descentralización administrativa

4.1.3.1. Esto implica que las funciones políticas están centralizadas, mientras que la función administrativa puede descentralizarse.

4.2. Fundamentos del Estado colombiano

4.2.1. Descripción del Estado colombiano

4.2.1.1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia de interés general.

4.2.2. La jerarquía normativa

4.2.2.1. Este orden se basa en la pirámide de Kelsen. En la pirámide se aprecia que en su base se encuentra la norma de menor extensión (en cuanto a tamaño) pero de mayor relevancia para el Estado y la sociedad, como lo es la Constitución Política, a partir de la cual se dan los demás desarrollos normativos por parte de las autoridades estatales (desde las leyes, proferidas por el Congreso de la República, hasta las resoluciones que elaboran algunas dependencias de las alcaldías municipales)

4.2.3. La función administrativa

4.2.3.1. La función administrativa es el conjunto de tareas desempeñadas por las autoridades públicas, y por algunos particulares autorizados por el Estado, que hacen parte de la Rama Ejecutiva o administrativa del poder público

4.2.4. ¿Desconcentración, delegación, descentralización?

4.2.4.1. La desconcentración, la delegación y la descentralización son los principales instrumentos con que cuenta la administración para ejecutar sus tareas y atenuar la excesiva concentración del poder (centralización).

4.2.4.2. Desconcentración: Radicación de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa, sin perjuicio de las potestades y deberes de orientación e instrucción que corresponde ejercer a los jefes superiores de la Administración.

4.2.4.3. Delegación: Consiste en la transferencia, por las autoridades administrativas (Presidente, Ministros, Gobernadores, Alcaldes), del ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

4.2.4.4. Descentralización: Consiste en la transferencia, o entrega, de competencias y/o funciones administrativas y recursos, a personas públicas creadas por el poder central del Estado, para que las ejerzan en su propio nombre y bajo su propia responsabilidad.

4.3. Organización del Estado

4.3.1. Es un Estado unitario organizado en forma de República unitaria que está conformado por: tres ramas del poder público (legislativa, ejecutiva y judicial) y otros órganos, autónomos e independientes, que contribuyen al cumplimiento de las demás funciones del Estado (órganos de control y organización electoral).

5. Órganos de control

5.1. Las entidades encargadas del control de la actuación disciplinaria de los funcionarios y autoridades públicas así como las quejas de la ciudadanía sobre estos, vigilan además el manejo de los recursos públicos y son claves para prevenir y actuar frente a la corrupción.

5.2. Organización del Ministerio Público

5.2.1. Procuraduría General de la Nación: Es el órgano de control, autónomo e independiente encargado de ejercer el ministerio público en los órdenes nacional y territorial, cuyo jefe es el Procurador General de la Nación, a quien le corresponde fijar las directrices y orientación para el ejercicio de las funciones del Defensor del Pueblo y de los personeros municipales; así mismo, el Procurador General posee poder preferente frente a dichos funcionarios.

5.2.2. Defensoría del pueblo: La Defensoría tiene bajo su cuidado la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, para lo cual atiende y tramita quejas, interpone acciones y recursos, presta el servicio de defensoría pública y adelanta programas de difusión del saber de los derechos fundamentales entre los servidores públicos y la sociedad.

5.3. Organismos de Control Fiscal

5.3.1. El control fiscal es una función pública consistente en la vigilancia del manejo de los recursos públicos, por parte de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación

5.3.2. Contraloría General de la República: Se trata de una entidad de carácter técnico que tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración.

5.3.3. Auditoría General de la República: Es el organismo de nivel superior de control fiscal en Colombia.

6. Rama Judicial

6.1. La rama judicial es la encargada de administrar justicia y decidir cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva. Dichos pronunciamientos toman principalmente la forma de sentencias, fallos, o autos.

6.2. Integrantes

6.2.1. Jurisdicciones

6.2.1.1. Común u Ordinaria

6.2.1.1.1. Corte Suprema de Justicia: es la más alta instancia de la rama judicial y le corresponde ser el tribunal de última instancia en el juzgamiento del presidente y los altos funcionarios del Ejecutivo, así como a los miembros del congreso.

6.2.1.1.2. Tribunales Superiores de Distrito Judicial: Los Tribunales Superiores de Distrito son las máximas autoridades judiciales en su jurisdicción, que en muchos de los casos coincide con la de un departamento.

6.2.1.1.3. Juzgados: Célula básica de la organización judicial, su categoría y jurisdicción territorial puede circunscribirse a cada distrito judicial o a cada municipio.

6.2.1.2. Contencioso-administrativo

6.2.1.2.1. Consejo de Estado: Es el máximo organismo de lo contencioso administrativo y actúa como órgano consultivo del Gobierno nacional en asuntos administrativos.

6.2.1.2.2. Tribunales Administrativos: Son el máximo organismo de lo contencioso-administrativo en cada distrito judicial y proponen la terna para elegir al Contralor Departamental. . La mayoría de estos distritos coinciden con la ubicación de los departamentos

6.2.1.2.3. Juzgados Administrativos: Los Juzgados Administrativos se encargan de los procesos relacionados con temas laborales, contractuales y electorales.

6.2.1.3. Constitucional

6.2.1.3.1. Corte Constitucional: Es el órgano al cual se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución.

6.2.1.4. Especiales

6.2.1.4.1. Jurisdicción especial de las autoridades indígenas: Las autoridades de los pueblos indígenas pueden ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre y cuando estos no sean contrarios a lo establecido en la Constitución y las leyes

6.2.1.4.2. Jurisdicción de paz: La Constitución permite que la ley cree jueces encargados de resolver conflictos individuales y comunitarios, en equidad.

6.2.1.5. Fiscalía General de la Nación: Aunque forma parte de la rama judicial, la Fiscalía es un órgano independiente que tiene a su cargo la investigación de los delitos y la acusación de presuntos infractores.

6.2.1.6. Consejo Superior de la Judicatura: Como órgano, administrativo y disciplinario de la Rama Judicial, el Consejo Superior y los Consejos Seccionales de la Judicatura son los encargados de la administración, gestión y control de la rama judicial.