¿Se debe implementar la pena de muerte en el Perú?

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¿Se debe implementar la pena de muerte en el Perú? создатель Mind Map: ¿Se debe implementar la pena de muerte en el Perú?

1. EN CONTRA

1.1. FALTA DE EVIDENCIA DISUASORIA: No hay evidencia concluyente de que la pena de muerte disuada el crimen de manera efectiva. Estudios comparativos entre países con y sin pena de muerte no muestran diferencias significativas en las tasas de criminalidad. (Muñoz, F. (2008))

1.1.1. 1. Inconsistencia en la evidencia: • Diversos estudios no encuentran una relación causal entre la pena de muerte y la tasa de criminalidad. • Incluso si se observa una correlación negativa, esta podría ser atribuida a otros factores como la calidad del sistema judicial o la inversión en programas sociales.

1.1.2. 2. Dificultades metodológicas: • Medir el efecto disuasorio de la pena de muerte es complejo debido a la influencia de múltiples variables en la tasa de criminalidad. • Los estudios que afirman encontrar un efecto disuasorio presentan sesgos metodológicos o limitaciones en su diseño

1.2. IRREVERSIBILIDAD E INFALIBLE DEL SISTEMA JUDICIAL: El sistema judicial no es infalible y existe el riesgo de ejecutar a personas inocentes. Desde 1973, más de 190 personas condenadas a muerte en Estados Unidos han sido exoneradas tras probarse su inocencia. (Lopez, J. (2015))

1.2.1. 1.Falsos positivos: A lo largo de la historia, se han documentado numerosos casos de personas condenadas a muerte por errores judiciales, incluyendo pruebas falsas, testimonios erróneos, identificación errónea y mala praxis forense

1.2.1.1. Rubén Cifuentes: Condenado a muerte en Chile por un asesinato que no cometió. Pasó 14 años en prisión antes de ser exonerado en 2009. (Lopez, J (2015))

1.2.1.2. Kirk Bloodsworth: Condenado a muerte en Maryland por un asesinato que no cometió. Pasó 8 años en prisión antes de ser exonerado por pruebas de ADN en 1993. (Lopez, J. (2015))

1.2.2. 2.Falta de acceso a una defensa adecuada: Las personas con recursos limitados pueden no tener acceso a una defensa legal adecuada, lo que puede afectar negativamente a sus posibilidades de obtener un juicio justo

1.2.2.1. Clarence Thomas: Condenado a muerte en Georgia por el asesinato de dos hombres. Su condena fue anulada por la Corte Suprema de EE. UU. en 1989 debido a la incompetencia de su abogado defensor. (App News (2018))

1.2.3. 3.Presiones políticas y sociales: La pena de muerte puede verse influenciada por el clima político y social del momento, lo que puede llevar a decisiones basadas en emociones más que en hechos.

1.2.3.1. Saddam Hussein: Condenado a muerte en Irak por crímenes contra la humanidad. Su juicio y ejecución fueron considerados por muchos como un acto de venganza política. (Pemberthy, P. (2008))

1.3. ALTERNATIVAS MÁS HUMANAS: A pesar de cometer un crimen, aún todo ser humano puede reivindicarse, cumpliendo sus condenas y volviendo a insertarse a la sociedad.

1.3.1. 1. Dicen los abolicionistas que la pena de muerte no tiene eficacia intimidativa, ya que las estadisticas internacionales lo demuestran.

1.3.2. 2. Los estudios exponen que casi el 70% de los que comenten algún crimen se pueden reinsertar a la sociedad como hombres de bien.

1.4. VIOLA EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIDA: Derecho reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humano de las Naciones Unidas

1.4.1. 1. Esta declaración fue firmada por todos los países, a excepción de Arabia Saudí, que se abstuvo

1.4.2. 2.Además, según la propia Coalición Mundial contra la Pena de Muerte, esta no está exenta de errores en los procesos judiciales, dado que el proceso es realizado por humanos no extentos al error

1.5. RETIRO DE CONVENCION AMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS : Según la Defensoría del Pueblo, si el Estado Peruano decide retirarse de la Convención Americana de Derechos Humanos, elimina con ello uno de los principales mecanismos de protección de los derechos de sus ciudadanas y ciudadanos.

1.5.1. 1. Se dejaría en una posición de grave vulnerabilidad otros derechos como la vida, la libertad personal, la integridad, la libertad de expresión, entre otros.

1.5.2. 2. Se recomienda fortalecimiento del sistema de protección a la niñez y adolescencia, así como servicios de educación y justicia con enfoque de igualdad de género necesarios para eliminar todo tipo de violencia.

2. A FAVOR

2.1. JUSTICIA RETRIBUTIVA: Se defiende la pena de muerte como un castigo justo para ciertos delitos graves, como el asesinato, la violación a menores de edad, basado en la idea de proporcionalidad entre el crimen y el castigo. (Herrera, M. (2012))

2.1.1. 1. Proporcionalidad: La pena de muerte es el único castigo que ofrece una retribución equivalente al crimen de asesinato, ya que priva al criminal de su vida, lo mismo que le quitó a la víctima.

2.1.2. 2. Equidad: La justicia retributiva busca que el castigo sea justo para todos, y esto implica que aquellos que cometen los crímenes más graves deben recibir el castigo más severo.

2.1.3. 3. Cierre para las víctimas: La pena de muerte puede brindar un sentido de justicia y cierre a las familias de las víctimas, ya que saben que el criminal ha sido castigado de la misma manera que su ser querido.

2.2. PROTECCIÓN DE LA SOCIEDAD: Se argumenta que la pena de muerte puede incapacitar a los criminales peligrosos y prevenir futuros delitos (Miro, M. (2014))

2.2.1. 1. Incapacitación de Criminales Peligrosos: La pena de muerte elimina permanentemente a los criminales más peligrosos de la sociedad, impidiéndoles cometer más delitos en el futuro.

2.2.1.1. Japón: Japón tiene una de las tasas de criminalidad más bajas del mundo, y algunos argumentan que esto se debe en parte a la pena de muerte. (BBC News Mundo))

2.2.1.2. Singapur: Singapur también tiene una tasa de criminalidad baja y utiliza la pena de muerte para delitos como el tráfico de drogas. (BBC News Mundo))

2.2.2. 2. Protección de Víctimas Potenciales: • La pena de muerte puede proteger a víctimas potenciales al incapacitar a criminales antes de que puedan actuar. • En casos de amenazas creíbles de violencia, la pena de muerte puede ser utilizada como medida preventiva para evitar un daño mayor.

2.3. DISUASIÓN DE LOS CRÍMENES: La implementación de la pena de muerte sería una herramienta importante en la prevención de delitos muy graves, permitiendo reducir los índices de criminalidad, con justicia rápida y efectiva

2.3.1. 1. Justicia para las víctimas y sus familiares: Cuando se aplica la pena de muerte se accede a una justica que solicita los familiares y consecuencia la víctima, no se puede dejar impune los crímenes tan graves y premiarlos con un encarcelamiento por un par de años.

2.3.1.1. El caso Jimenita. Los padres nuca encontraron una verdadera justicia

2.3.2. 2. Prevención de futuros crimines: Al aplicar la pena de muerte se evidencia como ejemplo de las consecuencias que se tiene al cometer un crimen muy grave, la sociedad reacciona como un instrumento de ayuda para prevenir y salvar vidas

2.4. DISMINUCIÓN DE COSTOS PENITENCIARIOS: dado que no será necesaria la consutrucción y mantenimiento de centros penitenciarios

2.4.1. 1. Se evita incurrir en gastos para la habilitacióon y mantenimiento de centros penitenciarios

2.4.2. 2. Se puede emplear recursos en diferentes mejorar para y en pro de la sociedad

2.5. REACCIÓN SOCIAL: Según indica una reciente encuesta de El Comercio-Ipsos, realizada entre el 7 y 9 de febrero, el 87% de peruanos está a favor de que se implemente la pena de muerte para quienes violen y asesinen a menores de edad.

2.5.1. 1. Nivel Socioeconomico: en el NSE A, el 86% de encuestados dice que está a favor de la pena de muerte; en el NSE E, el 90%.

2.5.2. 2. Medida disuasiva: 68% de personas considera que la aplicación de la pena de muerte reducirá los asesinatos de niños y adolescentes. En cambio, el 29% cree que con esta medida los criminales serían más cuidadosos para no ser atrapados.