DECRETO 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil en Españaсоздатель María Sánchez (Fresi)
1. Establece la conexión y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil
2. a) Objetivos, b) Competencias clave, c) Competencias específicas, d) Criterios de evaluación, e) Saberes básicos, f) Situaciones de aprendizaje
3. Dod ciclos: el primero de 0 a 3 años y el segundo de 3 a 6 años
4. 1. Caracter voluntario.
4.1. 2. El segundo ciclo es gratuito y el primer ciclo ofrecerá una ayuda y prioridad al alumnaso en situación de riesgo
4.2. 3. Se atenderán las desigualdades y se detectarán y atenderán las necesidades específicas de apoyo educativo
4.3. 4. Las medidas adoptadas se rigen por los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje
5. Pedagógicos
5.1. 1. Tratará de lograr el máximo desarrollo de cada niño
5.2. 2. Se utilizarán experiencias de aprendizaje significativas y emocionalmente positivas en un clima de afecto y confianza. Se garantizará una transición positiva del entorno familiar al escolar.
5.3. 3. Se trabajarán en ambos ciclos el desarrollo afectivo, la gestión emocional, el control corporal, la comunicación y el lenguaje, la convivencia y relación social, el descubrimiento del entorno y la educación en valores.
5.4. 4. Se trabajará la educación en el consumo responsable y sostenible y la promoción y educación para la salud.
5.5. 5. Se intentará que el alumnado adquiera autonomía personal y una imagen positiva de sí mismos.
5.6. 6. Se fomentará el desarrollo de todos los lenguajes para desarrollar todas sus potencialidades respetando la cultura de la infancia y los derechos del niño.
5.7. 8. Se realizará un acercamiento a la lengua extranjera en el último año del segundo ciclo.
6. OBJETIVOS:
6.1. a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, así como sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
6.2. b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
6.3. c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
6.4. d) Desarrollar sus capacidades emocionales y afectivas.
6.5. e) Relacionarse con los demás en igualdad y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en el uso de la empatía y la resolución pacífica de conflictos, evitando cualquier tipo de violencia.
6.6. f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.
6.7. g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lectura y la escritura, y en el movimiento, el gesto y el ritmo.
7. Áreas
7.1. 1. Crecimiento en Armonía
7.2. 2. Descubrimiento y Exploración del Entorno
7.3. 3. Comunicación y Representación de la realidad
8. Competencias clave
8.1. Competencia en comunicación lingüística
8.2. Competencia plurilingüe
8.3. Competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería
8.4. Competencia digital
8.5. Competencia personal, social y de aprender a aprender
8.6. Competencia ciudadana
8.7. Competencia emprendedora
8.8. Competencia en conciencia y expresión culturales
9. h) Promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que fomentan la igualdad entre hombres y mujeres.
10. 7. Se trabajará una primera aproximación a la lectura, a la escritura, al pensamiento lógico-matemático y computacional, al ámbito musical, etc.
11. Evaluación
11.1. Global, continua y formativa, observación directa y sistemática
11.2. Para identificar las condiciones individuales y características de la evolución de cada niño. Criterios de evaluación
11.3. Contribuye a mejorar el proceso de enseñanza y aprendizaje
11.4. Participación y colaboración de padres, madres o tutores legales
12. ARTÍCULOS
12.1. Artículo 1: Objeto
12.2. Artículo 2: Definiciones
12.3. Artículo 3: La etapa de Educación Infantil en el marco del sistema educativo
12.4. Artículo 4: Fines
12.5. Artículo 5: Principios generales
12.6. Artículo 6: Principios pedagógicos
12.7. Artículo 7: Objetivos
12.8. Artículo 8: Áreas
12.9. Artículo 9: Competencias, criterios de evaluación y saberes básicos
12.10. Artículo 10: Currículo
12.11. Artículo 11: Horario
12.12. Artículo 12: Evaluación
12.13. Artículo 13: Atención a las diferencias individuales
12.14. Artículo 14: Autonomía de los centros
12.15. Disposición adicional primera: Enseñanzas de religión
12.16. Disposición adicional segunda: Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras
13. Atención
13.1. Atención individualizada
13.2. Adaptar la práctica educativa a las características y necesidades de los niños
13.3. Detección temprana de las dificultades, prevención e intervención precoz, además de la coordinación de los sectores
13.4. Medidas para el alumnado con NEAE
13.5. Respuesta educativa adecuada y adaptada a alumnado con NEE
13.6. Se podrá incorporar la lengua de signos española
14. Incluidas en el segundo ciclo, al inicio de curso los tutores o padres manifestarán su voluntad de que el alumnado reciba o no enseñanzas de religión. Se velará para que no recibir o recibir enseñanzas de religión no suponga discriminación. Será competencia de la jerarquía eclesiástica y las correspondientes autoridades religiosas