PROCEDIMIENTOS TERAPEUTICOS EN SALUD MENTAL QUE HACEN PARTE DE LA ATENCION INTEGRAL A VICTIMAS DE...

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PROCEDIMIENTOS TERAPEUTICOS EN SALUD MENTAL QUE HACEN PARTE DE LA ATENCION INTEGRAL A VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL создатель Mind Map: PROCEDIMIENTOS TERAPEUTICOS EN SALUD MENTAL QUE HACEN PARTE DE LA ATENCION INTEGRAL A VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL

1. Profesionales sanitarios o de las ciencias sociales debidamente entrenados en atención de la víctima de violencia sexual que solicita una IVE.

1.1. Profesionales en el campo de la salud, Profesionales sanitarios debidamente entrenados en efectuar consejería pre y post test de VIH SIDA.

1.1.1. Profesionales especializados en salud mental (psiquiatras y psicólogas/os clínicos) expertos en psicoterapia breve con víctimas de violencia sexual, así como equipos interdisciplinarios especializados en salud mental que brinden otro tipo de atención integral requerida con posterioridad a la psicoterapia breve.

1.1.1.1. Otros médicos y médicas especialistas que se requieren para la atención integral de lesiones o condiciones clínicas que sean documentadas durante la valoración de la víctima.

2. Terapéutica Inicial Especializada

2.1. “Siempre contando con sistemas de referencia y contrarreferencia para la atención de las víctimas, siempre garantizando la guarda de su vida, dignidad e integridad”.

2.1.1. Recepción empática y no revictimizadora por parte de todas las personas.

2.2. Primeros auxilios psicológicos son Brindados por la médica o el médico general de urgencias, junto con las demás personas del equipo de salud no especializado en salud mental, que atienden el caso con el objetivo de preparar el terreno para la posterior recuperación emocional de la víctima.

2.3. Fundamentos Normativos

2.3.1. Ley 1257 de 2008, artículo 19, declarado exequible por la Sentencia C-776-10 de 2010.

2.3.1.1. Sentencia de la Corte Constitucional T-045 de 2010

2.3.1.1.1. Sentencias T-248 de 1998, T414 de 1999, T-409 de 2000, T307 de 2006 y T-508 de 2008

3. Acciones en Salud Mental

3.1. Se ha previsto que, en cada caso, la violencia sexual y el trabajo se hayan realizado en un total de cinco (5) consultas de control luego de la atención inicial de urgencia con la siguiente reciprocidad: Dos semanas Cuatro semanas Tres meses Seis meses Doce meses

3.2. De manera rutinaria debe contemplarse, como mínimo, la remisión a los siguientes profesionales:

4. Rol Diferencial por Sectores

4.1. Rol Diferencial por Sectores

4.1.1. Salud

4.1.1.1. Protección: Víctima menor de 18 años de edad en la cabeza del Defensor de la Familia del ICBF. Una mujer adulta, debe activar la ruta de protección de la Comisaría de la Familia, con el fin de dar inicio al proceso de restablecimiento de los derechos y que se tomen las medidas de protección integral.

4.1.1.2. Justicia: Fiscalía, Policía Judicial - Sijín, Dijín, CTI o, en su defecto, informes a la Policía Nacional - estaciones de policía, líneas de denuncia, entre otras.

4.2. EVENTO DE VIOLENCIA SEXUAL

4.2.1. Detección

4.2.1.1. Salud: Hospitales, Clinicas, Centros de Salud.

4.2.1.2. Protección: Defensorías de familia del ICBF, comisarias de familia

4.2.1.3. Justicia: Fiscalia, Policia Nacional