CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL PROCESO

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CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL PROCESO 作者: Mind Map: CONCEPTOS FUNDAMENTALES   DEL PROCESO

1. Acción y excepción

1.1. Concepto de acción.

1.1.1. Es una facultad o poder constitucional de promover la protección jurisdiccional de un Derecho subjetivo.

1.2. Naturaleza jurídica de la acción

1.3. Elementos de la acción

1.3.1. Los sujetos, la causa de la acción, el objeto.

1.4. Transmisión de la acción

1.4.1. La palabra acción tiene en el Derecho Procesal, cuando menos tres acepciones distintas.

1.4.1.1. sinónimo del Derecho subjetivo material que trata de hacerse valer en juicio.

1.4.1.2. suele ser usada para designar la pretensión o reclamación que la parte actora o acusadora formula en su demanda o en su acusación.

1.4.1.3. Es entendida como la facultad, o el Derecho público subjetivo, que las personas tienen para promover la actividad del órgano jurisdiccional, con el fin de que, una vez realizados los actos procesales correspondientes, emita una sentencia sobre una pretensión litigiosa.

1.5. Extinción de la acción

1.5.1. Muerte del Imputado, Prescripción, Suspensión de la prescripción, Renuncia a la prescripción de la acción penal, Amnistía, Derecho de gracia, Autoridad de cosa juzgada.

1.6. Clasificación de la acción

1.6.1. Por el tipo de resolución demandada, Por el tipo de interés que se busca proteger, Por el Derecho subjetivo material que se pretende hacer valer.

1.7. Concepto de la excepción

1.7.1. Es el Derecho subjetivo procesal que tiene el demandado para contradecir u oponerse a la acción o a la pretensión hechas valer por la parte actora

2. La pretensión

2.1. Concepto de la pretensión

2.1.1. Es la declaración de voluntad hecho ante el juez y frente al adversario, es el acto por el cual se busca que el juez reconozca algo con respecto a una cierta relación jurídica.

2.2. Elementos de la pretensión

2.2.1. Entre los elementos de la pretensión, suelen distinguirse de manera general a los sujetos, el objeto, la razón, el título o causa petendi y el fin.

2.3. Sujeto de la pretensión

2.3.1. Es la persona que exige del órgano jurisdiccional la aplicación de una norma sustantiva a un caso concreto, en interés propio y ajeno.

2.4. Objeto de la pretensión

2.4.1. Es el contenido de lo solicitado, es decir, lo que se pide es lo que se pretende, lo que se solicita.

2.5. Clasificación de la pretensión

2.5.1. Es el acto en cuya virtud se reclama ante un órgano judicial (o eventualmente arbitral) y frente a una persona distinta, la resolución de un conflicto suscitado entre dicha persona y el autor de la reclamación.

3. Rafael Iniesta Diaz

4. Jurisdicción

4.1. Ámbito territorial o de validez de aplicación de la norma.

4.1.1. Concepto, división y naturaleza de la jurisdicción.

4.1.1.1. Concepto

4.1.1.2. división

4.1.1.2.1. Jurisdicción contenciosa y voluntaria

4.1.1.2.2. Jurisdicción federal, local, concurrente y auxiliar

4.1.1.2.3. Jurisdicción forzosa y prorrogable

4.1.1.2.4. Jurisdicción retenida y delegada

4.1.1.2.5. Jurisdicción ordinaria, especial y extraordinaria

4.1.1.3. naturaleza de la jurisdicción.

4.1.2. Límites de la función jurisdiccional.

4.1.2.1. La función jurisdiccional suele tener dos tipos de límites los objetivos, que consisten en la clase de litigios de los que pueden conocer los juzgadores de acuerdo con su competencia, tema al que nos referimos en los apartados siguientes y los subjetivos que derivan de la situación jurídica en que se encuentran determinadas personas.

4.1.3. Acto jurisdiccional, legislativo y administrativo.

4.1.3.1. Es la actividad de decir el Derecho en controversias de intereses.

5. Competencia

5.1. Concepto de competencia

5.1.1. Es la suma de facultades que la ley da al juzgador para ejercer su jurisdicción en determinado tipo de litigios o conflictos.

5.2. Clases de competencia

5.2.1. Por razón de territorio

5.2.1.1. El territorio es el ámbito espacial dentro del cual el juzgador puede ejercer válidamente su función jurisdiccional. Este ámbito espacial recibe diferentes denominaciones, tales como circuitos, distritos, partidos judiciales, etcétera.

5.2.2. Materia

5.2.2.1. Este criterio se basa en el contenido de las normas sustantivas que regulan el litigo o conflicto sometido al proceso. Por razón de la materia, por ejemplo, son competentes para conocer de las controversias sobre la comisión de delitos federales, los jueces de distrito

5.2.3. Valor o cuantía

5.2.3.1. La cantidad en la que se puede estimar el valor del litigio. En materia penal, este quantum se traduce en la clase y dimensión de la pena aplicable; en materia civil, la cuantía del litigio se suele medir por su valor pecuniario.

5.2.4. Grado

5.2.4.1. A cada cognición del litigio por un juzgador, se denomina grado o instancia.

5.2.5. Turno

5.2.5.1. Al orden o modo de distribución interno de las demandas o las consignaciones que ingresan, cuando en un lugar determinado existen dos o más juzgadores con la misma competencia.