CONFLICTO DE CONEXIÓN: EL REENVÍO

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CONFLICTO DE CONEXIÓN: EL REENVÍO 作者: Mind Map: CONFLICTO DE CONEXIÓN: EL REENVÍO

1. FORMAS DE REMISIÓN

2. La remisión puede ser de dos clases: A) Reenvío de primer grado o de retorno, cuando la remisión de la ley extranjera se hace a la del juez que conoce el asunto.

3. b) Teoría del reenvío- coordinación.- Batiffol y Lagarde explican el reenvío por la noción de coordinación de las reglas de conflicto

4. JUSTIFICACIÓN DEL REENVÍO: A) Teoría del reenvío- reglamento subsidiario.- Fue formulada por Larebours-Pigeonniére, para quien existen dos clases de normas de conflictos: una derivadas de razones jurídicas que deben ser aplicadas incondicionalmente por los jueces del propio Estado, y otras basadas en consideraciones políticas

4.1. B) Reenvío de segundo grado, cuando la remisión de la ley extranjera se hace no a la ley del juez que conoce el asunto sino a la ley de un tercer Estado.

5. LÍMITES A LA APLICACIÓN DEL REENVÍO: a) La primera concierne a la autonomía de la voluntad; Cuando las partes, haciendo uso de la autonomía de la voluntad, escogen la ley que ha de regir su contrato, se están refiriendo a la ley material y no a las normas conflictuales de ese país b) b) La regla locus regit actum da lugar a una situación análoga; Su sentido es que un acto será válido, en cuanto a la forma, si se ha respetado la ley del lugar donde se realizó.

6. Código Bustamante.- Según la concepción teórica de Bustamante, el reenvío se excluye; la idea de la delimitación de la competencia legislativa exige lógicamente que las normas de conflicto de modo directo remitan a normas sustantivas concretas de orden jurídico competente.

7. SUPUESTOS: Renvoi o reenvío consiste en determinar si cuando una regla se refiere al derecho de otro país debe aplicarse el derecho sustancial de ese país o las normas de derecho internacional privado.

7.1. El conflicto surge cuando las dos normas de derecho internacional privado son diferentes

7.1.1. Positivo cuando las dos legislaciones se atribuyen competencia para regir el caso. Negativo cuando ninguna de las dos legislaciones lo regula.

8. ENEMIGOS DEL REENVÍO: ARGUMENTOS EN CONTRA A) La regla de conflicto de leyes es la regla de conflicto del foro y no la regla de conflicto extranjero.

8.1. B) Cuando la regla de conflicto francesa da competencia a la ley extranjera, dicen los partidarios del reenvío, debe tenerse en cuenta que hay una indivisibilidad entre sus disposiciones materiales y sus disposiciones de conflicto

9. 7. EL REENVÍO LIMITADO AL ESTATUTO PERSONAL: 1)Para regir las materias comprendidas en el estatuto personal; 2)Para determinar la ley con arreglo a la cual este estatuto personal debe ser regido. Dicha ley nacional puede aplicar a los individuos bien sus propias leyes internas, bien las de su domicilio o las de cualquier otro país