
1. fletamento por viaje.
1.1. es un tipo de contrato de transporte de mercancías por vía marítima.
1.1.1. una parte, el «fletante» o naviero, pone a disposición de otra, el «fletador», la totalidad de la capacidad de carga de un buque para un determinado viaje, a cambio de un precio denominado «flete»
1.1.2. El naviero fletante se compromete con el fletador a situar el buque en el puerto de carga, listo para el embarque de la mercancía y a realizar el viaje que le lleve al puerto de descarga.
1.1.2.1. Elementos reales del fletamento por viaje : El buque; la mercancía y el viaje (algunas pólizas de fletamento se utilizan para varios viajes necesarios para transportar gran cantidad de mercancía)
1.1.2.2. Elementos formales del fletamento por viaje : Póliza de fletamento (en inglés, charter party) & Una póliza muy utilizada para este tipo de fletamento es la llamada GENCON.
1.1.3. El fletante conserva la gestión náutica y comercial de la nave, mientras que el fletador conserva la capacidad de carga, que puede utilizar bien para cargar sus propias mercancías, bien para subcontratar con terceros cargadores determinadas parcelas de carga, lucrándose con la diferencia de flete.
2. Subfletamento
2.1. El fletador de un buque puede a su vez volver a fletarlo a otra persona que no ha sido parte en el contrato de fletamento original, celebrando así el Subfletamento.
2.1.1. Debe reunir las siguientes condiciones:
2.1.1.1. 1. El buque debe ser fletado por entero
2.1.1.2. 2. El contrato de Subfletamento debe contener, sin alteración alguna todas las condiciones del contrato de fletamento original.
2.1.1.3. 3. La responsabilidad del fletador ante el fletante se mantiene intacta y a de acuerdo al contrato original.
2.1.1.4. 4. El contrato principal no debe contener cláusula alguna que excluya el Subfletamento.
3. fletamento por tiempo.
3.1. contrato de transporte de mercancías por vía marítima
3.1.1. Una persona, «fletante», pone a disposición de otra, «fletador», y a cambio de un precio o «flete», un buque para la realización de viajes que ordene durante un cierto período.
3.1.2. el fletante o armador retiene la gestión náutica, mientras que el fletador asume la gestión comercial y decide los viajes que éste realiza.
3.1.2.1. Elementos reales del fletamento por tiempo: El buque, cargamento, flete y los viajes.
3.1.2.2. Pólizas más importantes de fletamento por tiempo: Baltime Baltime, proviene de la Conferencia del Báltico y mar Blanco; Liner-Time (Deep Sea Time Charter); NYPE (New York Produce Exchange); Shelltime, Texacotime... para petroleros; Intertanktime
3.1.2.3. Elementos formales del fletamento por tiempo: Póliza de fletamento
3.2. La embarcación, armada y con tripulación, es puesta a disposición del fletador por un tiempo determinado a cambio del pago de un flete o renta. El fletante conserva la gestión náutica de la embarcación.
4. Obligaciones y derechos del fletador.
4.1. DERECHOS del fletador
4.1.1. Suspensión del abono del flete por no poder utilizar el buque. Derecho de retención del buque por las cantidades pagadas al fletante por adelantado y no ganadas. Derecho de subfletar el buque (art. 209 LNM). Frustración del contrato por pérdida del buque fletado. Frustración por retraso o pérdida del tiempo. Frustración del contrato por quebranto económico.
4.2. OBLIGACIONES del fletador
4.2.1. Abonar el flete estipulado. Abonar los gastos de viaje. Emplear el buque en los términos pactados, en comercios lícitos y cargando mercancías lícitas. Emplear el buque en los límites geográficos pactados. Utilizar el buque en puertos buenos y seguros. Devolver el buque en el término del contrato, en el lugar y tiempo estipulados, en las mismas condiciones que le fue entregado, exceptuando el “ordinary wear and tear”.
4.2.1.1. Al fletador le corresponde correr con unos gastos de combustible, debiéndose estipular en la póliza la cantidad de combustible con la que se debe devolver el buque. En el contrato deberá especificarse si el fletador pagará lo que se ha dejado a bordo (lo cual implica que, el fletante, en el puerto de devolución habrá de pagar la cantidad remanente), o bien, al final, se hace un ajuste en función del combustible con el que se entregó y se devolvió, de manera que el remanente es lo que abona una u otra parte.