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Información Exógena 作者: Mind Map: Información Exógena

1. Incluye las normas relativas a la presentación de información exógena tributaria, las cuales se encontrarán por cada año gravable.

1.1. Año gravable 2021

1.2. Resolución 000098 del 28 de octubre de 2020

1.3. Año gravable 2020

1.4. Resolución 000023 del 12 de marzo de 2021 y anexos

1.5. Resolución 000027 del 25 de marzo de 2020

1.6. Resolución 000070 del 28 de octubre de 2019 y anexos

1.7. Año gravable 2019

1.8. Resolución 000053 del 28 de mayo de 2020

1.9. Resolución 000046 del 07 de mayo de 2020

1.10. Resolución 000027 del 25 de marzo de 2020

1.11. Resolución 000008 del 31 de enero de 2020

1.12. Anexos Resolución 000008

1.13. Resolución 011004 del 29 de octubre de 2018

1.14. Anexos Resolución 011004

1.14.1. Año gravable 2018

1.14.2. Resolución 000024 del 9 de abril de 2019

1.14.3. Resolución 000045 del 22 de agosto de 2018

1.14.4. Resolución 000021 del 11 de abril de 2018

1.14.5. Resolución 000060 del 30 octubre de 2017

1.14.6. Año gravable 2017

1.14.7. Resolución 000030 del 11 de mayo de 2018

1.14.8. Resolución 000021 del 11 de abril de 2018

1.14.9. Resolución 000016 del 22 de marzo de 2018

1.14.10. Resolución 000050 del 14 de agosto de 2017

1.14.11. Resolución 000042 del 11 de julio de 2017

1.14.12. Resolución 000022 del 10 de abril de 2017

1.14.13. Resolución 000068 del 28 de octubre de 2016

2. en qué casos debe presentarse

3. ¿CÓMO DEBO PRESENTAR LA INFORMACIÓN EXÓGENA?

3.1. La información exógena debe ser cargada al sistema Muisca de la Dian en un archivo de Excel de formato *.XML, lo que también es conocido como medios magnéticos.

4. ¿QUÉ PASA SI NO PRESENTO LA INFORMACIÓN EXÓGENA?

4.1. Si eres una persona obligada a presentar la información exógena y no lo haces, la omisión dará lugar a la imposición de multas por parte de la Dian, ya sea por extemporaneidad o por presentar la información de manera irregular.

4.1.1. Resolución 000027 del 25 de marzo de 2020

4.1.2. Resolución 000008 del 31 de enero de 2020

4.2. Si quieres ampliar la información, te invitamos a visitar el siguiente enlace que dispuso la DIAN y en el que encontrarás toda la normativa correspondiente a la presentación de la información exógena

4.2.1. naturales

4.2.2. Información exógena por el año gravable 2019

4.2.3. Sabemos que exógena hace referencia al reporte que como personas naturales y jurídicas deben radicar…

4.2.4. Así se presentaría Información exógena 2019

4.2.5. De acuerdo con este proyecto de Resolución, los sujetos obligados a presentar información exógena serían:

4.2.6. naturales

4.2.7. Información exógena por el año gravable 2019

4.2.8. Sabemos que exógena hace referencia al reporte que como personas naturales y jurídicas deben radicar…

5. NORMATIVIDAD

6. se refiere al reporte que como persona natural o jurídica debe radicar por medio de la plataforma digital de la Dian, en el que debe registrar las cifras consignada en sus declaraciones tributarias por tercero, es decir, informar sus relaciones fiscales y comerciales con terceros.

6.1. Aclarando esto, lo primero es verificar si se encuentra obligado a presentar esta información. En el caso de las personas naturales, son sujetas a este requisito si en el año gravable 2016 obtuvieron ingresos brutos superiores a $500 millones, y si en el año gravable 2018, la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales, superan los $100 millones.

6.1.1. Para este ítem, tenga en cuenta que debe cumplir con las dos condiciones

6.1.1.1. Para presentar la información, debe anexar la declaración de renta año gravable, anexos de la declaración de renta año gravable, balance por terceros del año, movimientos de compra de Inventarios, propiedad, planta y equipo, declaraciones de IVA, retención en la fuente, Impuesto al consumo, planillas de seguridad social, conciliación de impuestos y recuerde que las cuantías mínimas se manejan por terceros, no por conceptos.

7. ¿QUÉ ES LA INFORMACIÓN EXÓGENA?

7.1. La información exógena corresponde a la integralidad de datos que deben presentar las personas naturales y jurídicas ante la DIAN, con respecto a sus transacciones y operaciones que involucren terceros.

8. ¿A QUIÉN LE CORRESPONDE PRESENTAR INFORMACIÓN EXÓGENA?

8.1. 1.Las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación con organismos internacionales. 2.Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia 3.Las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa.

8.1.1. 4.Personas naturales y sus asimiladas que en el año gravable 2017 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos (500.000.000) y que en el año gravable 2019 la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y/o rentas no laborales superen los cien millones de pesos (100.000.000).

8.1.1.1. 9.Los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional. 10.Los grupos económicos y/o empresariales. 11.Las Cámaras de comercio. 12.La Registraduría Nacional del Estado Civil.

8.1.1.1.1. 16.Autoridades Catastrales. 17.Los responsables del Impuesto Nacional al Carbono.

8.1.2. 5.Las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, que en el año gravable 2017 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000).

8.1.2.1. 6.Las personas naturales y sus asimiladas que perciban rentas de capital y rentas no laborales, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del Impuesto sobre la Renta, impuesto sobre las ventas (IVA) y Timbre, durante el año gravable 2019. 7.Personas o entidades que celebren contratos de colaboración con entidades públicas. 8.Los entes públicos del Nivel Nacional y Territorial del orden central y descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario, no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.

8.1.2.1.1. 13.Los Notarios con relación a las operaciones realizadas durante el ejercicio de sus funciones. 14.Las personas o entidades que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes. 15.Las alcaldías, los distritos y las gobernaciones.

9. ¿CUÁNDO DEBO PRESENTAR LA INFORMACIÓN EXÓGENA?

9.1. Ante los recientes cambios del calendario, es necesario que te mantengas actualizado. Las fechas para presentar los medios magnéticos se encuentran distribuidas según el último dígito del RUT del responsable, y se dividen en dos grandes grupos, personas naturales y jurídicas por un lado, y grandes contribuyentes por el otro.

9.2. Para conocer la fecha exacta en la que debes presentar la información exógena, te invitamos a que consultes aquí la resolución 00027 del 25 de marzo de 2020,