ARTÍCULO 3. El acceso a la información deberá regirse bajo los siguientes principios:
作者:Daniela Hernandez
1. Principio de transparencia
1.1. El acceso a la información es público y debe brindarse a quien lo requiera teniendo en cuenta las las excepciones establecidas.
2. Principio de buena fe
2.1. El acceso a la información debe realizarse de manera honesta, leal y sin ninguna mala intención.
3. Principio de facilitación
3.1. El acceso a la información debe ser permitido a quien lo requiera excluyendo exigencias que lo impidan.
4. Principio de no discriminación
4.1. El acceso a la información se permitirá a toda persona sin tener ningún tipo de discriminación y con igualdad de condiciones,
5. Principio de gratuidad
5.1. El acceso a la información no tiene ningún costo y no se cobrarán valores extras en el valor de reproducción de información.
6. Principio de celeridad
6.1. El acceso a la información debe efectuarse con agilidad, asi mismo el cumplimiento de las obligaciones de entidades y servidores públicos.
7. Principio de eficacia
7.1. E l acceso a la información busca que las responsabilidades de las entidades sean cumplidas y que los derechos se cumplan efectivamente.
8. Principio de la calidad
8.1. La información a la que da acceso debe estar en optimas condiciones, completa, ordenada, legible etc para sus solicitantes.
9. Principio de la divulgación proactiva de la información
9.1. Las entidades públicas deberán publicar y divulgar documentos e información sobre su actividad estatal y de interés, esta información debe ser vigente y comprensible.
10. Principio de responsabilidad en el uso de la información.
10.1. Quien tenga acceso a la información tendrá responsabilidad sobre la misma.