1. Categorización de Establecimientos de Hospedaje
1.1. Clase y Categoría
1.1.1. Hoteles de 1 a 5 estrellas
1.1.1.1. Apart Hoteles de 3 a 5 estrellas
1.1.1.1.1. Resorts de 3 a 5 estrellas
1.1.2. Alojamientos tipo A & B
1.1.2.1. Lodges Categoría Única
1.1.2.1.1. Hotel Rural Categoría Única
2. Registro de Establecimientos de Hospedajes Turísticos
2.1. Autorizaciones de funcionamiento de los Servicios de Hospedaje Turístico sean estos, nacionales, extranjeras.
2.2. Registro en el SIRETUR, para la obtención de la licencia turística
3. Modalidades de participación de los Servicios de Hospedaje
3.1. Podrán realizarse de forma individual o bajo la figura de alianzas estratégicas de acuerdo a las siguientes modalidades:
3.1.1. Las empresas públicas nacionales pueden realizar alianzas estratégicas con empresas nacionales o extranjeras.
3.1.2. Las Empresas Extranjeras pueden efectuar alianzas estratégicas con empresas privadas nacionales
3.1.3. Las empresas públicas nacionales o privadas que deseen realiza alianzas estratégicas que no involucre inversión conjunta de capitales.
4. Operación y Funcionamiento
4.1. Los Establecimientos de Hospedaje están obligados verificar la identidad de los huéspedes y consignar sus datos en Tarjetas de Registro que deben contener la siguiente información:
4.1.1. 1) Fecha de ingreso/Salida 2) Nombre y apellidos 3) Nacionalidad 4) Procedencia/Destino 5) Edad 6) Documento de identidad 7) Número de habitación que ocupará 8)Motivo de viaje: Negocio/turismo 9) El documento migratoria presentado debe contener el respectivo sello de migración
5. Derechos y Obligaciones
5.1. Los Establecimientos de Hospedaje Turístico deberán proporcionar diariamente información de movimiento de huéspedes de acuerdo a procedimiento a ser establecido en la Plataforma Informática SIRETUR, a las siguientes instancias:
5.1.1. 1.INTERPOL 2.FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL CRIMEN 3.MINISTERIO DE GOBIERNO – INTELIGENCIA 4.MIGRACIONES 5.POLICIA TURÍSTICA 6.FUERZA ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO 7.INSTANCIA RESPONSABLE DE TURISMO DEL GOBIERNO AUTONOMO DEPARTAMENTAL EN SU JURISDICCIÓN. 8.VICEMINISTERIO DE TURISMO.
5.2. Derechos de los Establecimientos de Hospedaje
5.2.1. Obtener los beneficios prescritos por la Ley Nro. 292 General de Turismo “Bolivia te Espera” y toda la normativa aplicable a la materia.
5.3. Obligaciones de los Establecimientos de Hospedaje Turístico
5.3.1. Dar a conocer a los huéspedes las condiciones de los contratos de hospedaje.
5.3.1.1. Velar por la seguridad de los huéspedes y sus pertenencias mientras dure la prestación de los servicios contratados.
5.3.1.1.1. Exhibir en lugar visible en las habitaciones condiciones, políticas y disposiciones de acuerdo a su categoría sobre: 1. Tarifas de teléfono y cualquier otro servicio de comunicación. 2. Lavandería, limpieza en seco y planchado. 3. Menús de alimentos y bebidas con precios. 4. Otros servicios, tanto gratuitos como pagos, ofrecidos por el establecimiento.
5.4. Obligaciones de los huéspedes
5.4.1. Entregar la habitación en el estado que fue recibida.
5.4.1.1. Utilizar la habitación, instalaciones y mobiliario de manera correcta.
5.4.1.1.1. Respetar las políticas y normas del Establecimiento de Hospedaje Turístico y del presente reglamento.
5.5. Obligaciones Sanitarias y Medioambientales
5.5.1. Todas las dependencias e instalaciones de los establecimientos de hospedaje deberán encontrarse en perfectas condiciones de higiene y cumplir rigurosamente las normas sobre sanidad dictadas por los organismos competentes
6. Infracciones
6.1. Las infracciones se clasifican en:
6.1.1. Infracciones leves.
6.1.1.1. La omisión o incorrecta consignación de la información de movimiento de huéspedes
6.1.1.2. Inexistencia de formularios de queja o reclamación a disposición de los huéspedes
6.1.1.3. Trato descortés o incorrecto con los huéspedes.
6.1.2. Infracciones graves.
6.1.2.1. La utilización de publicidad falsa o que induzca al engaño.
6.1.2.2. La falta de identificación y/o la utilización de distintivos que no correspondan a la categorización que le fue otorgada.
6.1.3. Infracciones muy graves
6.1.3.1. El incumplimiento de los requisitos relativos a la seguridad, establecidos en los módulos técnicos correspondientes.
6.1.3.2. El cobro o intento de cobro de tarifas superiores a las expuestos al público.