Sistema de Carrera funcionaria Ley 18.834 (Estatuto Administrativo)

Sistema de Carrera Funcionaria

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Sistema de Carrera funcionaria Ley 18.834 (Estatuto Administrativo) 作者: Mind Map: Sistema de Carrera  funcionaria Ley 18.834 (Estatuto Administrativo)

1. Sistema de Ingreso a la Planta

1.1. Ingreso a los cargos de carrera en calidad de titular, se hará por concurso público y procederá el ultimo grado de la planta respectiva

1.1.1. Empleado a Prueba

1.1.2. Estamentos Directivos, profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares

1.2. Se prohíbe todo acto de discriminación, basadas en motivos de raza, color, sexo, estado civil, sindicalismo, opinión política y otras.

1.3. Las calificaciones exigidsa no serán considerada como discriminación

1.4. Postulante Idóneo

1.4.1. Los estudios y los cursos de formación educacional y de capacitación, la experiencia laboral y las actitudes especificas para el desempeño de la función

1.4.1.1. Una vez aceptado el cargo la persona seleccionada sera designado titular al cargo correspondiente.

1.5. En el concurso se mantendrá en secreto la identidad de cada funcionario

2. Sistema de Capacitación

2.1. Capacitación de Promoción

2.1.1. Habilita a funcionarios asumir cargos superiores a través de la capacitación.

2.2. capacitación Voluntaria

2.2.1. Es el intereses voluntario con la Institución en capacitarse y que no esta ligado a un cargo determinado ni para el acenso.

2.3. Capacitación Perfeccionamiento

2.3.1. Es mejor el desempeño del funcionario en cargo que ocupa.

3. Cursos de Capacitación por la Intitución pública que desempeña un cargo de planta titular como contrata.

3.1. Los programas de estudios. Podrán celebrarse los convenios con instituciones públicas o privados, nacionales e internacionales.

3.2. Se realizara los cursos de capacitación dentro de la jornada laboral.

3.2.1. La asistencia de curso obligatorios fuera de jornada ordinaria de trabajo, dará derecho a un descanso complementario igual al tiempo efectivo de asitencia a clases.

3.3. El funcionario esta obligado a continuar con su desempeño en la Institución respectiva a lo menos el doble de tiempo de extensión del curso.

4. Sistema de Promoción

4.1. La Promoción se efectuara por concurso interno en la planta de directivos de carrera, profesionales, fiscalizadores y técnico y por el ascenso en el respectivo escalafón de la planta de administrativos y auxiliares.

4.1.1. Las bases deben considerar las siguientes factores: capacitación pertinente, evaluación desempeño, experiencia calificada y actitud para el cargo cada factor tendrá una ponderación de 25%

4.1.2. Los funcionarios que contengan las siguientes condiciones

4.1.2.1. Estar en oposición de los requisitos, exigidos para el desempeño del respectivo cargo.

4.1.2.2. Encontrarse calificado en la Lista 1 de distinción o en la lista 2, buena.

4.1.2.3. Encontrarse nombrados en los 3 grados inferiores al vacante convocado

4.1.3. Estos concursos se podrán optar al siguientes procedimiento

4.1.3.1. En la convocatoria; deberá especificar el cargo, las funciones a desempeñar y la localidad donde estará ubicada la vacante a encasillar.

4.1.3.2. Los funcionarios en un solo acto deberá postular a uno mas de la planta del servicio.

4.1.3.3. La provisión de los cargos vacante de cada planta, será de cada grado en forma decreciente, según puntaje obtenido por el postulante.

4.1.3.4. En caso producirse un empate, los funcionarios serán designados conforme al resultado de la ultima calificación obtenida.

4.1.3.4.1. Decidirá el jefe superior del servicio

4.1.4. El ascenso es el derecho de un funcionario de acceder a un grado superior

4.1.4.1. Serán inhábiles para ser promovidos los funcionarios

4.1.4.1.1. No hubiere calificado en la lista de distinción o buena

4.1.4.1.2. No hubiera sido calificado en los dos periodos consecutivo.

4.1.4.1.3. Hubiere sido objeto de la medida disciplinaria de censura mas de una vez

4.1.4.1.4. Hubiere sido sancionado con la medidad disciplinaria de multa en los 12 meses anteriores.

5. Sistema de Calificaciones

5.1. Todo el personal de la planta Titular como a Contrata deber calificados anualmente.

5.1.1. Serán calificados en las siguientes listas; Lista: 1 de distinción, Lista 2, Buena, Lista 3 Condicional y Lista 4 de Eliminación.

5.1.2. La calificación evaluara por 12 meses el desempeño del funcionario, del 01 de septiembre de un año y el 31 de agosto del año siguiente.

5.2. La calificación se hará por la Junta Calificadora

5.2.1. No serán calificados el Jefe Superior de la Institución, su subrogante legal, los miembros de la Junta Calificadora Central y los delegados de personal, quienes conservaran la calificación anterior

5.2.1.1. Si el delegado de personal lo pidiere, será calificado por su jefe directo.

5.2.2. La Junta Calificadora Regional, estará integrada por tres funcionarios de alto nivel jerárquico y por un representante de personal

5.2.3. La Junta Calificadora Central, estará compuesta en cada Institución por cinco funcionarios del mal alto nivel jerárquico y por representante de personal.

5.3. El sistema de calificación tendrá por objeto a evaluar el desempeño y las actitudes de cada funcionario.

5.3.1. La precalificación son realizadas por un jefe directo lo que estará constituida por escrito en la hoja de vida del funcionario, puede ser anotación de merito o anotación de demerito.

5.3.1.1. Anotación de mérito: Es dejar constancia por escrito de la acción o desempeño de los funcionarios destacados en la institución.

5.3.1.2. Anotación de demerito: Es dejar por escrito la acción o el mal desempeño del funcionario, conducta reprochable.