Procedimiento Expedito

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Procedimiento Expedito 作者: Mind Map: Procedimiento Expedito

1. Procedimiento para contravenciones de tránsito

1.1. Procedimiento

1.1.1. Contravenciones de tránsito flagrantes o no

1.1.2. La sentencia será apelada ante la Corte Provincial

1.2. Trámite

1.2.1. Se podrá impugnar la boleta de tránsito en un plazo máximo de 3 días, se realizara una audiencia única

1.2.2. De no ser impugnada se la boleta se entenderá como aceptada el cobro se hará dentro del plazo de 10 días

1.2.3. La boleta de citación se constituye en un título de crédito

1.2.4. La sentencia será de condena o ratificación de inocencia

1.2.5. La aceptación de la infracción no exime la perdida de puntos en su licencia de conducir

2. Procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar

2.1. Competencia

2.1.1. Radica en el juez de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar del cantón de domicilio o cometimiento de la infracción

2.1.2. Juzgadores de la familia, mujer, niñez y adolescencia o el de contravenciones si el cantón no cuenta con un juez de violencia

2.2. Procedimiento

2.2.1. Presentación de la denuncia ante un juez competente

2.2.2. El juez dispone la valoración médica de la víctima para establecer los días de incapacidad y se dicta medidas de protección

2.2.3. Se dispone la práctica de pericias del entorno social y psicológicas

2.2.4. Se puede fijar una pensión por subsitencia

2.2.5. Notificación al agresor

2.2.6. Se fija la audiencia en un plazo máximo de 10 días de la notificación

3. Procedimiento expedito de contravenciones penales

3.1. Procedimiento

3.1.1. Se juzgan a petición de parte

3.1.2. En caso de inasistencia del procesado se procede a su detención

3.1.3. En caso de inasistencia de la victima la audiencia continua con la presencia del abogado defensor

3.1.4. La sentencia será condenatoria o absolutoria podrá ser apelable

3.2. Trámite

3.2.1. La audiencia se realiza en un plazo máximo de 10 días

3.2.2. El anuncio probatorio se lo realiza hasta 3 días antes de la audiencia

3.2.3. En delitos flagrantes al procesado se lo juzga inmediatamente, las pruebas serán anunciadas en la misma audiencia

3.2.4. Si el juzgador determina que no es contravención sino mas bien es delito se remite a fiscalía

4. Procedimiento expedito