DERECHO PROCESAL PENAL

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DERECHO PROCESAL PENAL 作者: Mind Map: DERECHO PROCESAL PENAL

1. REQUISITOS PARA LIGAR A ALGUIEN A UN PROCESO PENAL- ART 259 CPP

1.1. • Existencia de un delito

1.2. • Motivos y razonamientos suficientes para creer que el imputado pudo haberlo cometido o participado en el.

2. SUJETOS PROCESALES

2.1. Sindicado

2.1.1. La persona que a sido puesta a disposición del tribunal competente adquiere diferentes denominaciones: (Art. 70 del CPP)

2.1.2. • Se le llama sindicado cuando en la denuncia ya esta señalado.

2.2. Agraviado

2.2.1. Es la persona que sufre la ofensa, el daño o el perjuicio como resultado de la comisión de un delito; dentro del proceso penal pueden ser querellantes adhesivos, o victimas colaterales. (Art. 117 del CPP)

2.3. Defensa técnica

2.3.1. El sindicado tiene la facultad de elegir un abogado defensor de su confianza, si no lo hiciere, el tribunal le designara uno de oficio. (Art. 92 del CPP y 12 Constitucional)

2.3.2. Defensa material: Es la que ejerce el sindicado por si mismo. Defensa técnica: La ejerce el abogado defensor.

2.4. Ministerio Púlico

2.4.1. Le corresponde la acción penal como órgano auxiliar de la administración de justicia, es quien realiza las investigaciones pertinentes para la averiguación de la verdad.

2.5. Juez

2.5.1. Es la persona que resuelve una controversia o que decide el destino del sindicado; teniendo en cuenta las investigaciones he intervenciones en el proceso puede llegar a dictar resoluciones que afectan al sindicado. (Art. 203 Constitucional)

3. FINES DEL PROCESO PENAL

3.1. 1. Averiguación de un hecho señalado como delito

3.2. 2.Las circunstancias en que pudo haberse cometido

3.3. 3.El establecimiento de la sentencia respectiva

3.4. 4.El pronunciamiento de la sentencia respectiva

3.5. 5.La ejecución de la sentencia

4. Medidas de Coerción

4.1. Estas medidas están establecidas del artículo 254 al 269 del Código Procesal Penal.

4.2. - Son actos que limitan la libertad de una persona con el objeto de resguardar la aplicación de la ley Penal.

4.3. - Son aquellas decisiones tomadas por un juez o fiscal.

4.4. - Tienen como objeto asegurar que una persona imputada de un delito comparezca ante un tribunal correspondiente y no obstaculice el desarrollo del proceso judicial.

4.5. - Se establecen para garantizar la investigación y evitar que la persona imputada pueda huir o influir en las pruebas.

5. Medidas Sustitutivas

5.1. Estas medidas están establecidas en el artículo 264 del Código Procesal Penal.

5.2. - Las medidas sustitutivas son mecanismos establecidos en el código procesal penal y que tienen como finalidad garantizar la presencia del imputado en el proceso

5.3. - Son medidas menos graves, son medidas sustitutivas a la prisión preventiva.

5.4. - En ella, se establecen varios beneficios como el arresto domiciliario, que permite a un privado de libertad concluya con las etapas de un caso desde fuera de prisión

6. AUTO DE PROCESAMIENTO ART 320 AL 323 CPP

6.1. • Sujeta y liga al sindicado al proceso, a su vez le otorga ciertas garantías procesales que le respalda el trato digno y legal de las circunstancias de su proceso penal

6.2. • Es la decisión jurisdiccional que dicta el juez competente específicamente para tipificar los hechos y circunstancias en un tipo penal previamente establecido en la ley penal o bien en la ley penal especial.

6.3. • Un juez puede realizar varias resoluciones (decretos, autos y sentencias) -art. 141 del organismo judicial-

7. EN EL PROCESO PENAL

7.1. • Se deben dar todos los elementos del delito y acreditarlos. -art. 10 del cp y 14 del cpp-

7.2. • Si el sindicado declara, las partes pueden interrogar; excepto el juez. (art. 16 constitucional)

7.3. • Se deben presentar medios de convicción para que el juez crea o sospeche.

7.4. • Cuando no concurren los presupuestos para dictar auto de prisión preventiva, el tribunal declarara la falta de mérito y no aplicara ninguna medida de coerción, salvo que sea absolutamente imprescindible para la averiguación de la verdad. - art. 272 del cpp -

7.5. •Sí por otro lado se dicta auto de procesamiento al imputado, se procede a discutir medidas de coerción entre las partes.

8. ACTOS INTRODUCTORIOS

8.1. • Denuncia Hace que el ministerio público ejerza la acción penal. 297 CPP • Querella Denuncia más formal, es un escrito que se presenta acompañado de un abogado. 302 CPP • Prevención Policial Es en donde la policía informa sobre un hecho en flagrancia o cuasiflagrancia. 304 CPP. • Conocimiento de oficio El MP tiene la obligación de perseguir penalmente ese hecho. 289 CPP.

9. PRINCIPIOS DEL PROCCESO PENAL

9.1. Principio de legalidad. (Art. 1 y 2. CPP).

9.2. Respeto a los derechos humanos. (Art. 16. CPP).

9.3. Igualdad en el proceso. (Art. 21. CPP).

9.4. Principio del debido proceso. (Art. 3,4 y 6. CPP).

9.5. Principio de inocencia. (Art. 14. CPP).

9.6. Principio de non bis in idem o de única persecución. (Art. 17. CPP).

10. Características

10.1. • El debate se caracteriza por la prevalencia de la oralidad y la publicidad

10.2. • Se establece un sistema de juez unipersonal o tribunal

10.3. • Existencia de dos partes: La que lleva la acusación (MP) y otra que lleva la defensa

10.4. • El juez o tribunal es imparcial

10.5. • Los principios del procedimiento son: Oralidad, publicidad y contradictorio

10.6. • La prueba se valora según la íntima convicción/ Sana critica razonable

10.7. • La sentencia produce eficacia de la cosa juzgada

10.8. • En cuanto a los medios cautelares, la libertad del acusado es la regla general

11. Características

11.1. • La confesión se situaba como la reina de las prueba, al lado de documentos públicos que hacen plena prueba

11.2. • La prueba se valora conforme a un sistema legal y la ley da un valor que debe asignársele/ prueba tazada

11.3. • El juez debía ser magistrado o juez permanente

11.4. • Los principios del proceso son: Secretividad, escritura y no contradictorio

11.5. • No hay cosa juzgada

12. ETAPAS DEL PROCESO PENAL

12.1. ETAPA PRELIMINAR

12.1.1. LOS ACTOS INTRODUCTORIOS DE LA ETAPA PRELIMINAR SON:

12.1.1.1. Denuncia art 297 CPP

12.1.1.2. Denuncia obligatoria art 298 CPP

12.1.1.3. Querella art 302 CPP

12.1.1.4. Conocimiento de oficio art 24 Bis CPP

12.1.2. ACTOS CONCLUSIVOS EN LA ETAPA PRELIMINAR

12.1.2.1. Desestimación art 310 CPP

12.1.2.1.1. Existen dos tipos de desestimación: • FISCAL • JUDICIAL

12.1.2.2. Aprehensión art 257 CPP

12.2. ETAPA PREPARATORIA

12.2.1. MEDIDAS SUSTITUTIVAS

12.2.1.1. Descritas en el artículo 264 del CPP, su plazo de investigación 6 meses máximo, reformable en art 276 y 277 CPP.

12.2.2. ACTOS INTRODUCTORIOS

12.2.2.1. Audiencia de Declaración art 81 CPP: Desarrollo de la Audiencia art 82 CPP:

12.2.2.1.1. SE LIGA A PROCESO

12.2.3. MEDIDAS DE COHERCIÓN:

12.2.3.1. -Prisión preventiva art 259 del CPP: por peligro de fuga 262 y 263 peligro de obstaculización CPP. -Su plazo de investigación se limita a máximo 3 meses 328 y 324 Bis CPP -Puede ser revocada o reformada art 276 y 277 CPP

12.3. ACTOS CONCLUSIVOS

12.3.1. • ACUSACIÓN ART 388 CPP

12.3.2. • CLAUSURA PROVISIONAL 331 CPP

12.3.3. • SOBRESEIMIENTO 328 Y 325 CPP: Se resuelve en sentencia firme absolutoria 388,389,390,391 CPP.

12.3.4. Se cierra irrevocablemente el proceso art 330 CPP. También falta de algún medio de prueba o un elemento que falte para dictar pena.

13. SISTEMAS PROCESALES

13.1. Acusatorio

13.1.1. Conoce el "Acto Introductorio", (denuncia o querella)

13.1.2. No es impulsado de oficio

13.1.3. El juez actúa como un árbitro

13.2. Inquisitivo

13.2.1. No se goza de igualdad en las partes

13.2.2. Juicios secretos

13.2.3. El juez es; Juez y Parte (quien realiza la investigación)

13.3. Mixto

13.3.1. Posee rasgos de ambos sistemas

13.3.1.1. Características

13.3.1.1.1. • Se tiene una función dividida, una entidad que acusa, una que defiende y una que juzga

13.3.1.1.2. • se tiene una fase escrita en general(etapa preparatoria)

13.3.1.1.3. • se tiene una fase oral (debate)

13.3.1.1.4. • El sistema de valoración de la prueba es la intima convicción/ Sana crítica razonable

13.3.1.1.5. • El juez aun tiene iniciativa en la investigación

13.3.1.1.6. • Los principios del proceso son: Oralidad, publicidad y contradictorio

13.3.1.1.7. • La sentencia produce eficacia de la cosa juzgada

13.3.1.1.8. • En cuanto a las medidas cautelares, la libertad del acusado es la regla general

13.3.1.1.9. • El juez debe ser magistrado o juez permanente (No necesariamente)