
1. Titulo II
1.1. SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS, ORGANOS ASESORES, COORDINADORES Y EJECUTORES
1.1.1. Articulo 5° El Sistema Nacional de Archivos
1.1.1.1. A)
1.1.1.1.1. Conjunto
1.1.1.2. B)
1.1.1.2.1. Integran el Sistema Nacional de Archivos
1.1.1.3. C)
1.1.1.3.1. El Sistema Nacional de Archivos
1.1.1.4. D)
1.1.1.4.1. El Sistema Nacional de Archivos
1.1.1.5. E)
1.1.1.5.1. os proyectos y programas archivísticos
1.1.1.6. F) El Archivo General de la Nación
1.1.1.6.1. orientará y coordinará
1.1.2. Articulo 6° De los planes y programas
1.1.2.1. Las entidades integrantes del Sistema Nacional de Archivos
1.1.2.1.1. Llevaran a cabo
2. Titulo III
2.1. CATEGORIZACION DE LOS ARCHIVOS PUBLICOS
2.1.1. Articulo 7° Archivos desde el punto de vista de su jurisdicción y competencia
2.1.1.1. Los archivos
2.1.1.1.1. desde el punto de vista de su jurisdicción y competencia
2.1.2. Articulo 8° Archivos territoriales
2.1.2.1. los archivos
2.1.2.1.1. desde el punto de vista territorial
2.1.3. Articulo 9° Los archivos según la organización del Estado
2.1.3.1. a) Archivos de la Rama Ejecutiva
2.1.3.2. b) Archivos de la Rama Legislativa
2.1.3.3. c) Archivos de la Rama Judicial
2.1.3.4. d) Archivos de los Organos de Control
2.1.3.5. e) Archivos de los Organismos Autónomos
2.1.4. Articulo 10° Obligatoriedad de la creación de archivos
2.1.4.1. La creación de los archivos
2.1.4.1.1. en los artículos 8o. y 9o
3. Titulo IV
3.1. ADMINISTRACION DE ARCHIVOS
3.1.1. Articulo 11° Obligatoriedad de la conformación de los archivos públicos.
3.1.1.1. El Estado
3.1.1.1.1. Esta
3.1.2. Articulo 12° Responsabilidad.
3.1.2.1. La administración pública
3.1.2.1.1. Sera
3.1.3. Articulo 13° Instalaciones para los archivos
3.1.3.1. La administracion publica
3.1.3.1.1. debera
3.1.4. Articulo 14° Propiedad, manejo y aprovechamiento de los archivos públicos
3.1.4.1. La documentación
3.1.4.1.1. de la
3.1.5. Articulo 15° Responsabilidad especial y obligaciones de los servidores públicos.
3.1.5.1. Los servidores públicos
3.1.5.1.1. al desvincularse de las funciones titulares, entregarán los documentos
3.1.6. Articulo 16° Obligaciones de los funcionarios a cuyo cargo estén los archivos de las entidades públicas
3.1.6.1. Los secretarios generales o los funcionarios administrativos
3.1.6.1.1. de igual o superior jerarquía, pertenecientes a las entidades públicas
3.1.7. Articulo 17° Responsabilidad general de los funcionarios de archivo
3.1.7.1. Los funcionarios de archivo
3.1.7.1.1. trabajarán sujetos a los más rigurosos principios de la ética profesional
3.1.8. Articulo 18° Capacitación para los funcionarios de archivo
3.1.8.1. Las entidades
3.1.8.1.1. Tienen
3.1.9. Articulo 19° Soporte documental
3.1.9.1. Las entidades del Estado
3.1.9.1.1. Podran
3.1.10. Articulo 20° Supresión, fusión o privatización de entidades públicas
3.1.10.1. Las entidades públicas
3.1.10.1.1. que se
4. Publica
4.1. Privada
5. Que estan
5.1. Acumulados
5.1.1. Por una
5.1.1.1. Persona natural
5.1.1.1.1. o
6. Titulo V
6.1. GESTION DE DOCUMENTOS
6.1.1. Articulo 21° Programas de gestión documental
6.1.1.1. Las entidades publicas
6.1.1.1.1. Deberan
6.1.2. Articulo 22° Procesos archivísticos
6.1.2.1. La gestión de documentación dentro del concepto de archivo total
6.1.2.1.1. comprende
6.1.3. Articulo 23° Formación de archivos
6.1.3.1. Teniendo en cuenta
6.1.3.1.1. ciclo vital de los documentos
6.1.4. Articulo 24° Obligatoriedad de las tablas de retención
6.1.4.1. Sera
6.1.4.1.1. obligatorio para las entidades del Estado elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental.
6.1.5. Articulo 25° De los documentos contables, notariales y otros
6.1.5.1. El Ministerio de la Cultura
6.1.5.1.1. reglamentarán lo relacionado con
6.1.6. Articulo 26° Inventario documental
6.1.6.1. Es obligacion
6.1.6.1.1. De las
7. Titulo I
7.1. Objeto, ambito de aplicacion, definiciones y principios generales
7.1.1. Articulo 1° Objeto
7.1.1.1. Establece
7.1.1.1.1. Reglas y principios
7.1.2. Articulo 2° Ambito de Aplicacion
7.1.2.1. A las
7.1.2.1.1. Entidades publicas
7.1.3. Articulo 3° Definiciones
7.1.3.1. Archivo
7.1.3.1.1. Es un
7.1.4. Articulo 4° Principios
7.1.4.1. Los principios generales
7.1.4.1.1. Son los siguientes
8. Titulo VI
8.1. ACCESO Y CONSULTA DE LOS DOCUMENTOS
8.1.1. Articulo 27° Acceso y consulta de los documentos
8.1.1.1. Todas las personas
8.1.1.1.1. Tienen
8.1.2. Articulo 28° Modificación de la Ley 57 de 1985
8.1.2.1. modificase el inciso 2o.
8.1.2.1.1. del articulo 13 de la ley 57 de 1985
8.1.3. Articulo 29°Restricciones por razones de conservación
8.1.3.1. Cuando los documentos historicos presenten deterioros
8.1.3.1.1. manifestarle a el Estado de conservacion
9. Titulo VII
9.1. SALIDA DE DOCUMENTOS
9.1.1. Articulo 30° Documentos administrativos
9.1.1.1. Solo por motivos legales las entidades del Estado podran autorizar la salida temporal de los documentos de archivo
9.1.2. Articulo 31° Documentos históricos
9.1.2.1. En los archivos publicos de caracter historico se podran autorizar de manera excepcional la salida temporal de los documentos, el jefe debera garantizar la integridad, seguridad, conservacion o reintegro
9.1.2.1.1. procedera dicha autorizacion en los siguientes terminos
10. Titulo VIII
10.1. Articulo 32° Visitas de inspeccion
10.1.1. AGN
10.1.1.1. Visitas de inspeccion
10.1.1.1.1. Casos de irregularidades
10.2. Articulo 33° Organo competente
10.2.1. AGN
10.2.1.1. Control y vigilancia
10.2.1.1.1. sobre
10.3. Articulo 34° Normalizacion
10.3.1. Articulo 8°
10.3.1.1. C.P.C
10.3.1.1.1. AGN
10.4. Articulo 35° Prevencion y Sancion
10.4.1. A)
10.4.1.1. Multas semanales sucesivas
10.4.2. B)
10.4.2.1. Faltas contra el patrimonio cultural
10.4.2.1.1. Falta gravisima
10.4.3. C)
10.4.3.1. Por daño o por explotacion ilegal
10.4.4. D)
10.4.4.1. Extraer ilegalmente documentos historicos
11. Titulo IX ARCHIVOS PRIVADOS
11.1. Articulo 36 Archivo privado
11.1.1. Conjunto de documentos a personas
11.1.1.1. Naturales o juridicas de derecho privado
11.2. Articulo 37 Asistencia a los archivos privados
11.2.1. El Estado estimulara
11.2.1.1. la
11.2.1.1.1. organizacion
11.2.1.1.2. conservacion
11.2.1.1.3. consulta
11.3. Articulo 38 Registro de archivos
11.3.1. Las personas naturales o juridicas propietarias
11.3.1.1. de
11.3.1.1.1. documentos de cierta significacion historica
11.4. Articulo 39 Declaración de interés cultural de documentos privados
11.4.1. La junta directiva de A.G.N
11.4.1.1. Siguiendo el procedimiento que se establezca para el efecto
11.5. Articulo 40 Régimen de estímulos
11.5.1. El A.G.N establecera y reglamentara un regimen de
11.5.1.1. estimulos
11.5.1.1.1. no tributarios para
11.6. Articulo 41 Prohibiciones
11.6.1. Se prohibe a
11.6.1.1. organismos privados, personas naturales jurdicas propietarias
11.6.1.1.1. A)
11.6.1.1.2. B)
11.7. Articulo 42 Obligatoriedad de la cláusula contractual
11.7.1. Las entidades publicas celebran contratos con personas
11.7.1.1. Naturales
11.7.1.1.1. Juridicas
11.7.1.1.2. Nacionales
11.7.1.1.3. Extranjeras
11.8. Articulo 43 Protocolos notariales
11.8.1. Pertenecen a la nacion
11.8.1.1. los que tengan
11.8.1.1.1. mas de 30 años
12. Titulo X DONACION, ADQUISICION Y EXPROPIACION
12.1. Articulo 44 Donaciones
12.1.1. El Archivo General de la Nación y los archivos históricos públicos podrán recibir donaciones, depósitos y legados de documentos históricos
12.2. Articulo 45 Adquisición y/o expropiación
12.2.1. Los archivos privados de caracter historico declarados de interes publico
12.2.1.1. son adquiridos por la nacion cuando el propietario los ofreciere en venta
13. Titulo XI
13.1. Articulo 46 Conservación de documentos
13.1.1. Los archivos de administracion publica
13.1.1.1. deberan
13.1.1.1.1. implementar un sistema integrado de conservacion en cada fase
13.2. Articulo 47 Calidad de los soportes
13.2.1. Los documentos de archivo
13.2.1.1. sean
13.2.1.1.1. Copias
13.2.1.1.2. Originales
13.3. Articulo 48 Conservación de documentos en nuevos soportes
13.3.1. El A.G.N dara
13.3.1.1. - pautas - Normas tecnicas
13.3.1.1.1. generales sobre la conservacion de archivos
13.4. Articulo 49 Reproducción de documentos
13.4.1. El paragrafo del articulo 20 de la ley 80 de 1989
13.4.1.1. queda asi
13.4.1.1.1. en ningun caso los documentos historicos podran ser destruidos
14. Titulo XII ESTIMULOS A LA SALVAGUARDA, DIFUSION O INCREMENTO DEL PATRIMONIO DOCUMENTAL DE LA NACION
14.1. Articulo 50 Estímulos
14.1.1. El gobierno Nacional establecera premios y estimula no tributarios para personas
14.1.1.1. instituciones con sus
14.1.1.1.1. trabajos tecnicos culturales o cientificos
15. Titulo XIII
15.1. Ariticulo 51 Apoyo de los organismos de control
15.1.1. Procuraduria Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República prestarán todo el apoyo en lo de su competencia al A.G.N
15.2. Articulo 52 Vigencias y derogatorias
15.2.1. Esta ley rige a partir de la fecha de su publicacion
15.2.1.1. Y
15.2.1.1.1. deroga en lo pertinente todas las disposiciones que le sean contrarias
16. Para
16.1. - Creacion - Organizacion - Transferencia
16.1.1. Conservacion
16.1.1.1. Servicios archivos publicos