INSTITUCIONES GENERALES NO INCLUIDAS EN LA LEY DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO作者:Margary Farfán
1. Fraude a la Ley
1.1. Institución que permite rechazar la aplicación del derecho normalmente aplicable en virtud de la norma de conflicto del foro, cuando se compruebe la intención fraudulenta en la modificación del factor de conexión, para evadir normas imperativas
2. Calificaciones
2.1. Son utilizadas para determinar la naturaleza jurídica de una relación para incluirla en las categorías jurídicas de la lex fori. Es por ello que para el derecho internacional privado la calificación sólo será un problema si se está frente a un conflicto de calificación.
3. Reenvio
3.1. Es un mecanismo que basa su existencia en una comprensión de que la remisión que efectúa la norma de conflicto del foro a un Derecho extranjero es una remisión global, entendiendo por tal no una mera remisión material a sus normas sustantivas, sino a la totalidad del ordenamiento jurídico extranjero incluyendo las normas de conflicto del mismo