1. Clasificación:
1.1. Derechos de primera generación:
1.1.1. Los Derechos de primera generación o Derechos Civiles y Políticos: se refieren a los Primeros Derechos Que were Consagrados en los Ordenamientos Jurídicos internos e Internacionales. Estós Derechos surgieron Como Respuesta a los Reclamos Que motivaron los Principales Movimientos revolucionarios de los finales del siglo XVIII en occidente. Los Derechos Civiles y Políticos estan Destinados a la Protección del Ser Humano individually, contra any agresión de ALGÚN órgano Público. Se caracterizan Porque imponen al Estado El Deber de abstenerse de inferir en el Ejercicio y pleno goce de ESTOS : derechos por parte del Ser Humano.
1.2. Derechos de segunda generación:
1.2.1. Estos surgieron con la Revolución Mexicana en 1910 y la Revolución Rusa en 1917. También llamados derechos económicos, sociales y culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación. En El Salvador, el trabajador debe reconocer cuáles son sus derechos para hacerlos respetar Derecho al trabajo y a un salario justo y digno, el derecho al trabajo implica que el trabajador puede exigir sus ejercicios en condiciones dignas y justas. El derecho de huelga y sindicalización: (Art. 47,48) Derecho a la seguridad social, (Art. 22) La alimentación adecuada es derecho humano. Inherente a todas las personas, al tener acceso regular, permanente e irrestricto al alimento adecuado y suficiente. Efectuar intervenciones sanitarias dirigidas a mantener la salud en vejez con una perspectiva de siclo de vida Derecho a la educación, a la ciencia y a la cultura (Art. 53,58) Derecho a la propiedad (Art. 2)
1.3. Derechos de tercera generación o derecho de los pueblos:
1.3.1. Los derechos de tercera generación se vinculan con los valores relacionados con la solidaridad e inciden en todos los seres humanos. En ellos reindica el derecho a la paz y la intervención desde un poder legítimo internacional en los conflictos armados. Contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano. (Art. 38) Entre ellos se desplazan: • Derecho del trabajo • Derecho de la mujer • Derecho de las personas con discapacidad • Derecho de los grupos étnicos • Derecho a la seguridad social
1.4. Derechos de cuarta generación
1.4.1. Los nuevos derechos obedecen a la necesidad de concebir a la humanidad como una familia en la que todos sus miembros deben sumar esfuerzos para el bienestar global. En este nuevo espacio informático o ciberespacio, los mecanismos de denominación y limitación del acceso a las condiciones capaces de permitir un desarrollo de formas avanzadas de participación pública, intercambio y libre expresión de ideas y creencias. El nacimiento de la cuarta generación de los DDHH no solo se deben a la introducción a la tecnología, si no por como a transformado a las otras generaciones de los derechos humanos, como la universalización de las TIC, la libertad de expresión en la red y la libre circulación de la información y del conocimiento.