1. FUENTES FORMALES
1.1. LEY
1.1.1. Entendida como el derecho positivo, el derecho vigente.
1.2. COSTUMBRE
1.2.1. Actuaciones socialmente aceptadas, sucesivas generalizaciones de conductas según la moral social de los territorios.
2. FUENTES MATERIALES
2.1. DOCTRINA
2.1.1. Opiniones emitidas por jurisconsultos o estudiosos del derecho. Conjunto de estudios de carácter científico, ya sea con el propósito puramente especulativo de sistematización de sus preceptos, ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar las reglas de su aplicación o para criticarlo y proponer nuevas normas en una labor de política legislativa.
2.2. PRINCIPIOS GENERALES
2.2.1. Abuso del derecho Consiste en el ejercicio indebido o excesivo de los derechos de una persona sobre otra de modo que pueden causarse perjuicios sobre ésta última. La Corte Suprema de Justicia en Colombia, ha mencionado que puede darse en cualquier evento en que una persona en forma abusiva ejerza sus derechos subjetivos y ocasione un perjuicio.
2.2.1.1. El enriquecimiento sin justa causa Se constituyó en un principio que permite corregir cualquier desequilibrio económico, cuando no exista una justa causa, es decir, cuando una persona incrementa su patrimonio a expensas de otro sin que haya obrado ninguna fuente de obligaciones como el acto jurídico, el hecho jurídico o la Ley
2.2.1.2. La imprevisión de los contratos Se configura cuando ellos impliquen prestaciones periódicas de bienes y frente a una situación imprevista, imprevisible e irresistible, que genere un cambio drástico en las cargas económicas que deba soportar una de las partes al cumplir sus obligaciones; esta parte afectada tiene derecho a que se restablezca el equilibrio económico en el contrato.
2.2.1.3. Error común Tiene como fundamento la protección contra la ley misma al que no ha cometido ninguna culpa, por lo tanto, el fin de este principio es proteger a terceros de buena fe, al reconocerse efectos jurídicos trascendentales a una apariencia de derecho de la cual se ha derivado un error invencible y ha hecho ceder ante ella la realidad jurídica.
2.2.2. Apariencia de buen derecho Consiste en la presunción de la existencia de un fundamento legal que permite emitir una medida, lo que implica un conocimiento preliminar del juez con el objeto de resolver una situación o conflicto jurídico acerca de la existencia de un derecho discutido o vulnerado.
2.2.3. Simulación La simulación es una declaración ficticia de voluntad, en la que por lo general ambas partes, fingen actos o contratos con un fin establecido por ellos mismos. La causa del negocio aparente será inexistente, y habrá que determinar de que manera no haya sido la culpable de todo esto.
2.2.4. Fraude a la Ley Es cuando se viola la ley de una forma maliciosa e indebida, es decir, que parece que se esta actuando conforme a la ley, pero lo que se hacer realmente es infringirla causando perjuicios.
2.2.5. Responsabilidad Civil Surge como consecuencia de un daño provocado por el incumplimiento contractual (responsabilidad contractual) o por la obligación de reparar un daño que se ha causado a otro con el que no existía un vínculo previo a dicho daño (responsabilidad extracontractual).
2.2.6. Buena Fe El cual como máxima tiene que la actuación de una persona debería darse con lealtad, con rectitud, de manera honesta, en contraposición con la actuación de mala fe; y se entiende que procede de mala fe quien pretende obtener ventajas o beneficios sin una suficiente dosis de probidad o pulcritud.
2.3. JURISPRUDENCIA
2.3.1. Reglas y/o preceptos extraídos de situaciones concretas cuya característica principal es la abstracción en la formulación de una regla que se extrae del derecho positivo vigente.