Proyecto clase espejo, Colombia

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
Proyecto clase espejo, Colombia por Mind Map: Proyecto clase espejo, Colombia

1. NIC 1

1.1. ¿Cuál es el objetivo prinicipal de la NIC 1?

1.1.1. Establecer las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general para asegurar que los mismos sean comparables, independientemente si es de la misma entidad en diferentes periodos históricos, o de otras entidades.

1.2. ¿Quiénes están sujetos a aplicar esta NIC?

1.2.1. Una entidad aplicará esta Norma al preparar y presentar estados financieros de propósito de información general conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

1.3. ¿Cuál es la finalidad de los estados financieros?

1.3.1. Los estados financieros constituyen una representación estructurada de la situación financiera y del rendimiento financiero de una entidad. El objetivo de los estados financieros es suministrar información acerca de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los estados financieros también muestran los resultados de la gestión realizada por los administradores con los recursos que les han sido confiados.

2. NIIF 4

2.1. ¿Por qué el Consejo de Normas Internacionales de contabilidad emitió esta NIIF?

2.1.1. 1. Para efectuar mejoras limitadas en la contabilización de los contratos de seguros, hasta que el consejo complete la segunda fase de su proyecto sobre contratos de seguros.

2.1.2. 2. Para requerir a cualquier emisor de contratos de seguro (en adelante "la aseguradora") que revele información sobre dichos contratos

2.2. ¿Cuándo permite que la aseguradora cambie las políticas contables relativas a los contratos de seguro?

2.2.1. Cuando sus estados financieros presentan información que es más relevante pero no menos fiable, o bien más fiable pero no menos relevante.

2.3. ¿Qué información requiere revelar la NIIF a los usuarios?

2.3.1. 1. Los importes que, en los estados financiero de la aseguradora, corresponden a los contratos de seguro

2.3.2. 2. La naturaleza y grado de los riesgos que se derivan de contratos de seguros.

2.4. ¿Cuál es el objetivo de la NIIF 4?

2.4.1. Consiste en especificar la información financiera que debe ofrecer, sobre los contratos de seguro, la entidad emisora de dichos contratos (que en esta NIIF se denomina aseguradora), hasta que el Consejo complete la segunda fase de su proyecto sobre contratos de seguro.

2.5. ¿Qué es lo que requiere en particula la NIIF?

2.5.1. a) Realizar un conjunto de mejoras limitadas en la contabilización de los contratos de seguro por parte de las aseguradoras.

2.5.2. (b) Revelar información que identifique y explique los importes de los contratos de seguro en los estados financieros de la aseguradora, y que ayude a los usuarios de dichos estados a comprender el importe, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros procedentes de dichos contratos

2.6. ¿En qué casos no aplicara la entidad esta NIIF?

2.6.1. Las garantías de productos emitidas directamente por el fabricante, el mayorista o el minorista (véase la NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias y la NIC 37 Provisiones, Activos contingentes y Pasivos Contingentes).

2.6.2. Los activos y los pasivos de los empleadores que se deriven de los planes de beneficios definidos (véanse la NIC 19 Beneficios a los Empleados y la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones), ni a las obligaciones de beneficios por retiro reportadas que proceden de los planes de beneficios definidos (véase la NIC 26 Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Prestaciones por Retiro).

2.6.3. Los derechos contractuales y las obligaciones contractuales de tipo contingente, que dependan del uso futuro, o del derecho al uso, de una partida no financiera

2.6.4. Los contratos de garantía financiera, a menos que el emisor haya manifestado previa y explícitamente que considera a tales contratos como de seguro y que ha utilizado la contabilidad aplicable a los contratos de seguro

2.6.5. La contraprestación contingente, a pagar o cobrar en una combinación de negocios

2.7. ¿Qué es lo que requiere la NIC 39?

2.7.1. Que la entidad separe ciertos derivados implícitos de sus correspondientes contratos anfitriones, y los mida por su valor razonable, contabilizando en resultados los cambios en dicho valor.

2.8. ¿Qué componentes contiene un contrato de seguro?

2.8.1. Componente de seguro y deposito

2.9. ¿En qué casos, la aseguradora estará obligada o tendrá la facultad de disociar estos componentes?

2.9.1. (a) La disociación será obligatoria

2.9.2. b) La disociación estará permitida, pero sin ser obligatoria, si la aseguradora puede medir por separado el componente de depósito, como se indica en el apartado (a)(i) anterior, pero sus políticas contables requieren que reconozca todos los derechos y obligaciones causados por el componente de depósito, con independencia de las bases que se utilicen para medir esos derechos y obligaciones.

2.10. ¿Cuáles son las condiciones para que la disociación sea obligatoria?

2.10.1. La aseguradora puede medir el componente de depósito

2.10.2. Las politicas contables de la aseguradora no requieren que reconozca todos los derechos y obligaciones causados por el componente de deposito

2.11. Un activo por reasguro tiene dererioro sí, y solo sí...

2.11.1. Existe evidencia objetiva, a consecuencia de un evento que haya ocurrido después del reconocimiento inicial del activo por reaseguro, de que el cedente puede no recibir todos los importes que se le adeuden en función de los términos del contrato, y ese evento tenga un efecto que se puede medir con fiabilidad sobre los importes que el cedente vaya a recibir de la entidad reaseguradora