1. Arts. del Código de Familia
1.1. Arts. 206 al 246
1.2. Disposiciones dispersas: 18.1 y 111
2. Concepto
2.1. conjunto de deberes y obligaciones que el padre y la madre de un niño, niña o adolescente y de los declarados incapaces, tienen respecto de éstos para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, y además, para que los representen y administren sus bienes.
2.2. Se abandono el termino de patria y potestad y ahora se adopta el de autoridad parental
3. Patria y Potestad
3.1. Es una de las instituciones mas evolucionadas del derecho de familia
3.2. El padre era el que ostentaba todos los derechos sobre sus hijos, e incluso podría venderlos o hacerlos esclavos
3.3. Derecho Aleman - Protección del hijo
3.4. Función tuitiva de carácter social y casi pública, en beneficio de los hijos menores de edad, sometida al control de autoridades estatales, para garantizar los derechos de éstos respecto de la persona y bienes
3.5. En sumas, son los derechos y deberes que tiene los padres con respecto de sus hijos, siendo el Estado un vigilante de ello
4. Teorías
4.1. Poder de los padres
4.2. Institución
4.3. Facultad Natural
4.4. Función de los padres
5. Características
5.1. Se deriva de dos nociones: 1) Padre/Madre; y 2) Hijo(s)
5.1.1. Imperativo
5.1.2. Imprescriptible
5.1.3. Inalienables
5.1.4. Erga Omnes
5.1.5. Exclusividad
5.1.6. Indelegable
5.1.7. Temporal
6. Prorroga
6.1. Se refiere a aquellos casos en que aun habiendo cumplido el hijo la mayoría de edad, siguen teniendo la responsabilidad sobre ellos
7. Titularidad
7.1. Conjunto de los derechos y deberes, que, en principio, corresponden a ambos padres, e independientemente, el ejercicio es la facultad de actuar concretamente en virtud de esos derechos-deberes, y que corresponde, en unos casos, a uno u otro o a ambos progenitores
7.2. Lo tiene el padre o la madre
8. Ejercicio
8.1. Lo tienen el padre o la madre
8.1.1. Art. 206
8.1.2. Se ejerce de manera conjunto
8.1.2.1. Cuando es así, se requiere del consentimiento de ambos padre
8.1.3. A falta de uno de ellos, el ejercicio le corresponde al otro
8.1.3.1. Cuando solo se ejerce por uno de los padres, no afecta la decisión del que no la ejerce
8.1.4. Art. 211
9. Elementos
9.1. Cuidado personal
9.1.1. Relaciona aspectos materiales, espirituales y de educación
9.1.1.1. Ejemplo: educación moral, religiosa, etc.
9.2. Representación legal
9.2.1. Es el complemento de la capacidad jurídica
9.2.2. Existen excepciones a la regla general
9.2.2.1. Derechos personalisimos
9.2.2.2. Bienes excluidos
9.2.2.3. Intereses contrapuestos entre los padres
9.3. Administración de bienes
9.3.1. Se excluyen bienes adquiridos por el hijo, a través de la donación, herencia o legado, cuando así se hubiera estipulado
9.3.2. Tampoco pueden administrar cuando el hijo pase por indignidad
10. Perdida
10.1. Por sanción legal
10.2. Requiere declaración judicial
10.3. Causas
10.3.1. Corrupción
10.3.2. Abandono sin justa causa
10.3.3. Art. 164
10.3.4. Tuvieren condena