Derecho Procesal Laboral

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1. Actividad de los Tribunales del Trabajo

1.1. Libelo de Demanda la recibe el tribunal de Sustanciación, Medición y Ejecución

1.2. El juez tiene 5 días para la Admisión y hace la notificación al demandado.

1.3. Audiencia preliminar y si no hay ningún acuerdo conciliatorio se inicia la fase de juicio.

1.4. En la audiencia de juicio se evacuan las pruebas y el juez debe dictar sentencia.

1.5. Si hay apelación de la sentencia se inicia el procedimiento de 2da instancia.

1.6. Si no hay conformidad por las partes se introduce un recurso de casación, de la cual va a conocer el TSJ en sala de casación Social.

2. Obligaciones Equitativas del Juez del Trabajo

2.1. Los jueces en el desempeño de sus funciones, tendrán por norte la búsqueda de la verdad.

2.2. No deben permitir la renuncia de los derechos y beneficios acordado por las leyes sociales a los trabajadores.

2.3. Los jueces del trabajo apreciaran las pruebas según las reglas de la sana critica.

2.4. El juez es el rector del proceso y debe impúlsarlo personalmente o a petición de parte hasta la sentencia.

3. Efectos

3.1. Despacho Saneador

3.1.1. Purifica la demanda de los actos relativos al proceso.

3.1.2. Depurar los vicios procesales detectados en la audiencia preliminar.

3.1.3. Evitar reposiciones inútiles.

3.1.4. Corregir defectos u omisiones.

3.2. Mediación

3.2.1. La presentación de la solicitud de mediación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción.

3.2.2. Persigue la autocomposición o acuerdo entre las partes.

3.2.3. Si la mediación logra su fin, se suscribirá un contrato de transacción; en caso contrario, queda abierta la posibilidad de acudir al proceso.

3.3. Arbitraje Judicial

3.3.1. Puede ser ejecutables de manera forzosa por los tribunales de justicia.

3.3.2. Laudo arbitral tiene eficacia de cosa juzgada.

3.3.3. Mayor celeridad en la solución pacífica de los conflictos.

3.4. Ausencia de los sujetos procesales

3.4.1. La asistencia para las partes es obligatoria.

3.4.2. Ausencia del demandante produce el desistimiento y el Juez da por terminado el proceso.

3.4.3. Ausencia del demandado, se presume la admisión de los hechos.

3.4.4. Si no comparece ninguna de las partes se da por terminado el proceso.