1.1. Mare Liberum: Dentro de la clasificación Gideliana, la libertad de los mares en su primera acepción significa la lucha contra los piratas que infestaban el Mediterráneo en las postrimerías de la República Romana.
1.2. En la parte de derecho de mar: los países europeos mucho antes de tener una relación. Meramente diplomática era comercial, por lo cual es un aspecto importante de derecho internacional en donde se especificaban límites y responsabilidadesner
1.3. De acuerdo con el enfoque de Luis García Arias en su estudio de Mare Liberum, el contenido de esta obra puede estructurarse en una tesis fundamental, la cual se confirma por una triple argumentación, ni los hispánicos ni otra nación alguna pueden prohibir a los holandeses el acceso a las indias orientales por ser esta prohibición violatoria del ius comunicaciones.
1.4. Authority
2. FRANCISCO DE VITORIA
2.1. Su principal obra es el discurso de Eduardo Hinojosa, con la contestación de Meriendez Pelayo en la Real academia de la historia.
2.2. Vitoria es considerado por casi todos el padre y fundador del derecho internacional, a excepción de Arthur Nussbaum que lo considera como el precursor del derecho internacional.
2.3. En la historia del derecho internacional la importancia de Vitoria se basa en fundamentos o conceptos específicamente verbales.
2.4. Buscaba la igualdad jurídica entre europeos y americanos en la época del descubrimiento de América. Fundador del derecho internacional moderno
2.5. Se consideraba la teoría del estado, dividiéndola en dos partes hacia dentro y hacia fuera
3. FRANCISCO SUÀREZ
3.1. Francisco Suárez configura el nuevo derecho de gentes tanto por el derecho natural como el civil.
3.2. fue quien configuro adecuadamente el nuevo derecho de gentes (estado y república) y al distinguirlo en una operación de perfecto deslinde tanto del derecho natural como del derecho civil.
3.3. 2 especies de tiranía v AB ORIGINE TIRÁNO POR ORIGEN: USURPA EL TRONO POR LA INJUSTICIA Y POR LA FUERZA v TIRANO POR SUS ACTOS: ABUSA DEL PODER HASTA EXTREMOS INTOLERABLES DE REPRESIÓN E INJUSTICIA
3.4. Lo destacó su rigorismo: es lícito decir o escribir que cualquier persona con cualquier pretexto de tiranía sean reyes o príncipes, maquinarles la muerte
4. ALBERICO GENTILI
4.1. Territorio puede aplicarse para tierra y agua.
4.2. En el derecho contemporáneo del mar es importante la distinción entre soberanía y jurisdicción.
4.3. Fundador del Derecho de Gentes.
4.4. Fue un gran jurista tanto por su ciencia y por amor a la humanidad.