1. HR
1.1. Career development
1.1.1. Employee
1.1.2. Employee
1.2. Counseling
1.2.1. Employee
1.2.2. Employee
1.3. Benefits
1.3.1. Employee
1.3.2. Employee
2. Derechos politicos
2.1. Derechos civiles y políticos, o derechos cívicos, son los derechos que protegen las libertades individuales de su quebrantamiento ilegal (represión) por parte del poder (sea el de los gobiernos o el de cualquier otro agente político público o privado), y garantizan la capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad, y sin discriminación. Los derechos políticos constituyen la primera porción de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 (así como los derechos económicos, sociales y culturales comprenden la segunda parte). La teoría de las tres generaciones de derechos humanos considera a este grupo de derechos como los "derechos de primera generación", y la teoría de los derechos negativos y positivos (libertad negativa y positiva) los designa como derechos negativos. No obstante, en cuanto los derechos sociales o positivos se justifican en la reparación de deficiencias que obstaculizan gravemente el ejercicio de la plena condición de ciudadano, son también "civiles", al tener su correspondiente definición precisa en la contrapartida de una obligación establecida por parte de los poderes públicos.1 El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 incluye el "derecho de libre determinación" de "todos los pueblos".Los llamados "derechos colectivos", por oposición a los "derechos individuales", están entre los "derechos de tercera generación" según la teoría de las tres generaciones de derechos.
2.1.1. Employee
2.1.2. Employee
2.2. Social Media
2.2.1. Employee
2.2.2. Employee
2.3. Content
2.3.1. Employee
2.3.2. Employee
3. Diferencias y similitudes encontradas
3.1. Semejanzas: - tutelan el derecho a la vida a la libertad a la igualdad al respeto a la dignidad a la seguridad Diferencias: - Los derechos humanos nos los ganamos por el solo hecho de haber nacido, es algo que se trae con uno mismo, es intrínseco. Mientras que las garantías individuales se han adquirido o nos las ha proporcionado el Estado a través de su organización como tal. - Los derechos humanos nunca se habrán de perder o suspender como sí puede acontecer con las garantías individuales de acuerdo al art.29 Const. - El organismo defensor que los derechos humanos es precisamente la comisión nacional y/o estatal de los derechos humanos, organismo autónomo, no depende de ninguno de los 3 poderes. Y la vigilancia del cumplimiento o encargados de hacer valer las garantías individuales sí tiene que ver con los poderes, como por ejemplo el legislativo que las dictó, el judicial que las aplica y el ejecutivo que las hace cumplir. - Los derechos humanos los encontramos plasmados en los tratados y convenciones; mientras las garantías individuales las encontramos en la constitución política. - Los derechos humanos son considerados y aplicados mundialmente, con los mismos artículos y contenido recorren todos los países; las garantías individuales en cambio, son particulares para cada nación, su contenido varía de país a país.
3.1.1. Employee
3.1.2. Employee
3.2. Tax filings
3.2.1. Employee
3.2.2. Employee
3.3. Payroll
3.3.1. Employee
3.3.2. Employee
4. Derechos civiles
4.1. Derechos civiles son los reconocidos a todos los ciudadanos por la ley; y en ello se distinguen de los derechos humanos y de los derechos naturales. Los derechos civiles son concedidos dentro de un Estado, mientras que los derechos naturales o los derechos humanos son internacionales, y, se tienen, o bien por el mero hecho de nacer, según la teoríaiusnaturalista, o bien por la mera constitución de la sociedad, según la teoría contractualista (el iuspositivismo, que separa moral y derecho, no se plantea la existencia de derechos naturales). John Locke sostuvo que los derechos naturales a lavida, la libertad y la propiedad debían ser convertidos en derechos civiles y protegerse por el Estado soberano como aspecto del contrato social (derechos constitucionales).
4.1.1. Employee
4.1.2. Employee
4.2. Deal construction
4.2.1. Employee
4.2.2. Employee
4.3. Revenue projections
4.3.1. Employee
4.3.2. Employee
5. Derechos economicos
5.1. Los derechos económicos, sociales y culturales (siglas DESC) son los derechos humanos socioeconómicos, que se diferencian de los derechos civiles y políticos. Los derechos económicos, sociales y culturales se incluyen en laDeclaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (DUDH) y se desarrolla su protección en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales(PIDESC) de 1966. Ejemplos de estos derechos incluyen el derecho a la alimentación, el derecho a la vivienda, y el derecho a la salud. Según la teoría de Karel Vasak acerca de las tres generaciones de derechos humanos, estos derechos se consideran como derechos de segunda generación,1y la teoría de los derechos negativos y positivos considera que los DESC son derechos positivos. Derechos considerados básicos y principales Para el Observatorio DESC los derechos económicos, sociales y culturales básicos y principales son los siguientes:3 Derecho a una vivienda digna; Derecho al agua; Derecho a la salud (asistencia social, asistencia médica, seguridad social y cobertura sanitaria universal); Derecho a una educación adecuada; Derecho a una alimentación adecuada; Derecho al trabajo (incluyendo Derecho de huelga y libertad en la elección de empleo); Derecho al medio ambiente.
5.1.1. Employee
5.1.2. Employee
5.2. Risks
5.2.1. Employee
5.2.2. Employee
5.3. Agreements
5.3.1. Employee
5.3.2. Employee
6. Teorías que fundamentan cada uno de los derechos humanos
6.1. En cuanto a su fundamentación, según qué tipo de concepción se tenga sobre el Derecho –iusnaturalista, iusracionalista, iuspositivista, vinculada al realismo jurídico o al dualismo jurídico, entre otras– la categoría conceptual de derechos humanos puede considerarse derivada de la divinidad, observable en la naturaleza, asequible a través de la razón, determinada por los contextos en las muchas maneras que es posible entender la Historia, una síntesis de ideas de éstas u otras posiciones ideológicas y filosóficas o un mero concepto inexistente y sin validez. Norberto Bobbio afirma la imposibilidad de encontrar un fundamento absoluto a los derechos humanos y alega para ello cuatro razones. Primera, la ausencia de un concepto inequívoco y claro de los mismos; segunda, su variabilidad en el tiempo; tercera, su heterogeneidad; y, cuarta, las antinomias y conflictos que existen entre distintos derechos, como entre los civiles y políticos, por un lado, y los sociales y culturales, por otro.
6.1.1. Employee
6.1.2. Employee
6.2. R & D
6.2.1. Employee
6.2.2. Employee
6.3. Upgrades
6.3.1. Employee
6.3.2. Employee
7. Descripción de lo que protege cada uno
7.1. Entre los derechos civiles y políticos podemos destacar:
7.1.1. Derecho a la vida - Derecho al honor - Derecho a la libertad seguridad e integridad personal - Derecho a la libertad de expresión - Derecho a elegir y ser elegido - Derecho a petición - Derecho al libre tránsito
7.2. Entre los derechos económicos, sociales y culturales, podemos señalar:
7.2.1. - Derecho al trabajo - Derecho a la educación - Derecho a la salud - Derecho a la protección y asistencia a los menores y a la familia - Derecho a la vivienda