DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON VIH / SIDA

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DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON VIH / SIDA by Mind Map: DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON VIH / SIDA

1. DERECHO A LA CONFIDENCIALIDAD

1.1. Constitución del Ecuador, Art. 66, literal 11: se reconoce y garantizará a las personas “el derecho a GUARDAR Reserva Sobre SUS convicciones. En ningún Caso se podra exigir o Como utilizar el pecado Autorización del titular o de Sus Representantes legitimos, information o de Terceros Sobre personales SUS Creencias Religiosas, filiación o pensamiento Político; Ni Sobre Datos Referentes A Su Salud y vida sexual, salvo por Necesidades de Atención Médica”.

1.2. Ley de Derechos y Amparo al Paciente, art. 4: “Todo Paciente Tiene derecho Una cola de La Consulta, examen, diagnostico, Discusión, Tratamiento y CUALQUIER Otro tipo de Información relacionada con el PROCEDIMIENTO médico aplicársele la ONU, del del tenga el Carácter de confidencial.”

2. DERECHO AL TRABAJO

2.1. Constitución del Ecuador, Art. 35: “El Trabajo Es Un Derecho y deber de la ONU social. El Estado garantizará a las Personas Trabajadoras respeto el pleno un su dignidad, Una Vida decorosa, Remuneraciones retribuciones justas y y el Desempeño de Un trabajo Saludable y Libremente Escogido o Aceptado “.

2.2. Acuerdo Ministerial No. 398 del Ministerio de Trabajo y Empleo (2006): “Art. 1.- Prohíbase la terminación de las relaciones laborales por petición de visto bueno del empleador, por desahucio, o por despido de trabajadores y trabajadoras por su estado de salud que estén viviendo con VIH-SIDA, en virtud que violenta el principio de no-discriminación consagrado en la Constitución Política de la República.”

3. DERECHO A LA EDUCACION

3.1. Constitución del Ecuador, Art. 26: “La Educación Es Un Derecho de las Personas A lo largo de su vida y Un deber ineludible e inexcusable del Estado. Las Personas, Las Familias y La Sociedad Tienen el Derecho y la Responsabilidad de Participar en el Proceso Educativo”.

3.2. Art. 2.- Garantizar a los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes Víctimas del VIH / SIDA Que pertenecen Afectados al Sistema Educativo Nacional del ya Sus, sin discrimination, ni ningún tipo de Limitaciones, el Ejercicio Pleno de Sus Derechos Protegidos por la Constitución de la República del Ecuador, por los Instrumentos Internacionales y La Legislación Nacional “.

3.2.1. "Art. 2.- Prohibir la exclusión de la comunidad académica un una persona Que Viven con VIH / sida, en Virtud de Que se violenta el Principio de no discrimination consagrado en la Constitución Política de la República y en la Ley de Prevención y Atención Integral del VIH / sida “.

4. DERECHO A LA SEXUALIDAD

4.1. Abarca la posibilidad f f de los individuos parrafo Expresa su completo potencial sexual. Sin embargo, Este excluye TODAS LAS Formas de coacción, Explotación y Abuso sexual en cualquier Momento y Situaciones de Vida.

5. DERECHO AA VIDA

5.1. Declaración universal de los Derechos de Humanos, art. 3: “Todo Individuo Tiene derecho a la vida, la ONU personaje de La Libertad ya la Seguridad de su”.

5.2. Constitución del Ecuador Art.66, Literales 1 y 2: se reconoce y garantizará a las personas el derecho a la inviolabilidad de la vida; y, el derecho a una vida digna que asegure la salud.

6. DERECHO A LA IGUALDAD Y DIGNIDAD

6.1. Todos y Todas somos iguales ante la Ley. El Hecho de Ser Una Persona que vive con VIH, no te da ni Privilegios desventajas Al Momento de Cumplir la Ley. Declaración universal de los Derechos de Humanos, art. 7: “Todos Los Seres humanos hijo Iguales Ante la ley”.

6.2. Constitución del Ecuador, Art. 11 numeral 2: “Todas las Personas hijo Iguales Y gozarán de Los Mismos Derechos, Deberes y Oportunidades. Nadie podra Ser discriminado por Razones de etnia, Lugar de nacimiento, Edad, sexo, identidad de género, identidad cultural La estado civil el idioma, la religión, ideología, filiación Política, pasado judicial, condición f f socio-económica, migratoria Condición , Orientación sexual, Estado de salud, portar VIH, discapacidad, Diferencia física; Ni por cualquier otra Distinción, o colectiva, personal, temporal o permanente, Que del del tenga por interpuesto om m resultado menoscabar o anular el Reconocimiento, GOCE O EJERCICIO y Los Derechos. La ley sancionará Toda Forma de discriminación”.

7. DERECHO A LA LIBERTAD

7.1. La libertad es un derecho sagrado e imprescriptible que todos los seres humanos poseen. La libertad es la facultad de obrar según su voluntad, respetando la ley y el derecho ajeno.

8. DERECHO A LA SALUD

8.1. Declaración universal de los Derechos de Humanos, art. 25: “Toda persona Tiene Derecho a la unidad ONU Nivel de Vida ADECUADO Que le asegure la salud y el Bienestar, y en especial la Alimentación, el vestido, la vivienda, la Asistencia Médica y de Los Servicios Sociales Necesarios”.

8.2. Constitución del Ecuador, Artículo 32.- “La Salud Es Un Derecho Que Garantiza el Estado, Cuya Realización sí Vincula al Ejercicio de Derechos Otros, Entre Ellos, el derecho al agua, la Alimentación, la Educación, la Cultura Física, El Trabajo, La Seguridad social, los Ambientes Sanos, y Otros Que sustentan el buen vivir”.

8.2.1. Constitución del Ecuador, Art. 50: “El Estado garantizará un Toda Persona que Sufra de Enfermedades catastróficas o de Alta Complejidad El Derecho a la Atención Especializada y Gratuita en todos los Niveles, de Manera Oportuna y preferente”.