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El Parentezco by Mind Map: El Parentezco

1. Lineas

1.1. Rectas: Ascendientes y descendientes

1.2. Colateral y transversal: Igual o desigual

2. Grados

2.1. Cada grado se entiende como cada generación que separa a parientes de otros.

3. Consecuencias

3.1. Crea derechos y obligacion dependiendo de cual sea el parentezco, pero en sentido general destacan

3.1.1. Obligacion alimentaria

3.1.2. Tutela legitima

3.1.3. Sucecion lejitima

3.1.4. Imposibilidad de realizar ciertos actos juridicos entre parientes

3.1.5. Existencia de atenuantes y agravantes en responsabilidades civiles o penales.

4. Filiacion

4.1. Comprende el vínculo jurídico que existe entre los sujetos llamados ascendientes y descendientes, sin limitaciones de grados La filiación es el elemento fundamental y básico de su estructuración: de ahí su importancia. Constituye el origen y fuente del parentesco de consanguinidad.

4.1.1. • Surge la patria potestad . • Es la base de los derechos y deberes de los padres con los hijos y de éstos con sus padres. • Produce derechos intestados(no expresados en testamento) sobre los bienes herenciales • Origina incapacidades legales.

4.2. Determinacion

4.2.1. • Se prueba con el acta de la declaración de nacimiento inscrita en los libros del Registro Civil, con identificación de la Madre Art. 197 CCV • La declaración que hiciere la madre o después de su muerte, sus ascendientes • La posesión de estado del hijo, establecida de conformidad con las reglas. Art 198 CCV • Prueba de filiación maternaArt. 199 CCV • La prueba contraria puede hacerse por todos los medios propios para demostrar que la persona de quien se trata no es realmente el hijo de la mujer que él pretende tener por madre. Art. 200 CCV

4.3. Principios

4.3.1. Debe ser legalmente probada. Jurídicamente no puede hablarse de filiación si no existe prueba de ella. Los efectos de la filiación son independientes del medio de prueba utilizado para comprobarla. Los efectos que produce la filiación son siempre los mismos, cualquiera que haya sido el medio jurídico empleado para su demostración. Los efectos de la filiación son independientes del tiempo de su prueba.

4.4. Efectos

4.4.1. Naturales: Ser mantenido y educado por los padres durante su minoridad. Juridicos: Heredar a sus padres, someterse a la patria potestad, asistir a padres necesitados

4.5. Clasificacion

4.5.1. Paterna: Se entiende por paternidad la relación de parentesco consanguíneo, de primer grado en línea recta, entre un hombre y su hijo o viceversa. Las pruebas para determinar la paternidad, son distintas cuando se trata de hijos habidos en matrimonio o fuera de él.

4.5.2. Materna Art. 197 CC: "La filiación materna resulta del nacimiento . Es el vínculo jurídico que une a un hijo con su madre. La maternidad siempre es cierta, porque siempre se sabe quién es la madre. Es un hecho cierto, fácil de determinar con toda precisión; pero en principio no tiene relevancia para establecer la filiación, ni aun la certeza de ésta, respecto del padre.

5. Biológico: Es la relación que se establece entre sujetos que descienden de un tronco en común.

5.1. Jurídico: Es la relación Jurídica que se establece entre sujetos ligados por consanguinidad, afinidad o adopción

6. Consanguineo: Es el vinculo entre personas que descienden de un tronco en comun.

6.1. Afinidad: Es el que se adquiere por matrimonio y concubinato entre los conyugues y sus respectivos parientes consanguineos.

6.1.1. Civil: Es el que nace de la Adopcion.

7. Acciones de la fliacion

7.1. Son aquellas acciones que persiguen la delcaracion de Estado, orientadas a lograr una decision judicial que determine la filiacion-

7.1.1. Reclamacion de filiacion

7.1.1.1. Son aquellas acciones que pretenden lograr un pronunciacmiento judicial que reconozca una filiacion

7.1.1.1.1. Accion de reclamacion de Estado

7.1.1.1.2. Accion de inquisicion de paternidad matrimonial

7.1.1.1.3. Accion de inquisicion de maternidad matrimonial.

7.1.2. Impugnación de filiación

7.1.2.1. Son aquellas acciones que pretenden lograr que se niegue una filiación atribuida indebidamente a una persona por un titulo.

7.1.2.1.1. Accion de desconocimiento de paternidad matrimonial

7.1.2.1.2. Accion de impugnacion de estado.

7.1.2.1.3. Acción de nulidad y de impugnación del reconocimiento.

7.2. Reconocimientos

7.2.1. Forzozo

7.2.1.1. Influyen tres elementos en la posecion notoria: Nombre, trato y fama

7.2.1.1.1. Tienen que haber convivido minimo 5 años continuos en ese tiempo el padre o la madre o ambos deben haberlo tratado como hijo, preocupandose de educacion y manutencion, y a su vez vecinos y amigos deben reconocerlo como hijo de ese padre o madre o ambos.

7.2.2. Voluntario

7.2.2.1. Se puede dar de las siguientes formas

7.2.2.1.1. Ante el oficial del registro civil, al inscribir el nacimiento del hijo o en el mismo acto del matrimonio de los padres

7.2.2.1.2. Mediante escritura publica

7.2.2.1.3. En un acto testamentario.