Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. Ley 617 de 2000...

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Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. Ley 617 de 2000, por la cual se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional von Mind Map: Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. Ley 617 de 2000, por la cual se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional

1. Ley 152 de 1994,Principios Generales de Planeación

1.1. Son los que rigen las actuaciones de las autoridades nacionales, regionales y territoriales

2. Plan Nacional de Desarrollo

2.1. Estará conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional

3. Autoridades e instancias de Planeación

3.1. El Presidente de la República

3.2. El Consejo Nacional de Política Económica (Conpes) y el Conpes Social

3.3. Departamento Nacional de Planeación

3.4. Ministerio de Hacienda y Crédito Público

3.5. Los demás Ministerios y Departamentos Administrativos

4. Procedimiento para la Elaboración del Plan de Desarrollo

4.1. Proceso de Elaboración

4.2. Aprobación del Plan

4.3. Ejecución del Plan

4.4. Evaluación del Plan

5. Ley 617 de 2000 por la cual se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional

6. Categorización presupuestal de los departamentos, por número de habitntes e ingresos corrientes libres de destinación anual

6.1. Categoría Especial: Población más de 2.000.000 de habitantes e ingresos superiores a 600.000 smlm

6.2. Primera categoría. Población de 701.000 a 2.000.000 de habitantes e ingresos de 170.001 a 600.000 smlm

6.3. Segunda Categoría:Poblaión de 390.001 a 700.000 de habitantes e ingresos 122.001 a 170.000 smlm

6.4. Tercera Categoría: Población 100.001 a 390.000 de habitantes e ingresos de 60.001 a 122.000 smlm

6.5. Cuarta Categoría:Población inferior a 100.00 habitantes e ingresos inferiores a 60.000 smlm

7. Categorización de Distritos y Municipios, por número de habitantes e ingresos corrientes libres de destinación anual

7.1. Categoría Especial:Población superior a 500.000 habitantes e ingresos superiores a 400.000 smlm

7.2. Primera Categoría: Población de 100.001 a 500.000 habitantes e ingresos de 100.000 a 400.000 smlm

7.3. Segunda Categoría: Población de 50.001 a 100.000 habitantes e ingresos de 50.000 a 100.000 smlm

7.4. Tercera Categoría: población de 30.001 a 50.000 habitantes e ingresos de 30.000 a 50.000 smlm

7.5. Cuarta Categoría: Población de 20.001 a 30.000 habitantes e ingresos de 25.000 a 30.000 smlm

7.6. Quinta Categoría: Población de 10.001 a 20.000 habitantes e ingresos de 15.000 a 25.000

7.7. Sexta Categoría: Población inferior a 10.000 habitantes e ingresos no superiores a 15.000 smlm

8. Saneamiento Fiscal de las Entidades Territoriales, no se podrán financiar gastos de funcionamiento con recursos de :

8.1. La participación de los Municipio en los ingresos corrientes de la Nación de forzosa inversión

8.2. Los ingresos percibidos en favor de terceros que , por mandato legal o convencional, las entidades territoriales, estén encargadas de administrar, recaudar o administrar.

8.3. Los recursos del Balance, conformados por los saldos de apropiación, financiados por recursos de destinación especifica

8.4. Los recursos de confinanciación

8.5. Las regalías y compensaciones

8.6. Las operaciones de crédito público, salvo las excepciones que se establezcan en las leyes especiales sobre la materia

8.7. La sobretasa al ACPM

8.8. Otros aportes y transferencias con destinación especifica o de carácter transitorio

8.9. Los rendimientos financieros producto de rentas de destinación especifica