FAMILIA, INFANCIA Y ADOLESCENCIA.

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1. INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

1.1. Atraen de manera prioritaria las actuaciones oficiales y particulares que les concierna

1.2. Los Derechos de los menores de edad, priman sobre los de los demás, pues son sujetos de mayores garantías y beneficios

1.2.1. Menor de edad, grupo poblacional en condiciones de debilidad

1.2.2. Demanda protección y cuidados especiales

2. REQUISITO DE PROCEDIBILIDAD

2.1. Audicencia de CONCILIACIÓN antes del proceso.

2.1.1. 1.

2.1.1.1. ENTIDADES AUTORIZADAS

2.1.1.1.1. Consultorios jurídicos

2.1.1.1.2. Comisarías de familia

2.1.1.1.3. Centros de conciliación

2.1.1.1.4. Personeria

2.1.1.1.5. Procuradores judiciales

2.1.1.1.6. Defensora del pueblo

2.1.1.1.7. Notarías

2.1.2. 2.

2.1.2.1. TRÁMITE

2.1.2.1.1. Solicitud especial a cada entidad

2.1.2.1.2. Acompañados de apoderado

2.1.3. 3.

2.1.3.1. FASES-CONSECUENCIAS

2.1.3.1.1. Asisten y concilian

2.1.3.1.2. No asiste una de las partes

2.2. NO APLICA

2.2.1. Estado civil

2.2.2. Investigación de paternidad

2.2.3. Impugnación de paternidad

2.2.4. Matrimonio

2.2.5. Intersección

2.2.6. Sucesión

2.2.7. Perdida o suspensión de patria potestad

3. CONCEPTO DE FAMILIA

3.1. Institución sociológica derivada de la naturaleza del ser humano.

3.1.1. TIPOS DE FAMILIA

3.1.1.1. En cabeza de una pareja

3.1.1.1.1. Por union marital de hecho o matrimonio

3.1.1.2. Adopción

3.1.1.3. Crianza

3.1.1.4. Monoparentales

3.1.1.5. Ensambladas

3.1.1.5.1. Unión de hijos de relaciones anteriores

3.1.2. CLASES DE HIJOS

3.1.2.1. Simple Conjunción

3.1.2.1.1. Hijo de un solo padre (por otra relación

3.1.2.2. Doble Conjunción

3.1.2.2.1. Hijo de la unión de los dos

3.2. Derecho y núcleo esencial

3.3. PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL

3.3.1. La familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos.

3.3.2. La Constitución de 1991 crea un nuevo Fundamento Constitucional

3.3.2.1. Protección social, económica y jurídica a la familia

3.3.2.1.1. ARTÍCULO 5

3.3.2.1.2. ARTÍCULO 42

4. MATRIMONIO, DIVORCIO Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

4.1. MATRIMONIO

4.1.1. OBLIGACIONES Y DERECHOS

4.1.1.1. Artículo 176

4.1.1.1.1. Ambos tienen la dirección del hogar

4.1.1.1.2. Ambos fijan el Domicilio y la Residencia de ese hogar

4.1.1.1.3. Ambos deben contribuir a los gastos del hogar, de acuerdo a su capacidad

4.1.1.1.4. Ayuda mutua

4.1.1.1.5. Fidelidad

4.1.2. EXTRATERRITORIAL

4.1.2.1. Rigen las leyes del Domicilio de la pareja

4.1.2.1.1. EN EL EXTERIOR

4.1.3. CONCEPTO

4.2. CELEBRACIÓN

4.2.1. Esponsales

4.2.1.1. Promesa bilateral que hacen los esposos (novios) de celebrar el matrimonio

4.2.2. PEDIDA DE MANO

4.2.2.1. Donaciones: Revocables

4.2.2.2. Regalos: No revocables

4.2.3. REQUISITOS

4.2.3.1. Decreto 2668 de 1988, artículo 2

4.2.3.1.1. Solicitud o aviso y anexos

4.2.3.1.2. Publicidad

5. INCLUSION EDUCATIVA PUBLICA DE PCD EN COLOMBIA

5.1. D'A LA IGUALDAD Y DERECHO A LA EDUCACIÓN

5.1.1. CONVENCIÓN ONU PERSONAS CON ALGÚN TIPO DE DISCAPACIDAD

5.1.2. Convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las PCD

5.1.2.1. Ley 762 de 2002

5.1.2.2. ley 1346 de 2009

5.1.3. Organización Mundial de la Salud

5.2. concepto

5.2.1. Limitación funcional por deficiencia física, intelectual o sensorial, dolencia que requiera atención medica o una enfermedad mental, tales dolencias pueden ser de carácter permanente o transitorio

5.3. inclusión educativa

5.3.1. Estado Social de Derecho

5.3.1.1. Constitución Política Art 47 y 67

5.3.2. Enfoque histórico-normativo

5.3.2.1. ley 115 de 1994

5.3.2.1.1. reconoce a PCD como parte integrante del servicio publico educativo

5.3.2.1.2. Ley 361 de 1997

5.3.2.1.3. Ley 368 de 1996

5.3.2.1.4. Decreto 2247 de1997

5.3.2.2. Ley 715 de 2001

5.3.2.2.1. Ley 762 de 2002

5.3.2.2.2. Distribución Adm regional y sectorial de recursos

5.3.2.2.3. Resolución 2565 de 2003

6. CONFORMACIÓN DE LA FAMILIA

6.1. FILIACIÓN

6.1.1. Vínculo jurídico existente entre un hijo o una hija con su padre o madre, es un derecho integrante del Estado civil de las personas, por tal razón, es un atributo de la personalidad.

6.1.1.1. CLASES

6.1.1.1.1. MATRIMONIAL

6.1.1.1.2. EXTRAMATRIMONIAL

6.1.1.1.3. ADOPTIVA

6.1.2. PROCESO DE FILIACIÓN

6.1.2.1. INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD

6.1.2.1.1. Cuando el padre está vivo

6.1.2.2. IMPUGNACIÓN DE LA FILIACIÓN

6.1.2.2.1. Cuando el padre o está muerto o es hijo extramatrimonial.

6.1.3. ¿QUIÉN PUEDE IMPUGNAR?

6.1.3.1. El hijo en cualquier tiempo, a partir del momento en que se entera.

6.1.3.1.1. Nuevo Tema

6.1.3.2. Quien se crea padre biológico

6.1.3.2.1. En cualquier tiempo

6.1.3.3. Quien reconoció al hijo creyendo ser el padre

6.1.3.3.1. 140 días después de enterarse que El Niño puede no ser suyo.

6.2. CUSTODIA CUIDADO PERSONAL Y PATRIA POTESTAD

6.2.1. CUSTODIA

6.2.1.1. Obligación de hacerse cargo de un niño, sea de la persona o porque se le cedió la responsabilidad de facto

6.2.1.1.1. En caso de inhabilidad física o moral de los padres, se puede confiar el cuidado personal a otra persona.

6.2.1.1.2. Se le da a uno de los padres

6.2.1.1.3. En cabeza de los dos

6.2.1.1.4. Comisaría de Familia la otorga de manera provisional.

6.2.1.1.5. Puede cederse a un miembro de la familia extensa, de manera temporal o permanente.

6.2.1.2. Hijos extramatrimoniales

6.2.1.2.1. Ostenta la custodia quien conviva con el menor.

6.2.1.3. Custodia de mutuo acuerdo

6.2.1.3.1. No existe en Colombia

6.2.1.4. VISITAS

6.2.1.4.1. Derecho del padre que no ostenta la custodia.

6.2.2. CUIDADO PERSONAL

6.2.2.1. Responde por cualquier lesión que sufre el menor, por descuido de quién lo cuida de manera personal.

6.2.3. Concepto 78/2013 ICBF

6.2.3.1. Procedimiento para solicitar custodia y cuidado personal.

6.2.3.1.1. Ante juez o comisario de familia

6.2.3.1.2. Se tiene en cuenta el Domicilio del menor

6.2.3.1.3. Requisito de procedibilidad

6.2.4. PATRIA POTESTAD

6.2.4.1. COMPETENCIA

6.2.4.1.1. Juez de familia

6.2.4.2. Surge por ministerio de la ley, no deriva del matrimonio.

6.2.4.3. Conjunto de derechos que se le otorga al padre del hijo no emancipado para facilitar el cumplimiento de sus deberes.

6.2.4.3.1. Única y exclusivamente la ejercen los padres, sea cual fuere el hijo; matrimonial, extra o adoptivo.

6.2.4.4. FINALIDAD

6.2.4.4.1. Bienestar emocional y material de los menores.

6.2.4.5. CARACTERÍSTICAS

6.2.4.5.1. Obligatoria

6.2.4.5.2. Irrenunciable

6.2.4.5.3. Personal e intransferible

6.2.4.5.4. Indisponible

6.2.4.5.5. Gratuita

6.2.4.6. PERDIDA O SUSPENSIÓN

6.2.4.6.1. Se puede suspender o perder por proclamación de Juez competente.

6.3. PARENTESCO

6.3.1. Elemento que cohesiona jurídicamente a los miembros de una misma familia, mediante un conjunto de vínculos que se clasifican según su procedencia

6.3.1.1. CONSANGUÍNEO

6.3.1.1.1. Artículo 35 C.C

6.3.1.2. CIVIL

6.3.1.2.1. Artículo 50 C.C

6.3.1.3. AFINIDAD

6.3.1.3.1. Familia de su pareja; vínculo que surge con la familia de la persona con quien se ha conocido carnalmente.

6.4. ALIMENTOS

6.4.1. Todo lo que es indispensable para el sustento, la habitación, el vestido, la asistencia médica, la recreación, la formación integral y la educación o instrucción del menor.

6.4.1.1. CLASES

6.4.1.1.1. CONGRUOS

6.4.1.1.2. NECESARIOS

6.4.1.2. SE DEBEN

6.4.1.2.1. Artículo 411 C.C

6.4.1.3. Se saca el monto total y si divide en el número de cónyuges, teniendo en cuenta su capacidad económica.

6.4.1.3.1. HABITACIÓN

6.4.1.3.2. ALIMENTOS

6.4.1.3.3. SALUD

6.4.1.3.4. EDUCACIÓN

6.4.1.3.5. VESTUARIO

6.4.1.4. DISMINUCIÓN DE LA CUOTA

6.4.1.4.1. Estos procesos son de única instancia, cuando se violan Derechos Fundamentales se puede Entutelar.

6.4.1.5. INCREMENTO A LA CUOTA

6.4.1.5.1. Requisito de procedibilidas

6.4.1.6. PROCESO EJECUTIVO DE ALIMENTOS

6.4.1.6.1. Sentencia como acta de proceso ejecutivo.

6.4.1.6.2. Se puede embargar

6.4.1.6.3. No se hace tránsito a cosa juzgada

6.4.1.6.4. Excepciones

6.4.1.7. ÁMBITO PENAL

6.4.1.7.1. Inasistencia alimentaria

6.4.1.8. NIVEL INTERNACIONAL

6.4.1.8.1. A través de exhortó

6.4.1.8.2. Trámite ante el consulado

6.5. PERMISO PARA SALIDA DEL PAÍS

6.5.1. TRÁMITE

6.5.1.1. Basta con ir a la Notaria de quien ostente la custodia y llenar el formato y autenticarlo.

6.5.1.1.1. CONFLICTO

6.5.1.2. Permiso Temporal

6.5.1.2.1. Ante escritura pública

6.5.1.2.2. Conflicto

7. EXHORTOS

7.1. Trámite de procesos en Colombia ante otros Estados

7.1.1. Prueba de ADN

7.1.2. Restitución Internacional de menores

7.1.3. Alimentos

8. UNIÓN MARITAL DE HECHO

8.1. LEY 54 DE 1990

8.1.1. Antes de la ley concubinato

8.1.1.1. Sin estar casados

8.1.2. Artículo 1

8.1.2.1. Comunidad de vida permanente y singular, conformada por una pareja.

8.1.2.1.1. Llamados compañeros permanentes

8.1.3. Surge la sociedad patrimonial

8.1.4. NATURALEZA JURÍDICA

8.1.4.1. Consensual

8.1.4.2. Extramatrimonial

8.1.5. CONSTITUCIÓN

8.1.5.1. Dos (2) años continuos de convivencia.

8.1.5.2. Capacidad

8.1.5.3. IMPEDIMENTOS

8.1.5.3.1. Preexista un vínculo matrimonial

8.1.5.3.2. Interrupción

8.1.6. COMPONENTES

8.1.6.1. Permanencia

8.1.6.1.1. Duración firme, constante y perseverante

8.1.6.2. Estabilidad

8.1.6.2.1. Comunidad de vida

8.1.6.3. Convivencia, ayuda y socorro mutuo y relaciones sexuales.

8.1.7. EFECTOS PATRIMONIALES

8.1.7.1. Artículo 2

8.1.7.1.1. Surge la sociedad patrimonial

8.1.7.1.2. Pertenencia igualitaria de bienes

8.1.8. PRUEBA DE LA UNIÓN

8.1.8.1. Ley 979 de 2005, artículo 4

8.1.8.1.1. Por escritura pública

8.1.8.1.2. Acta de conciliación

8.1.8.1.3. Sentencia judicial

8.1.8.1.4. Cualquier otro medio de prueba

8.1.9. TERMINACIÓN

8.1.9.1. Artículo 5

8.1.9.1.1. Mutuo consentimiento

8.1.9.1.2. Sentencia judicial

8.1.9.1.3. Muerte de uno o ambos cónyuges

8.1.10. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

8.1.10.1. Proceso declarativo

8.1.10.1.1. Existencia de la sociedad

8.1.10.2. Ejecución de la sentencia

8.1.10.2.1. Bienes partibles

8.1.10.2.2. Pasivos comunes

8.1.10.2.3. Distribución

8.1.10.3. Derecho de alza

9. ENFOQUE DE LA MATERIA:

9.1. ADMINISTRATIVO

9.1.1. ICBF

9.2. JUDICIAL

9.2.1. Jueces de familia

9.2.2. Promiscuos de Familia

9.2.3. Municipales

10. ADOPCIÓN

10.1. LEY 1098 DE 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia.

10.1.1. Medida de protección a través de la cual se establece una relación paterno filial.

10.1.1.1. Forma de restablecimiento de los derechos de los menores, abandonados, maltratados o huérfanos.

10.1.1.1.1. ICBF como ente rector

10.1.1.1.2. Se pone al menor a la disposición de las familias que lo quieren adoptar.

10.1.2. CARACTERÍSTICAS

10.1.2.1. Gratuidad del proceso

10.1.2.2. Preferencia de nacionales

10.1.2.3. Suprema vigilancia del Estado

10.1.2.4. Irrevocable

10.1.2.5. Menores deben ser declarados en situación de adoptabilidad.

10.1.2.6. Solo podrá adoptarse menores de 18 años

10.1.3. TIPOS

10.1.3.1. Simple

10.1.3.2. Plena

10.1.3.2.1. Aplicada en Colombia

10.1.4. REQUISITOS DEL ADOPTANTE

10.1.4.1. Mayor de 25 años

10.1.4.2. Adoptar a una persona de sexo diferente

10.1.4.3. Diferencia de edad con el menor de 15 años

10.1.4.4. Persona idónea física, psíquica, social y moral

10.1.4.5. Casado, Soltero, Unión Marital de Hecho o que el menor se hijo consanguíneo de uno de los cónyuges o compañeros permanentes.

10.1.5. EFECTOS

10.1.5.1. Artículo 64

10.1.5.1.1. Se adquieren derechos y obligaciones

10.1.5.1.2. Establece parentesco civil

10.1.5.1.3. Adoptivo llevará cada apellido de los adoptantes

10.1.5.1.4. Se extingue todo parentesco consanguíneo

10.1.6. Personas mayores de 18 años pueden solicitar ser adoptados por su familia de crianza.

11. DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE PADRES E HIJOS

11.1. DEBERES DE LOS PADRES CON SUS HIJOS

11.1.1. Contenidos en la Carta Suprema, Código Civil y Código de la Infancia y la Adolescencia.

11.1.1.1. Artículo 253 C.C

11.1.1.1.1. Cuidado personal

11.1.1.2. Custodia

11.1.1.2.1. Moderadamente

11.1.1.3. Sentencia C-371 de 1994

11.1.1.3.1. EXCLUYE

11.1.2. OBLIGACIÓN DE LOS ABUELOS

11.1.2.1. Artículo 260 C.C

11.1.2.1.1. Alimentar y educar al menor, por falta o insuficiencia de sus padres.

11.2. DEBERES DE LOS HIJOS CON LOS PADRES

11.2.1. Respeto y obediencia

11.2.1.1. Artículo 250 C.C

11.2.1.1.1. Solo termina con la muerte de uno de los dos.

11.2.2. Cuidado y auxilio

12. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

12.1. Normas que intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por menores entre 14-18 años.

12.1.1. FINALIDAD

12.1.1.1. Garantía y restablecimiento de los derechos del menor.

12.1.1.2. Justicia restaurativa

12.1.1.3. Verdad

12.1.1.4. Reparación del daño

12.1.1.5. Acuerdos para reparación y conciliación entre las partes.

12.1.1.6. Acuerdos con visión formativa

12.1.1.7. Aplicar principio de oportunidad

12.1.2. SANCIONES

12.1.2.1. Artículos 182-187

12.1.2.1.1. Amonestaciones

12.1.2.1.2. Reglas de conducta

12.1.2.1.3. Prestación de servicios sociales y a la comunidad

12.1.2.1.4. Libertad vigilada

12.1.2.1.5. Medio semi-cerrado

12.1.2.1.6. Privación de la libertad

12.1.3. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD

12.1.3.1. Menores de 14 años

12.1.3.2. Personas entre 14 y 18 años con discapacidad psíquica o mental.