Clasificación de Normas
von GUILLERMO GAMBOA SANTAMARIA
1. Desde el punto de vista de su cualidad: Estas se dividen en 2, Dependiendo de la normas Permiten o no hacer
1.1. Positivas o permisivas: permiten hacer: Pagar el Salario Mínimo a aun trabajador
1.2. Negativos o Prohibitivos: Permiso de NO hacer: Un trabajador no puede hacer propaganda política en su lugar de trabajo.
2. Desde el punto de vista de la cantidad: Estas se dividen en Normas Genéricas e Individualizadas
2.1. Normas Genéricas: Son todas aquellas que se refieren a todos los individuos de la especie (universales) Ej. Todos los hombres son racionales
2.2. Normas Individualizadas: Son todas aquellas que obligan o facultan a miembros individualmente: Ej. Una resolución judicial en donde se absuelve a una persona.
3. Desde el doble punto de vista de su cualidad y cantidad: Estas se dividen en Universales Afirmativas (los hombres son mortales) y Universales Negativas (las piedras no tienen Vida)
3.1. Particulares Afirmativas: Gina es Juiciosa en el estudio
3.2. Particulares negativos: a Gina No le gusta la sopa.
3.3. Los juicios jurídicos pueden dividirse desde el ángulo visual en:
3.3.1. Universal positivo: Los vertebrados son seres vivos.
3.3.2. Universal negativo: Los peces no sobreviven fuera del agua
3.3.3. Particular Afirmativo: Algunas mujeres son buenas madres.
3.3.4. Particular negativo: A algunos hombres no les gusta el alcohol.
3.4. Juicios Jurídicos Universales Positivos: Son aquellos que permiten determinada conducta: Ej. los trabajadores deben realizar su trabajo con dedicación y cuidado
3.4.1. Juicios Universales Negativos: Son aquellos que prohiben determinada conducta a todos los sujetos de una determinada clase: Ej. El empleador no puede portar arma de fuego en la emprresa.
3.5. Juicios particulares positivos: Son aquellos que permiten determinada conducta a uno o varios miembros individualmente; El matrimonio, Sociedad de hecho.
3.5.1. Juicios particulares Negativos: Son aquellos que prohiben determinaf=da conducta a uno o varios miembros individualmente: Que una persono este legalmente casada sin haber disuelto su sociedad conyugal, no puede casarse.