Periodos de la historia del Derecho Romano

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1. La época clásica de la antigua Roma se inicia en el año 130 a. C. justo después de haberse legitimado el nuevo procedimiento formulario y concluye hacia el año 230 d. C, fecha que coincide aproximadamente con la muerte de los últimos juristas clásicos, y la generalización de un nuevo procedimiento, primeramente llamado “procedimiento extraordinario”, y luego “procedimiento cognitorio”. Corresponde a un período de transición desde la república hacia el imperio y se caracteriza por el fortalecimiento del derecho en roma.

1.1. Se puede dividir en

1.1.1. Clásico Inicial 130 a. C. – 30 a. C:

1.1.2. La primera época clásica se inició hacia el 130 a.C. con la introducción del agere per formulam en virtud de una Ley Ebucia que permitió el desarrollo del derecho clásico jurisprudencial y terminó hacia el año 30 a.C. con la generalización del procedimiento formulario, la tecnificación de la jurisprudencia y el paso de la República al Principado.

1.1.3. Clásico Alto 30 a. C. – 130 d. C:

1.1.4. La época clásica alta, coincidió con el máximo esplendor de la jurisprudencia y finalizó hacia el 130 d.C. con la vinculación de la jurisprudencia al poder imperial, la fijación del Edicto pretorio, la aparición de los rescripta imperiales, la consideración de los senatus consulta como fuentes del ius, y la promoción de la cognitio extraordinem.

1.1.5. Clásico Tardío 130 d. C. – 230 d. C:

1.1.6. La época clásica tardía iniciada por los hechos recién descritos vio desplazado el procedimiento formulario por el de la cognición oficial, presenció el fortalecimiento de las constituciones imperiales, la aparición de obras jurisprudenciales de carácter epigonal, y la muerte de los últimos grandes juristas clásicos en tiempos del emperador Severo con lo cual desapareció la jurisprudencia como fuente del ius.

2. Periodo arcaico

2.1. Se inicia con la promulgación de la Ley de las XII tablas en el siglo V a.C., y concluye al término de la segunda guerra púnica en el siglo III a.C., momento que marca el comienzo de la influencia griega.

3. Periodo helenístico

3.1. Principia al terminar la segunda guerra púnica (s.III a. C), y termina con la República en el siglo I a. C.; fue durante los dos últimos siglos republicanos cuando se dejó sentir con más fuerza la influencia de la cultura griega; esto no quiere decir que dicha influencia no se registre con anterioridad, pero no es sino hasta finales de la República cuando Roma se relaciona más íntimamente con el "helenismo"; se puede afirmar que la influencia griega llegó en un momento oportuno, es decir, cuando el Derecho romano estaba lo suficientemente consolidado como para no dejarse absorber por el griego, pero aun joven y flexible para poder recibir su estimulo.

4. Periodo Clásico

5. Periodo burocrático

5.1. Se inicia con Diocleciano y termina con la codificación de Justiniano en 534. En este periodo, la creación y aplicación del derecho son actividades centralizadas, los juristas pertenecen a la administración imperial, su actividad se burocratiza y cae en el anonimato. Aunque es innegable que con Justiniano subió al nivel de la cultura jurídica y que el corpus iuris es de mejor calidad que las compilaciones de los dos siglos anteriores, no se equipara a la literatura jurídica clásica.