PRODECIMIENTO DE DESPIDO DEL SERVICIO CIVIL

PROCEDIMIENTO DE DESPIDO DEL SERVICIO CIVIL

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1. FORMULACIÓN DE CARGOS DE DESPIDO EN CONTRA DEL SERVIDOR PUBLICO

1.1. Art. 80 No. 4 Literal a) del reglamento.

2. AUDIENCIA AL SERVIDOR PUBLICO

2.1. Una vez formulados los cargos al servidor publico, se le corre una audiencia respectiva, por un termino de 3 días, contados a partir del día siguiente de la notificación, con el objeto que presente sus justificaciones y aporte las pruebas pertinentes. Art. 80 No. 4 Literal a) del reglamento.

3. REMISIÓN DEL EXPEDIENTE A LA AUTORIDAD NOMINADORA

3.1. Con las justificaciones o sin ellas vencido el periodo, el jefe de la unidad de Recursos Humanos, o de Personal, remitirá el expediente q la Autoridad Nominadora, para que resuelva si procede o no el despido. Art. 80 No.4 Literal b) del reglamento.

4. NOTIFICACIÓN AL SERVIDOR PUBLICO

4.1. Notificando legalemente la destitución al servidor afectado. Art. 80 No. 4 Literal c) del reglamento.

5. POSTERIORMENTE ENVÍA LA ONSEC

5.1. Una copia del Acuerdo, Aviso y Formulario Oficial de Movimiento, a la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DEL ESTADO, para que sea excluído de la nomina del pago de su salario. Art. 80 No. 4 Literal d) del reglamento.

6. ACTA ADMINISTRATIVA

6.1. En donde se hace constar la causa del despido, la cual facciona el encargado o jefe de la unidad, sección o departamento cuando el servidor publico a cometido una falta que se encuadre dnetro de las causas contenidas en el Art. de la Ley. Art. 80 No. 4 Literal a) del reglamento.

7. INFORME POR ESCRITO A LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS

7.1. O de personal de la falta cometida por el servidor, adjuntando certificación del acta administrativa. Art. 80 No. 4 Literal a) del reglamento.

8. ACUERDO DE DISTITUCIÓN

8.1. Si la autoridad Nominadora considera que las justificaicones y las pruebas presentadas no son suficientes para desvanecer los cargos formulados tiene la facultad para despedir al servidor publico, para lo cual emitirá el ACUERDO DE DISTITUCIÓN, expresando las causas legales que la motivan y una relación de los hechos en que se funde el despido, notificando legalmente la destitución al servidor afectado. Art. 80 No. 4 Literal c) del reglamento.

9. ENTREGA DEL CARGO NOTIFICADO AL SERVIDOR

9.1. Cesará inmediatamente en sus funciones y a la Unidad de Recursos Humanos o de Personal a la ONSEC para su posterior análisis y registro. Art. 80 No. 4 Literal d) del reglamento.